Loading...
 

Convocatorias Postdocs


Juan de la Cierva 2016

posts: 12

Buenas,
si no estoy equivocado, creo que no hay ningún foro en relación a las JdC 2016. El plazo para pedirlas empieza el 10 (incorporación) o el 12 (formación) de enero, así que abro un hilo para añadir nuestras dudas, ayudas o reflexiones...

Salut!

posts: 30
danny_m wrote:
danny_m wrote:

Hola a todos,

quiero compartir con vosotros lo que me han respondido del ministerio al preguntar sobre lo que pasa con aquellos a los que se conceda un JdC y luego renuncien y quieran pedir un RyC. En algunos hilos se estuvo debatiendo sobre sobre si uno de los apartados de la convocatoria implica que una persona que renuncie al JdC antes de cumplir un anyo de contrato esta luego imposibilitado para toda la vida para pedir la RyC.

El caso es que me han respondido esto:

''__

Es decir, que alguien que haya tenido un JdC puede pedir la RyC siempre que YA haya renunciado al JdC en la fecha en que se convoque la RyC (da igual si ha disfrutado la JdC 2 meses o un anyo), o bien en el caso de que ya haya cumplido un anyo de contrato entonces no es necesario que haya presentado renuncia.

 

 

Mierda, se ha cortado el texto que queria citar. Era este:

 
"En relación a su consulta, le indicamos que La convocatoria 2016 de ayudas Ramón y Cajal establece en su artículo 22.1.c) como requisito de los investigadores: “No ser beneficiario de una ayuda del Subprograma Juan de la Cierva, de las ayudas Juan de la Cierva-Formación, de las ayudas Juan de la Cierva-Incorporación o de las ayudas para la formación posdoctoral, a excepción de aquellos que la hayan disfrutado durante al menos un año. Este periodo se contabilizará desde la fecha de incorporación efectiva al centro de I+D hasta el uno de junio de 2016… Se entiende por beneficiario de cualquiera de las actuaciones mencionadas a aquel investigador incluido en alguna de las resoluciones de concesión… independientemente de que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D. No se considerarán beneficiarios aquellos investigadores que en fecha anterior a la publicación en el BOE de esta convocatoria, hayan manifestado expresamente su renuncia a tales ayudas.”



Teniendo eso en cuenta en la convocatoria 2016:


- si el investigador ha disfrutado al menos un año desde su incorporación al Centro como JdC, podría presentarse a las ayudas RyC

- si el investigador renuncia antes de la publicación de la convocatoria de ayudas RYC en el BOE, (esto es antes del 29/11/2016) entonces, dicho investigador ya NO se considera beneficiario de las ayudas JdC

Podrá presentarse a futuras convocatorias siempre y cuando cumpla todos los requisitos que en ellas se establezcan."

 

Mucho OJO!!!

Yo creo que esto no es así, mirad lo que me han respondido a mi desde el ministerio cuando pregunté sobre las consecuencias de renunciar a la JdC ANTES de un año de disfrute´... A mi desde luego me metieron TODO el miedo en el cuerpo...

"Estimada investigadora,Los requisitos de las ayudas RyC en convocatorias pasadas, ejemplo 2015, indicaban que si usted ha sido beneficiaria de un Ayuda Juan de la Cierva-incorporación debe haber disfrutado de al menos un año de ayuda a uno de junio de 2016 (así siempre modificando la fecha de convocatoria y la del requisito de disfrute de al menos una año). Sí usted renuncia antes, figurará en su expediente, y, salvo que cambien los requisitos en próximas convocatorias, no podrá presentarse nunca a las ayudas RyC.Un saludo

 

posts: 34
satiro wrote:

 

Aprovecho para una duda que tengo acerca del requsito de movilidad.

He tenido una beca de formación predoctoral en un instituto del CSIC y he leído la tesis, como es lógico, en una universidad española. Mi (único) director de ese instituto del CSIC. ¿Cuál es el centro donde he realizado mi formación pre-doctoral? ¿La universidad, o ese instituto del CSIC? Entiendo que el instituto del CSIC, porqué si no se podría siempre solicitar la movilidad hacia cualquier instituto del CSIC, sin excepción. ¿No?

 

Quería decir: "Mi (único) director de tesis pertenece a ese instituto del CSIC"

posts: 34

 

Aprovecho para una duda que tengo acerca del requsito de movilidad.

He tenido una beca de formación predoctoral en un instituto del CSIC y he leído la tesis, como es lógico, en una universidad española. Mi (único) director de ese instituto del CSIC. ¿Cuál es el centro donde he realizado mi formación pre-doctoral? ¿La universidad, o ese instituto del CSIC? Entiendo que el instituto del CSIC, porqué si no se podría siempre solicitar la movilidad hacia cualquier instituto del CSIC, sin excepción. ¿No?

posts: 34
Tinus wrote:
Tinus wrote:

Buenas,
si no estoy equivocado, creo que no hay ningún foro en relación a las JdC 2016. El plazo para pedirlas empieza el 10 (incorporación) o el 12 (formación) de enero, así que abro un hilo para añadir nuestras dudas, ayudas o reflexiones...

Salut!

Una pregunta tonta... El equipo de investigación, se entiende que pertenece todo al mismo centro de investigación?

 

En otras convocatorias de proyectos/becas el equipo de investigación puede estar compuesto por gente de distintos centros. Entiendo que en este caso, el equipo de investigación debe estar formado exclusivamente por miembros del centro al que pides la incorporación. Me equivoco?

Hola planinsky:

leyendo la convocatoria y las preguntas frecuentes, entiendo que lo importante no se el equipo de investigación, si no el investigador tutor. Lo que se referencia y evalúa es, principalmente, el CV del investigador tutor. Así pues, entiendo que lo importante es que el investigador tutor pertenezca al centro al que pretendes incorporarte. Luego, entiendo que el equipo de investigación puede estar compuesto por gente de distintos centros. En cualquier caso, no estoy seguro de esto.

posts: 40
Tinus wrote:

Buenas,
si no estoy equivocado, creo que no hay ningún foro en relación a las JdC 2016. El plazo para pedirlas empieza el 10 (incorporación) o el 12 (formación) de enero, así que abro un hilo para añadir nuestras dudas, ayudas o reflexiones...

Salut!

Una pregunta tonta... El equipo de investigación, se entiende que pertenece todo al mismo centro de investigación?

 

En otras convocatorias de proyectos/becas el equipo de investigación puede estar compuesto por gente de distintos centros. Entiendo que en este caso, el equipo de investigación debe estar formado exclusivamente por miembros del centro al que pides la incorporación. Me equivoco?

posts: 62
danny_m wrote:

Hola a todos,

quiero compartir con vosotros lo que me han respondido del ministerio al preguntar sobre lo que pasa con aquellos a los que se conceda un JdC y luego renuncien y quieran pedir un RyC. En algunos hilos se estuvo debatiendo sobre sobre si uno de los apartados de la convocatoria implica que una persona que renuncie al JdC antes de cumplir un anyo de contrato esta luego imposibilitado para toda la vida para pedir la RyC.

El caso es que me han respondido esto:

''__

Es decir, que alguien que haya tenido un JdC puede pedir la RyC siempre que YA haya renunciado al JdC en la fecha en que se convoque la RyC (da igual si ha disfrutado la JdC 2 meses o un anyo), o bien en el caso de que ya haya cumplido un anyo de contrato entonces no es necesario que haya presentado renuncia.

 

 

Mierda, se ha cortado el texto que queria citar. Era este:

 
"En relación a su consulta, le indicamos que La convocatoria 2016 de ayudas Ramón y Cajal establece en su artículo 22.1.c) como requisito de los investigadores: “No ser beneficiario de una ayuda del Subprograma Juan de la Cierva, de las ayudas Juan de la Cierva-Formación, de las ayudas Juan de la Cierva-Incorporación o de las ayudas para la formación posdoctoral, a excepción de aquellos que la hayan disfrutado durante al menos un año. Este periodo se contabilizará desde la fecha de incorporación efectiva al centro de I+D hasta el uno de junio de 2016… Se entiende por beneficiario de cualquiera de las actuaciones mencionadas a aquel investigador incluido en alguna de las resoluciones de concesión… independientemente de que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D. No se considerarán beneficiarios aquellos investigadores que en fecha anterior a la publicación en el BOE de esta convocatoria, hayan manifestado expresamente su renuncia a tales ayudas.”



Teniendo eso en cuenta en la convocatoria 2016:


- si el investigador ha disfrutado al menos un año desde su incorporación al Centro como JdC, podría presentarse a las ayudas RyC

- si el investigador renuncia antes de la publicación de la convocatoria de ayudas RYC en el BOE, (esto es antes del 29/11/2016) entonces, dicho investigador ya NO se considera beneficiario de las ayudas JdC

Podrá presentarse a futuras convocatorias siempre y cuando cumpla todos los requisitos que en ellas se establezcan."

 

posts: 62

Hola a todos,

quiero compartir con vosotros lo que me han respondido del ministerio al preguntar sobre lo que pasa con aquellos a los que se conceda un JdC y luego renuncien y quieran pedir un RyC. En algunos hilos se estuvo debatiendo sobre sobre si uno de los apartados de la convocatoria implica que una persona que renuncie al JdC antes de cumplir un anyo de contrato esta luego imposibilitado para toda la vida para pedir la RyC.

El caso es que me han respondido esto:

''>__

Es decir, que alguien que haya tenido un JdC puede pedir la RyC siempre que YA haya renunciado al JdC en la fecha en que se convoque la RyC (da igual si ha disfrutado la JdC 2 meses o un anyo), o bien en el caso de que ya haya cumplido un anyo de contrato entonces no es necesario que haya presentado renuncia.

 

posts: 62
Tinus wrote:
Tinus wrote:

Buenas,
si no estoy equivocado, creo que no hay ningún foro en relación a las JdC 2016. El plazo para pedirlas empieza el 10 (incorporación) o el 12 (formación) de enero, así que abro un hilo para añadir nuestras dudas, ayudas o reflexiones...

Salut!

Hola,

¿Alguien sabe dónde se puede encontrar la resolución compelta de las JdC2016?

En el BOE del día 29 de noviembre únicamente aparece el extracto de la Resolución de la Agencia Nacional de la Investigación.

Muchas gracias

 

Lo puedes encontrar aqui, clicando a la derecha en "Convocatoria" y ahi en el tercer enlace que dice "Resolucion de 21 de Noviembre de 2016".

Por otra parte, yo estoy preocupado por el tema del articulo 22.1.c, sobre las implicaciones de renunciar a la JdC y luego querer pedir la RyC. Esto ya se ha comentado en otros hilos, pero no he visto que nadie haya sacado nada en claro o que tenga una respuesta concreta de parte de la Administracion. Alguien sabe algo concreto?

posts: 1
Tinus wrote:

Buenas,
si no estoy equivocado, creo que no hay ningún foro en relación a las JdC 2016. El plazo para pedirlas empieza el 10 (incorporación) o el 12 (formación) de enero, así que abro un hilo para añadir nuestras dudas, ayudas o reflexiones...

Salut!

Hola,

¿Alguien sabe dónde se puede encontrar la resolución compelta de las JdC2016?

En el BOE del día 29 de noviembre únicamente aparece el extracto de la Resolución de la Agencia Nacional de la Investigación.

Muchas gracias

 

Page: 12/12
1  2  3  4  5  6  7  8  9  10  11  12 

Apúntate a la lista precarios-info

 

Colabora

  • Donar con tarjeta o PayPal: