La posibilidad de presentarse a una plaza como investigador requiere el haber obtenido la acreditación previa para la figura a la que se quiera optar.
1. Los méritos para una acreditación deben de tener en cuenta, según el perfil del puesto al que se opte:
a. El currículum investigador,
b. Los cargos administrativos desempeñados,
c. La actividad docente realizada.
Las agencias evaluadoras deberán valorar por separado los tres aspectos anteriores, para que los candidatos puedan optar a futuras plazas que soliciten el perfil específico que más se ajuste a su currículum.
2. Para que estos méritos sean evaluables hace falta establecer unos criterios de evaluación estandarizados y bien definidos que estén en consonancia con la San Francisco Declaration on Research Assessment (DORA).
3. Un comité único debe unificar criterios a nivel estatal estableciendo unas reglas claras y estandarizadas que disminuyan la complejidad burocrática y facilitando el proceso.
4. El proceso de acreditación debe ser transparente en todo momento, estableciendo con anterioridad los criterios que serán tenidos en cuenta y los que no, y justificando los informes de cada acreditación de acuerdo a dichos criterios. Asimismo, esos informes deben ser públicos para garantizar la transparencia.
5. Se debe regular a nivel estatal la formación y control de tribunales para la convocatoria de plazas, estableciendo, en función de las necesidades del organismo que solicita, las bases para que el proceso sea transparente y cuente con presencia de personal externo a la institución convocante.