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Convocatorias Postdocs


Juan de la Cierva 2016

posts: 12

Buenas,
si no estoy equivocado, creo que no hay ningún foro en relación a las JdC 2016. El plazo para pedirlas empieza el 10 (incorporación) o el 12 (formación) de enero, así que abro un hilo para añadir nuestras dudas, ayudas o reflexiones...

Salut!

posts: 1
Tinus wrote:

Buenas,
si no estoy equivocado, creo que no hay ningún foro en relación a las JdC 2016. El plazo para pedirlas empieza el 10 (incorporación) o el 12 (formación) de enero, así que abro un hilo para añadir nuestras dudas, ayudas o reflexiones...

Salut!

 
Hola,



Quisiera preguntar qué efectos tiene (si los hay) el hecho de cambiar de área científica entre la tesis y centro de desarrollo de la misma, y el centro al cual pedir una JdC-Formación.

El ejemplo personal es el siguiente: el tema de investigación predoctoral (así como el centro de formación) forma parte del área científica “Historia y Arte”. Sin embargo, el CV y los méritos académicos se han dirigido a innovaciones de carácter tecnológico para aplicaciones en mi campo de “Historia y Arte”, en colaboración con co-autores/centros de otras áreas (eg. “Ciencias de la Tierra” y “Tecnología Electrónica y de las Comunicaciones”). Tengo interés en pedir una JdC-Formación en uno de estos centros.

Se puede mantener la misma área de origen aunque el centro/grupo de destino sea reconocido dentro de otra área? Debo poner la nueva área científica y competir en este nuevo campo? Es eso positivo (interdisciplinariedad) o negativo (visto cómo "raro", por desgracia) para los evaluadores?

Disculpad si son preguntas redundantes, espero que este hilo pueda responder dudas parecidas.

Un saludo,

Francesc

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Tinus wrote:

Buenas,
si no estoy equivocado, creo que no hay ningún foro en relación a las JdC 2016. El plazo para pedirlas empieza el 10 (incorporación) o el 12 (formación) de enero, así que abro un hilo para añadir nuestras dudas, ayudas o reflexiones...

Salut!

Buenos días,

otra pregunta: alguien sabe las cantidades aproximadas que los centros tienen que cofinanciar en caso que los posdocs cobren las retribuciones mínimas (21500 por JdC-F y 25000 por JdC-I)?

Muchas gracias!

 

posts: 133
Tinus wrote:

Buenas,
si no estoy equivocado, creo que no hay ningún foro en relación a las JdC 2016. El plazo para pedirlas empieza el 10 (incorporación) o el 12 (formación) de enero, así que abro un hilo para añadir nuestras dudas, ayudas o reflexiones...

Salut!

Buenas tardes,

 

es requisito certificar el idioma del cerntro receptor para poder optar a un JYC de formación?

 

Un saludo y gracias

posts: 26
Tinus wrote:
Tinus wrote:

Buenas,
si no estoy equivocado, creo que no hay ningún foro en relación a las JdC 2016. El plazo para pedirlas empieza el 10 (incorporación) o el 12 (formación) de enero, así que abro un hilo para añadir nuestras dudas, ayudas o reflexiones...

Salut!

Otra pregunta...

 

En el formulário (incorporación) sólo se debe presentar el CV del candidato y el del grupo? No recuerdo si era necesario presentar también un abstract y un título para le proyecto...  Creo recordar que no, y en la convocatória solo dice que se deber rellenar 'el formulario' pero no específica qué hay en él.

 

Gracias majos,

Hola planinsky,

Es la primera vez que me presento a JdC-Incorporación pero creo que no piden nada de proyecto, solo CV del candidato y del grupo, a no ser que la convocatoria haya cambiado con respecto a años anteriores.

posts: 26
Tinus wrote:
Tinus wrote:

Buenas,
si no estoy equivocado, creo que no hay ningún foro en relación a las JdC 2016. El plazo para pedirlas empieza el 10 (incorporación) o el 12 (formación) de enero, así que abro un hilo para añadir nuestras dudas, ayudas o reflexiones...

Salut!

Hola buenos dias,

 

A ver si alguien me puede ayudar.

En la aplicacion CVN del minsiterio hay bastante más flexibilidad a la hora de realizar el CV que en el sistema de mi centro de investigacion (que aparece en el listado de compatibles): posibilidad de añadir comentarios, resumenes, indices de impacto de publicaciones cuando no hay indice para el año en curso...

¿Alguien mas se ha encontrado este caso?

Creo que dado esta situacion me interesa utilizar la aplicacion del ministerio, pero creo que es un poco desconcertante...

Hola unabecariamas,

Me pasa exactamente lo mismo que a ti y opté por usar el CVN on-line del ministerio, además el CVN de mi institución no es compatible para importarlo así que me ha tocado meter todo otra vez....(lo de los tipos de CV ya es de risa).

posts: 40
Tinus wrote:

Buenas,
si no estoy equivocado, creo que no hay ningún foro en relación a las JdC 2016. El plazo para pedirlas empieza el 10 (incorporación) o el 12 (formación) de enero, así que abro un hilo para añadir nuestras dudas, ayudas o reflexiones...

Salut!

Otra pregunta...

 

En el formulário (incorporación) sólo se debe presentar el CV del candidato y el del grupo? No recuerdo si era necesario presentar también un abstract y un título para le proyecto...  Creo recordar que no, y en la convocatória solo dice que se deber rellenar 'el formulario' pero no específica qué hay en él.

 

Gracias majos,

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Tinus wrote:

Buenas,
si no estoy equivocado, creo que no hay ningún foro en relación a las JdC 2016. El plazo para pedirlas empieza el 10 (incorporación) o el 12 (formación) de enero, así que abro un hilo para añadir nuestras dudas, ayudas o reflexiones...

Salut!

Hola buenos dias,

 

A ver si alguien me puede ayudar.

En la aplicacion CVN del minsiterio hay bastante más flexibilidad a la hora de realizar el CV que en el sistema de mi centro de investigacion (que aparece en el listado de compatibles): posibilidad de añadir comentarios, resumenes, indices de impacto de publicaciones cuando no hay indice para el año en curso...

¿Alguien mas se ha encontrado este caso?

Creo que dado esta situacion me interesa utilizar la aplicacion del ministerio, pero creo que es un poco desconcertante...

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haneraw12 wrote:

Hola,

yo tengo interés en solicitar una JdC formación. A parte de que lo valoren, ¿los que la pedís suelen tener formación post-doc en el extranjero? Yo he realizado estancias durante mi doctorado y no tengo mal CV, pero acabo de terminar la tesis y no sé si estoy muy lejos de estas becas.

Por otro lado, ¿las universidades o centros suelen co-financiar el salario? Es un poco bajo pero en el centro donde la quiero pedir en anteriores ocasiones no se ha cofinanciado, y no sé cuál es la tónica general en este punto.

Muchas gracias a todos y suerte!

Hola haneraw12

Por mi experiencia, las dos primeras veces que me presenté quedé en posiciones bastante bajas (70-30 dentro de mi área donde daban apenas 8 contratos) y solo después de tener una postdoc en el extranjero entré como reserva (también había mejorado en otros aspectos del CV). No digo que sea obligatorio...posiblemente si tienes buen CV y has hecho bastantes estancias durante el doctorado puedas tener oportunidades. Si encuentras un buen grupo (recuerda que el 50% de la puntuación final es la que obtiene el grupo de investigación) y que tengas posibilidades de cofinanciación no dudes en pedirla.

En cuanto a lo de la cofinanciación, la situación es muy diferente dependiendo del centro. Hay universidades que dejan presentarse a todos los candidatos y se comprometen a cofinanciar el salario. En el CSIC, si no me equivoco tenían algún tipo de restricción y hacen una criba previa con lo cual puedes correr el riesgo de que a última hora te digan que no puedes presentarte con ellos (esto lo digo de oídas de otros años). Mi universidad hasta este año no ponía ni un euro de cofinanciación así que es el grupo de investigación el que se debe hacer cargo de la cofinanciación del salario, este año han sacado una convocatoria de ayudas para cubrir la cofinanciación....vamos, que te puedes encontrar de todo.

Suerte.

 

posts: 4

Hola,

yo tengo interés en solicitar una JdC formación. A parte de que lo valoren, ¿los que la pedís suelen tener formación post-doc en el extranjero? Yo he realizado estancias durante mi doctorado y no tengo mal CV, pero acabo de terminar la tesis y no sé si estoy muy lejos de estas becas.

Por otro lado, ¿las universidades o centros suelen co-financiar el salario? Es un poco bajo pero en el centro donde la quiero pedir en anteriores ocasiones no se ha cofinanciado, y no sé cuál es la tónica general en este punto.

Muchas gracias a todos y suerte!

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{QUOTE(replyto=>ktoledo)}
maryshelter wrote:
maryshelter wrote:

Buenas noches a todos,

Soy nueva por aquí y ando un poco perdida. Terminé la tesis en mayo de este año y me quedé en paro. Estoy buscando convocatorias postdoctorales a las que acogerme. Hoy he estado leyendo las convocatorias RyC y JdC 2016 formación e incorporación. Las dos primeras no puedo pedirlas ya que laa fechas de lectura de tesis son mucho anteriores (lo cuál no entiendo por qué). Sí puedo pedir las de JdC incorporación pero detalla que tiene que ser en otro centro diferente al que se le realizó la tesis. Mi duda es dónde puedo consultar los centros que están interesados en contratar a los doctores bajo este programa o si soy yo la que tiene que ponerse en contacto con ellos de forma particular. Agredecería algo de luz en este lío....Gracias de verdad!!

 
Hola,



Suelen colgar ofertas de búsqueda de candidatos en:

http://www.rediris.es/list/info/ofer-trabec.html

Por otro lado, un consejo. Yo no perdería el tiempo pidiendo una RyC ni una JdC-Incoporcarión si acabas de terminar la tesis, que son becas para gente con experiencia Posdoc. Entiendo que estas perdida y acabas de empezar con esto, pero mira los criterios de evaluación y busca un poco por internet la gente que se la han dado y saca tus propias conclusiones.

Mi consejo, búscate algo fuera de España y prepara tu CV y búsqueda de grupo para la JdC-Formación del próximo año.

Saludos y bienvenida al mundo de las becas Posdoc J

 

 

Gracias por la respuesta sobre continuar o no con el mismo grupo tinigrifi.

En cuanto a lo que plantea maryshelter, por lo que he visto a mi alrededor a veces lo más dificil es conseguir un grupo que pueda co-financiar el contrato una vez te lo han dado. Algunas universidades están cubriendo ese gasto, pero no todas. De hecho muchas veces hacen una criba previa para decidir qué candidatos presentan en caso de que haya más solicitudes que presupuesto.

Comparto la idea de tinigrifi de que trates de buscar algo de experiencia post-doc en el extranjero porque para JdC (incluso formación) lo tienen en cuenta. Por otro lado si encuentras un grupo/tutor con el que presentarte no dudes en hacerlo, algunas veces la valoración de tu CV, aunque no te la concedan, puede indicarte qué partes del CV debes reforzar.

Saludos y suerte



Muchísimas gracias por vuestras respuestas. Yo pensaba que JdC era para realizar formación postdoctoral, pero si incluso así valoran postdoc en el extranjero... pues vaya paradoja. Tendré que armarme de valor y salir fuera...tengo un niño de dos años y medio y me resulta complicado...pero bueno...habrá que salir adelante. Muchas gracias, reitero.

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maryshelter wrote:
maryshelter wrote:

Buenas noches a todos,

Soy nueva por aquí y ando un poco perdida. Terminé la tesis en mayo de este año y me quedé en paro. Estoy buscando convocatorias postdoctorales a las que acogerme. Hoy he estado leyendo las convocatorias RyC y JdC 2016 formación e incorporación. Las dos primeras no puedo pedirlas ya que laa fechas de lectura de tesis son mucho anteriores (lo cuál no entiendo por qué). Sí puedo pedir las de JdC incorporación pero detalla que tiene que ser en otro centro diferente al que se le realizó la tesis. Mi duda es dónde puedo consultar los centros que están interesados en contratar a los doctores bajo este programa o si soy yo la que tiene que ponerse en contacto con ellos de forma particular. Agredecería algo de luz en este lío....Gracias de verdad!!

 
Hola,



Suelen colgar ofertas de búsqueda de candidatos en:

http://www.rediris.es/list/info/ofer-trabec.html

Por otro lado, un consejo. Yo no perdería el tiempo pidiendo una RyC ni una JdC-Incoporcarión si acabas de terminar la tesis, que son becas para gente con experiencia Posdoc. Entiendo que estas perdida y acabas de empezar con esto, pero mira los criterios de evaluación y busca un poco por internet la gente que se la han dado y saca tus propias conclusiones.

Mi consejo, búscate algo fuera de España y prepara tu CV y búsqueda de grupo para la JdC-Formación del próximo año.

Saludos y bienvenida al mundo de las becas Posdoc J

 

 

Gracias por la respuesta sobre continuar o no con el mismo grupo tinigrifi.

En cuanto a lo que plantea maryshelter, por lo que he visto a mi alrededor a veces lo más dificil es conseguir un grupo que pueda co-financiar el contrato una vez te lo han dado. Algunas universidades están cubriendo ese gasto, pero no todas. De hecho muchas veces hacen una criba previa para decidir qué candidatos presentan en caso de que haya más solicitudes que presupuesto.

Comparto la idea de tinigrifi de que trates de buscar algo de experiencia post-doc en el extranjero porque para JdC (incluso formación) lo tienen en cuenta. Por otro lado si encuentras un grupo/tutor con el que presentarte no dudes en hacerlo, algunas veces la valoración de tu CV, aunque no te la concedan, puede indicarte qué partes del CV debes reforzar.

Saludos y suerte.

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maryshelter wrote:

Buenas noches a todos,

Soy nueva por aquí y ando un poco perdida. Terminé la tesis en mayo de este año y me quedé en paro. Estoy buscando convocatorias postdoctorales a las que acogerme. Hoy he estado leyendo las convocatorias RyC y JdC 2016 formación e incorporación. Las dos primeras no puedo pedirlas ya que laa fechas de lectura de tesis son mucho anteriores (lo cuál no entiendo por qué). Sí puedo pedir las de JdC incorporación pero detalla que tiene que ser en otro centro diferente al que se le realizó la tesis. Mi duda es dónde puedo consultar los centros que están interesados en contratar a los doctores bajo este programa o si soy yo la que tiene que ponerse en contacto con ellos de forma particular. Agredecería algo de luz en este lío....Gracias de verdad!!

 
Hola,



Suelen colgar ofertas de búsqueda de candidatos en:

http://www.rediris.es/list/info/ofer-trabec.html

Por otro lado, un consejo. Yo no perdería el tiempo pidiendo una RyC ni una JdC-Incoporcarión si acabas de terminar la tesis, que son becas para gente con experiencia Posdoc. Entiendo que estas perdida y acabas de empezar con esto, pero mira los criterios de evaluación y busca un poco por internet la gente que se la han dado y saca tus propias conclusiones.

Mi consejo, búscate algo fuera de España y prepara tu CV y búsqueda de grupo para la JdC-Formación del próximo año.

Saludos y bienvenida al mundo de las becas Posdoc J

 

 

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Buenas noches a todos,

Soy nueva por aquí y ando un poco perdida. Terminé la tesis en mayo de este año y me quedé en paro. Estoy buscando convocatorias postdoctorales a las que acogerme. Hoy he estado leyendo las convocatorias RyC y JdC 2016 formación e incorporación. Las dos primeras no puedo pedirlas ya que laa fechas de lectura de tesis son mucho anteriores (lo cuál no entiendo por qué). Sí puedo pedir las de JdC incorporación pero detalla que tiene que ser en otro centro diferente al que se le realizó la tesis. Mi duda es dónde puedo consultar los centros que están interesados en contratar a los doctores bajo este programa o si soy yo la que tiene que ponerse en contacto con ellos de forma particular. Agredecería algo de luz en este lío....Gracias de verdad!!

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Tinus wrote:
Tinus wrote:
Tinus wrote:

Buenas,
si no estoy equivocado, creo que no hay ningún foro en relación a las JdC 2016. El plazo para pedirlas empieza el 10 (incorporación) o el 12 (formación) de enero, así que abro un hilo para añadir nuestras dudas, ayudas o reflexiones...

Salut!

Hola chic@s,

si, lo de renunciar y castigar los que hayan disfrutado una JdC es una putada... yo quizas estoy en una situacion similar como algunos en este foro. He tenido suerte el año pasado y me han dado una JdC-formacion. Hasta el 1 de junio 2017 habra pasado mas que un año desde mi incorporación, asi que deberia ser elegible para esta convocatoria. Estoy pensando entre pedir la JdC-incorporacion o ya la Ramon y Cajal, alguien tiene algun consejo? Es una pena que no se puede pedir las dos a la vez...

Cuando mandan los resultados de la solicitud, y en el caso que no haya suerte, mandan tambien un resumen de lo que faltaba en el CV/resumen?

Muchas gracias!

 

Hola elvh,

Yo estoy en la misma situación que tú y sin duda me presentaré a incorporación (me temo que se reirían de mi CV en una Ramón y Cajal). El caso es que estaba mirando en la convocatoria por si hay alguna limitación en pedir la JdC-Incorporación en el mismo centro y con el mismo grupo (y tutor) con el que te concedieron la JdC-Formación.

Yo no encuentro nada que me lo impida, pero no se hasta que punto es beneficioso (continuar tu periodo post-doc en el mismo centro siguiendo la misma línea de investigación) o puede ser perjudicial por no seguir con la movilidad (por ejemplo, tratando de volver al centro donde leiste la tesis).

¿Alguna opinión? ¿Alguien de convocatorias anteriores de JdC-Formación que sepa como le han valorado en JdC-Incorporación el hecho de seguir/no seguir en el mismo grupo?

Gracias.

Si, la Incorporación sin duda, el CV de una RyC es infinitamente superior a un JdC-Formación. Por otro lado, yo he conseguido la de formación y la de incorporación con el mismo tutor y grupo y, no hay problema en eso. Destaca que estas plenamente integrado y asumiendo roles de coordinación...que me imagino sera el caso.

Saludos

posts: 26
Tinus wrote:
Tinus wrote:

Buenas,
si no estoy equivocado, creo que no hay ningún foro en relación a las JdC 2016. El plazo para pedirlas empieza el 10 (incorporación) o el 12 (formación) de enero, así que abro un hilo para añadir nuestras dudas, ayudas o reflexiones...

Salut!

Hola chic@s,

si, lo de renunciar y castigar los que hayan disfrutado una JdC es una putada... yo quizas estoy en una situacion similar como algunos en este foro. He tenido suerte el año pasado y me han dado una JdC-formacion. Hasta el 1 de junio 2017 habra pasado mas que un año desde mi incorporación, asi que deberia ser elegible para esta convocatoria. Estoy pensando entre pedir la JdC-incorporacion o ya la Ramon y Cajal, alguien tiene algun consejo? Es una pena que no se puede pedir las dos a la vez...

Cuando mandan los resultados de la solicitud, y en el caso que no haya suerte, mandan tambien un resumen de lo que faltaba en el CV/resumen?

Muchas gracias!

 

Hola elvh,

Yo estoy en la misma situación que tú y sin duda me presentaré a incorporación (me temo que se reirían de mi CV en una Ramón y Cajal). El caso es que estaba mirando en la convocatoria por si hay alguna limitación en pedir la JdC-Incorporación en el mismo centro y con el mismo grupo (y tutor) con el que te concedieron la JdC-Formación.

Yo no encuentro nada que me lo impida, pero no se hasta que punto es beneficioso (continuar tu periodo post-doc en el mismo centro siguiendo la misma línea de investigación) o puede ser perjudicial por no seguir con la movilidad (por ejemplo, tratando de volver al centro donde leiste la tesis).

¿Alguna opinión? ¿Alguien de convocatorias anteriores de JdC-Formación que sepa como le han valorado en JdC-Incorporación el hecho de seguir/no seguir en el mismo grupo?

Gracias.

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Tinus wrote:

Buenas,
si no estoy equivocado, creo que no hay ningún foro en relación a las JdC 2016. El plazo para pedirlas empieza el 10 (incorporación) o el 12 (formación) de enero, así que abro un hilo para añadir nuestras dudas, ayudas o reflexiones...

Salut!

Hola chic@s,

si, lo de renunciar y castigar los que hayan disfrutado una JdC es una putada... yo quizas estoy en una situacion similar como algunos en este foro. He tenido suerte el año pasado y me han dado una JdC-formacion. Hasta el 1 de junio 2017 habra pasado mas que un año desde mi incorporación, asi que deberia ser elegible para esta convocatoria. Estoy pensando entre pedir la JdC-incorporacion o ya la Ramon y Cajal, alguien tiene algun consejo? Es una pena que no se puede pedir las dos a la vez...

Cuando mandan los resultados de la solicitud, y en el caso que no haya suerte, mandan tambien un resumen de lo que faltaba en el CV/resumen?

Muchas gracias!

 

posts: 1
Tinus wrote:

Buenas,
si no estoy equivocado, creo que no hay ningún foro en relación a las JdC 2016. El plazo para pedirlas empieza el 10 (incorporación) o el 12 (formación) de enero, así que abro un hilo para añadir nuestras dudas, ayudas o reflexiones...

Salut!

Hola hola,

hace poco que me doctoré y aún estoy bastante perdido con todas las convocatorias que salen postdoctorales, en la Juan de la Cierva ¿que requisitos tienen que tener los candidatos? lo digo porque entré en varios enlaces en no veo cual debe ser la fecha de obtención del título.

Un saludo

posts: 34
Cricricri wrote:

Hola,

¿Sabeis cuanto tardan en hacer la resolución? actualmente tengo contrato aun para 1 año. Parece pronto para pedir otra beca pero si me espero a acabar el contrato no se cuanto podré estar en el paro contanto con la resolución de 2017... (eso contando con que me la dieran).

¿Como de dificil es obtener una JdC incorporación con tres artículos (un cuarto en revisión), una beca predoctoral de CCAA, una Marie Curie ITN postdoctoral y otro postdoc co-financiado por centro de investigación y UE?. Además de congresos y docencia.

Saludos

 

Yo que tú la pediría, esta convocatoría tarda aprox. un año en resolverse.

posts: 34
parado wrote:
Puedes pedirlo tanto con la universidad como con cualquier instituto del CSIC menos con el que hiciste la tesis. Si optas por el CSIC necesitaras una autorizacion. La cosa cambiaria si donde hiciste la tesis es un centro mixto.

 

Muchisimas gracias, parado. Donde hice la tesis es un centro mixto, pero no con la universidad, sino con el gobierno autónomico, así que no creo que haya problemas en ese sentido. :-)

Cricricri, le he escrito al ministerio hace más de 10 días y no me han hecho ni caso...

 

posts: 2
Tinus wrote:

Buenas,
si no estoy equivocado, creo que no hay ningún foro en relación a las JdC 2016. El plazo para pedirlas empieza el 10 (incorporación) o el 12 (formación) de enero, así que abro un hilo para añadir nuestras dudas, ayudas o reflexiones...

Salut!

Yo tengo una situación peculiar... Por cuestiones varias ahora mismo soy funcionaria en prácticas. Hasta agosto (incluído) he estado trabajando en investigación, y el año pasado pedí una Juan de la Cierva (quedé cuarta en reserva). Y me gustaría dedicarme a largo plazo a investigación, pero tampoco me puedo plantear ahora dejar un trabajo fijo, y menos con las expectativas que da la investigación en España. Pero si pudiese pedirme una excedencia sería perfecto. En principio la excedencia por interés particular no se puede solicitar hasta 5 años después, pero existe una modalidad que es por "Prestación de servicios en el sector público" ¿Alguno tiene idea de si podría acogerme a esta modalidad con una Juan de la Cierva? Y puestos a preguntar ¿con un contrato asociado a proyecto?

posts: 592
Puedes pedirlo tanto con la universidad como con cualquier instituto del CSIC menos con el que hiciste la tesis. Si optas por el CSIC necesitaras una autorizacion. La cosa cambiaria si donde hiciste la tesis es un centro mixto.
posts: 88
satiro wrote:
satiro wrote:
satiro wrote:

 

Aprovecho para una duda que tengo acerca del requsito de movilidad.

He tenido una beca de formación predoctoral en un instituto del CSIC y he leído la tesis, como es lógico, en una universidad española. Mi (único) director de ese instituto del CSIC. ¿Cuál es el centro donde he realizado mi formación pre-doctoral? ¿La universidad, o ese instituto del CSIC? Entiendo que el instituto del CSIC, porqué si no se podría siempre solicitar la movilidad hacia cualquier instituto del CSIC, sin excepción. ¿No?

 

Quería decir: "Mi (único) director de tesis pertenece a ese instituto del CSIC"

¿Alguien sabe cómo va esto?

Manda un email al Ministerio, según como yo lo entiendo ya no podrás pedirla para el CSIC, yo entiendo que ningún centro del CSIC, pero mejor que te aseguren desde el Ministerio, porque si es como yo lo entiendo no es muy justo.

posts: 88

Hola,

¿Sabeis cuanto tardan en hacer la resolución? actualmente tengo contrato aun para 1 año. Parece pronto para pedir otra beca pero si me espero a acabar el contrato no se cuanto podré estar en el paro contanto con la resolución de 2017... (eso contando con que me la dieran).

¿Como de dificil es obtener una JdC incorporación con tres artículos (un cuarto en revisión), una beca predoctoral de CCAA, una Marie Curie ITN postdoctoral y otro postdoc co-financiado por centro de investigación y UE?. Además de congresos y docencia.

Saludos

posts: 133
Tinus wrote:

Buenas,
si no estoy equivocado, creo que no hay ningún foro en relación a las JdC 2016. El plazo para pedirlas empieza el 10 (incorporación) o el 12 (formación) de enero, así que abro un hilo para añadir nuestras dudas, ayudas o reflexiones...

Salut!

....

posts: 34
satiro wrote:
satiro wrote:

 

Aprovecho para una duda que tengo acerca del requsito de movilidad.

He tenido una beca de formación predoctoral en un instituto del CSIC y he leído la tesis, como es lógico, en una universidad española. Mi (único) director de ese instituto del CSIC. ¿Cuál es el centro donde he realizado mi formación pre-doctoral? ¿La universidad, o ese instituto del CSIC? Entiendo que el instituto del CSIC, porqué si no se podría siempre solicitar la movilidad hacia cualquier instituto del CSIC, sin excepción. ¿No?

 

Quería decir: "Mi (único) director de tesis pertenece a ese instituto del CSIC"

¿Alguien sabe cómo va esto?

posts: 62
danny_m wrote:
danny_m wrote:
danny_m wrote:
danny_m wrote:
danny_m wrote:
danny_m wrote:
danny_m wrote:

Hola a todos,

quiero compartir con vosotros lo que me han respondido del ministerio al preguntar sobre lo que pasa con aquellos a los que se conceda un JdC y luego renuncien y quieran pedir un RyC. En algunos hilos se estuvo debatiendo sobre sobre si uno de los apartados de la convocatoria implica que una persona que renuncie al JdC antes de cumplir un anyo de contrato esta luego imposibilitado para toda la vida para pedir la RyC.

El caso es que me han respondido esto:

''__

Es decir, que alguien que haya tenido un JdC puede pedir la RyC siempre que YA haya renunciado al JdC en la fecha en que se convoque la RyC (da igual si ha disfrutado la JdC 2 meses o un anyo), o bien en el caso de que ya haya cumplido un anyo de contrato entonces no es necesario que haya presentado renuncia.

 

 

Mierda, se ha cortado el texto que queria citar. Era este:

 
"En relación a su consulta, le indicamos que La convocatoria 2016 de ayudas Ramón y Cajal establece en su artículo 22.1.c) como requisito de los investigadores: “No ser beneficiario de una ayuda del Subprograma Juan de la Cierva, de las ayudas Juan de la Cierva-Formación, de las ayudas Juan de la Cierva-Incorporación o de las ayudas para la formación posdoctoral, a excepción de aquellos que la hayan disfrutado durante al menos un año. Este periodo se contabilizará desde la fecha de incorporación efectiva al centro de I+D hasta el uno de junio de 2016… Se entiende por beneficiario de cualquiera de las actuaciones mencionadas a aquel investigador incluido en alguna de las resoluciones de concesión… independientemente de que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D. No se considerarán beneficiarios aquellos investigadores que en fecha anterior a la publicación en el BOE de esta convocatoria, hayan manifestado expresamente su renuncia a tales ayudas.”



Teniendo eso en cuenta en la convocatoria 2016:


- si el investigador ha disfrutado al menos un año desde su incorporación al Centro como JdC, podría presentarse a las ayudas RyC

- si el investigador renuncia antes de la publicación de la convocatoria de ayudas RYC en el BOE, (esto es antes del 29/11/2016) entonces, dicho investigador ya NO se considera beneficiario de las ayudas JdC

Podrá presentarse a futuras convocatorias siempre y cuando cumpla todos los requisitos que en ellas se establezcan."

 

Mucho OJO!!!

Yo creo que esto no es así, mirad lo que me han respondido a mi desde el ministerio cuando pregunté sobre las consecuencias de renunciar a la JdC ANTES de un año de disfrute´... A mi desde luego me metieron TODO el miedo en el cuerpo...

"Estimada investigadora,Los requisitos de las ayudas RyC en convocatorias pasadas, ejemplo 2015, indicaban que si usted ha sido beneficiaria de un Ayuda Juan de la Cierva-incorporación debe haber disfrutado de al menos un año de ayuda a uno de junio de 2016 (así siempre modificando la fecha de convocatoria y la del requisito de disfrute de al menos una año). Sí usted renuncia antes, figurará en su expediente, y, salvo que cambien los requisitos en próximas convocatorias, no podrá presentarse nunca a las ayudas RyC.Un saludo

 

Hostia, pues esto es justo lo contrario de lo que me han dicho a mi. A que direccion de correo escribiste? Yo lo hice a cierva.incorporacion at mineco.es, aunque me han contestado desde ramoycajal at mineco.es. Esto es alucinante, preguntas a N personas y y te dan N respuestas diferentes.

Pues si, es la leche, a mi me fastidia porque no me presenté a una convocatoria muy interesante que había en otro sitio, pero es que muy heavy pensar q no te vas a poder presentar nunca a la RyC.

Me respondieron desde cierva.incorporacion at mineco.es.

Curiosamente, al dia siguiente me llegó otro mail de respuesta a mi pregunta desde informacion at mineco.es

" Estimado/a usuario/a: En relación a su consulta, le informamos que puede renunciar a la ayuda si así lo decide. No podemos indicarle la repercusión de una renuncia actual para convocatoria futuras que no se han publicado.
Muchas gracias por utilizar este servicio."

Este me dio ya la risa, es de coña... Creo q es obvio q puedo renunciar cuando quiera, no me van a obligar , jejeje

 

Si que es flipante, si. El caso es que leyendo el articulo ese detenidamente, creo que lo que me han contestado a mi hoy tiene sentido, porque el articulo dice: "No ser beneficiario de una ayuda JdC, ..., a excepcion de aquellos que la hayan disfrutado al menos un anyo". Luego entra en quien se considera beneficiario, y como se computa ese anyo. Con eso definen las condiciones para poder pedir la RyC si tienes contrato JdC en vigor. Y luego dice: "No se considerarán beneficiarios aquellos investigadores que en fecha anterior a la publicación en el BOE de esta convocatoria, hayan manifestado expresamente su renuncia a tales ayudas.”. Es decir: puesto que aquellos que presenten renuncia antes de la publicacion en el BOE de la convocatoria RyC ya NO se consideran beneficiarios, NADA de lo dicho en todo el texto anterior les deberia afectar porque se dicho texto se refiere a los beneficiarios. No se, supongo que es logico, no? Es decir, suponiendo que el objetivo de todo el articulo es que uno que tiene una JdC en vigor no pida la RyC cuando solo lleva un mes de disfrute, y no tanto el "castigar" las renuncias.

Si quieres, para quedarnos tranquilos puedes decirme en que fecha te dieron esas respuestas y puedo responder con eso al correo que me han enviado, a ver si nos sacan de dudas. Otra cosa es que me digan que no tienen ni idea de como seran los requisitos en convocatorias futuras, que tambien es verdad.

 

Estoy de acuerdo contigo, tiene mucho más sentido tal y como lo interpretas tú. Pero te recuerdo que aquí no todo tiene lógica, por ejemplo, "Se entiende por beneficiario de esta actuación a aquel investigador incluido en alguna de las resoluciones de concesión de convocatorias anteriores de dicha actuación, independientemente de que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D." Por eso todo el que quiere renunciar a la JdC ha de hacerlo antes de que salga la resolución definitiva, si no, eres beneficiario aunque nunca llegues a incorporarte

Yo realice la consulta el 27 de octubre. Estaría genial si pudieran aclararnos algo más sobre este punto..

Saludos

 

Bueno, pues he escrito al correo de informacion de la Ramon y Cajal para que nos saquen de dudas y me han repetido lo mismo de antes:

 

"En relación con su consulta, confirmarle lo indicado en nuestro anterior correo:

Teniendo en cuenta el artículo 22.1.C) de la convocatoria 2016 de ayudas Ramón y Cajal, si el investigador ha disfrutado al menos un año desde su incorporación al Centro como JdC, podría presentarse a las ayudas RyC; si el investigador renuncia a JdC antes de la publicación de la convocatoria de ayudas RYC en el BOE, (esto es antes del 29/11/2016) entonces, dicho investigador ya NO se considera beneficiario de las ayudas JdC

En el fichero de preguntas frecuentes de las convocatorias Ramón y Cajal, está incluida esta consulta. (pregunta 4 de Requisitos de participación )

Un saludo"

 

Desde luego se han quebrado...

 

posts: 30
danny_m wrote:
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danny_m wrote:
danny_m wrote:

Hola a todos,

quiero compartir con vosotros lo que me han respondido del ministerio al preguntar sobre lo que pasa con aquellos a los que se conceda un JdC y luego renuncien y quieran pedir un RyC. En algunos hilos se estuvo debatiendo sobre sobre si uno de los apartados de la convocatoria implica que una persona que renuncie al JdC antes de cumplir un anyo de contrato esta luego imposibilitado para toda la vida para pedir la RyC.

El caso es que me han respondido esto:

''__

Es decir, que alguien que haya tenido un JdC puede pedir la RyC siempre que YA haya renunciado al JdC en la fecha en que se convoque la RyC (da igual si ha disfrutado la JdC 2 meses o un anyo), o bien en el caso de que ya haya cumplido un anyo de contrato entonces no es necesario que haya presentado renuncia.

 

 

Mierda, se ha cortado el texto que queria citar. Era este:

 
"En relación a su consulta, le indicamos que La convocatoria 2016 de ayudas Ramón y Cajal establece en su artículo 22.1.c) como requisito de los investigadores: “No ser beneficiario de una ayuda del Subprograma Juan de la Cierva, de las ayudas Juan de la Cierva-Formación, de las ayudas Juan de la Cierva-Incorporación o de las ayudas para la formación posdoctoral, a excepción de aquellos que la hayan disfrutado durante al menos un año. Este periodo se contabilizará desde la fecha de incorporación efectiva al centro de I+D hasta el uno de junio de 2016… Se entiende por beneficiario de cualquiera de las actuaciones mencionadas a aquel investigador incluido en alguna de las resoluciones de concesión… independientemente de que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D. No se considerarán beneficiarios aquellos investigadores que en fecha anterior a la publicación en el BOE de esta convocatoria, hayan manifestado expresamente su renuncia a tales ayudas.”



Teniendo eso en cuenta en la convocatoria 2016:


- si el investigador ha disfrutado al menos un año desde su incorporación al Centro como JdC, podría presentarse a las ayudas RyC

- si el investigador renuncia antes de la publicación de la convocatoria de ayudas RYC en el BOE, (esto es antes del 29/11/2016) entonces, dicho investigador ya NO se considera beneficiario de las ayudas JdC

Podrá presentarse a futuras convocatorias siempre y cuando cumpla todos los requisitos que en ellas se establezcan."

 

Mucho OJO!!!

Yo creo que esto no es así, mirad lo que me han respondido a mi desde el ministerio cuando pregunté sobre las consecuencias de renunciar a la JdC ANTES de un año de disfrute´... A mi desde luego me metieron TODO el miedo en el cuerpo...

"Estimada investigadora,Los requisitos de las ayudas RyC en convocatorias pasadas, ejemplo 2015, indicaban que si usted ha sido beneficiaria de un Ayuda Juan de la Cierva-incorporación debe haber disfrutado de al menos un año de ayuda a uno de junio de 2016 (así siempre modificando la fecha de convocatoria y la del requisito de disfrute de al menos una año). Sí usted renuncia antes, figurará en su expediente, y, salvo que cambien los requisitos en próximas convocatorias, no podrá presentarse nunca a las ayudas RyC.Un saludo

 

Hostia, pues esto es justo lo contrario de lo que me han dicho a mi. A que direccion de correo escribiste? Yo lo hice a cierva.incorporacion at mineco.es, aunque me han contestado desde ramoycajal at mineco.es. Esto es alucinante, preguntas a N personas y y te dan N respuestas diferentes.

Pues si, es la leche, a mi me fastidia porque no me presenté a una convocatoria muy interesante que había en otro sitio, pero es que muy heavy pensar q no te vas a poder presentar nunca a la RyC.

Me respondieron desde cierva.incorporacion at mineco.es.

Curiosamente, al dia siguiente me llegó otro mail de respuesta a mi pregunta desde informacion at mineco.es

" Estimado/a usuario/a: En relación a su consulta, le informamos que puede renunciar a la ayuda si así lo decide. No podemos indicarle la repercusión de una renuncia actual para convocatoria futuras que no se han publicado.
Muchas gracias por utilizar este servicio."

Este me dio ya la risa, es de coña... Creo q es obvio q puedo renunciar cuando quiera, no me van a obligar , jejeje

 

Si que es flipante, si. El caso es que leyendo el articulo ese detenidamente, creo que lo que me han contestado a mi hoy tiene sentido, porque el articulo dice: "No ser beneficiario de una ayuda JdC, ..., a excepcion de aquellos que la hayan disfrutado al menos un anyo". Luego entra en quien se considera beneficiario, y como se computa ese anyo. Con eso definen las condiciones para poder pedir la RyC si tienes contrato JdC en vigor. Y luego dice: "No se considerarán beneficiarios aquellos investigadores que en fecha anterior a la publicación en el BOE de esta convocatoria, hayan manifestado expresamente su renuncia a tales ayudas.”. Es decir: puesto que aquellos que presenten renuncia antes de la publicacion en el BOE de la convocatoria RyC ya NO se consideran beneficiarios, NADA de lo dicho en todo el texto anterior les deberia afectar porque se dicho texto se refiere a los beneficiarios. No se, supongo que es logico, no? Es decir, suponiendo que el objetivo de todo el articulo es que uno que tiene una JdC en vigor no pida la RyC cuando solo lleva un mes de disfrute, y no tanto el "castigar" las renuncias.

Si quieres, para quedarnos tranquilos puedes decirme en que fecha te dieron esas respuestas y puedo responder con eso al correo que me han enviado, a ver si nos sacan de dudas. Otra cosa es que me digan que no tienen ni idea de como seran los requisitos en convocatorias futuras, que tambien es verdad.

 

Estoy de acuerdo contigo, tiene mucho más sentido tal y como lo interpretas tú. Pero te recuerdo que aquí no todo tiene lógica, por ejemplo, "Se entiende por beneficiario de esta actuación a aquel investigador incluido en alguna de las resoluciones de concesión de convocatorias anteriores de dicha actuación, independientemente de que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D." Por eso todo el que quiere renunciar a la JdC ha de hacerlo antes de que salga la resolución definitiva, si no, eres beneficiario aunque nunca llegues a incorporarte

Yo realice la consulta el 27 de octubre. Estaría genial si pudieran aclararnos algo más sobre este punto..

Saludos

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Hola a todos,

quiero compartir con vosotros lo que me han respondido del ministerio al preguntar sobre lo que pasa con aquellos a los que se conceda un JdC y luego renuncien y quieran pedir un RyC. En algunos hilos se estuvo debatiendo sobre sobre si uno de los apartados de la convocatoria implica que una persona que renuncie al JdC antes de cumplir un anyo de contrato esta luego imposibilitado para toda la vida para pedir la RyC.

El caso es que me han respondido esto:

''__

Es decir, que alguien que haya tenido un JdC puede pedir la RyC siempre que YA haya renunciado al JdC en la fecha en que se convoque la RyC (da igual si ha disfrutado la JdC 2 meses o un anyo), o bien en el caso de que ya haya cumplido un anyo de contrato entonces no es necesario que haya presentado renuncia.

 

 

Mierda, se ha cortado el texto que queria citar. Era este:

 
"En relación a su consulta, le indicamos que La convocatoria 2016 de ayudas Ramón y Cajal establece en su artículo 22.1.c) como requisito de los investigadores: “No ser beneficiario de una ayuda del Subprograma Juan de la Cierva, de las ayudas Juan de la Cierva-Formación, de las ayudas Juan de la Cierva-Incorporación o de las ayudas para la formación posdoctoral, a excepción de aquellos que la hayan disfrutado durante al menos un año. Este periodo se contabilizará desde la fecha de incorporación efectiva al centro de I+D hasta el uno de junio de 2016… Se entiende por beneficiario de cualquiera de las actuaciones mencionadas a aquel investigador incluido en alguna de las resoluciones de concesión… independientemente de que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D. No se considerarán beneficiarios aquellos investigadores que en fecha anterior a la publicación en el BOE de esta convocatoria, hayan manifestado expresamente su renuncia a tales ayudas.”



Teniendo eso en cuenta en la convocatoria 2016:


- si el investigador ha disfrutado al menos un año desde su incorporación al Centro como JdC, podría presentarse a las ayudas RyC

- si el investigador renuncia antes de la publicación de la convocatoria de ayudas RYC en el BOE, (esto es antes del 29/11/2016) entonces, dicho investigador ya NO se considera beneficiario de las ayudas JdC

Podrá presentarse a futuras convocatorias siempre y cuando cumpla todos los requisitos que en ellas se establezcan."

 

Mucho OJO!!!

Yo creo que esto no es así, mirad lo que me han respondido a mi desde el ministerio cuando pregunté sobre las consecuencias de renunciar a la JdC ANTES de un año de disfrute´... A mi desde luego me metieron TODO el miedo en el cuerpo...

"Estimada investigadora,Los requisitos de las ayudas RyC en convocatorias pasadas, ejemplo 2015, indicaban que si usted ha sido beneficiaria de un Ayuda Juan de la Cierva-incorporación debe haber disfrutado de al menos un año de ayuda a uno de junio de 2016 (así siempre modificando la fecha de convocatoria y la del requisito de disfrute de al menos una año). Sí usted renuncia antes, figurará en su expediente, y, salvo que cambien los requisitos en próximas convocatorias, no podrá presentarse nunca a las ayudas RyC.Un saludo

 

Hostia, pues esto es justo lo contrario de lo que me han dicho a mi. A que direccion de correo escribiste? Yo lo hice a cierva.incorporacion at mineco.es, aunque me han contestado desde ramoycajal at mineco.es. Esto es alucinante, preguntas a N personas y y te dan N respuestas diferentes.

Pues si, es la leche, a mi me fastidia porque no me presenté a una convocatoria muy interesante que había en otro sitio, pero es que muy heavy pensar q no te vas a poder presentar nunca a la RyC.

Me respondieron desde cierva.incorporacion at mineco.es.

Curiosamente, al dia siguiente me llegó otro mail de respuesta a mi pregunta desde informacion at mineco.es

" Estimado/a usuario/a: En relación a su consulta, le informamos que puede renunciar a la ayuda si así lo decide. No podemos indicarle la repercusión de una renuncia actual para convocatoria futuras que no se han publicado.
Muchas gracias por utilizar este servicio."

Este me dio ya la risa, es de coña... Creo q es obvio q puedo renunciar cuando quiera, no me van a obligar , jejeje

 

Si que es flipante, si. El caso es que leyendo el articulo ese detenidamente, creo que lo que me han contestado a mi hoy tiene sentido, porque el articulo dice: "No ser beneficiario de una ayuda JdC, ..., a excepcion de aquellos que la hayan disfrutado al menos un anyo". Luego entra en quien se considera beneficiario, y como se computa ese anyo. Con eso definen las condiciones para poder pedir la RyC si tienes contrato JdC en vigor. Y luego dice: "No se considerarán beneficiarios aquellos investigadores que en fecha anterior a la publicación en el BOE de esta convocatoria, hayan manifestado expresamente su renuncia a tales ayudas.”. Es decir: puesto que aquellos que presenten renuncia antes de la publicacion en el BOE de la convocatoria RyC ya NO se consideran beneficiarios, NADA de lo dicho en todo el texto anterior les deberia afectar porque se dicho texto se refiere a los beneficiarios. No se, supongo que es logico, no? Es decir, suponiendo que el objetivo de todo el articulo es que uno que tiene una JdC en vigor no pida la RyC cuando solo lleva un mes de disfrute, y no tanto el "castigar" las renuncias.

Si quieres, para quedarnos tranquilos puedes decirme en que fecha te dieron esas respuestas y puedo responder con eso al correo que me han enviado, a ver si nos sacan de dudas. Otra cosa es que me digan que no tienen ni idea de como seran los requisitos en convocatorias futuras, que tambien es verdad.

 

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Hola a todos,

quiero compartir con vosotros lo que me han respondido del ministerio al preguntar sobre lo que pasa con aquellos a los que se conceda un JdC y luego renuncien y quieran pedir un RyC. En algunos hilos se estuvo debatiendo sobre sobre si uno de los apartados de la convocatoria implica que una persona que renuncie al JdC antes de cumplir un anyo de contrato esta luego imposibilitado para toda la vida para pedir la RyC.

El caso es que me han respondido esto:

''__

Es decir, que alguien que haya tenido un JdC puede pedir la RyC siempre que YA haya renunciado al JdC en la fecha en que se convoque la RyC (da igual si ha disfrutado la JdC 2 meses o un anyo), o bien en el caso de que ya haya cumplido un anyo de contrato entonces no es necesario que haya presentado renuncia.

 

 

Mierda, se ha cortado el texto que queria citar. Era este:

 
"En relación a su consulta, le indicamos que La convocatoria 2016 de ayudas Ramón y Cajal establece en su artículo 22.1.c) como requisito de los investigadores: “No ser beneficiario de una ayuda del Subprograma Juan de la Cierva, de las ayudas Juan de la Cierva-Formación, de las ayudas Juan de la Cierva-Incorporación o de las ayudas para la formación posdoctoral, a excepción de aquellos que la hayan disfrutado durante al menos un año. Este periodo se contabilizará desde la fecha de incorporación efectiva al centro de I+D hasta el uno de junio de 2016… Se entiende por beneficiario de cualquiera de las actuaciones mencionadas a aquel investigador incluido en alguna de las resoluciones de concesión… independientemente de que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D. No se considerarán beneficiarios aquellos investigadores que en fecha anterior a la publicación en el BOE de esta convocatoria, hayan manifestado expresamente su renuncia a tales ayudas.”



Teniendo eso en cuenta en la convocatoria 2016:


- si el investigador ha disfrutado al menos un año desde su incorporación al Centro como JdC, podría presentarse a las ayudas RyC

- si el investigador renuncia antes de la publicación de la convocatoria de ayudas RYC en el BOE, (esto es antes del 29/11/2016) entonces, dicho investigador ya NO se considera beneficiario de las ayudas JdC

Podrá presentarse a futuras convocatorias siempre y cuando cumpla todos los requisitos que en ellas se establezcan."

 

Mucho OJO!!!

Yo creo que esto no es así, mirad lo que me han respondido a mi desde el ministerio cuando pregunté sobre las consecuencias de renunciar a la JdC ANTES de un año de disfrute´... A mi desde luego me metieron TODO el miedo en el cuerpo...

"Estimada investigadora,Los requisitos de las ayudas RyC en convocatorias pasadas, ejemplo 2015, indicaban que si usted ha sido beneficiaria de un Ayuda Juan de la Cierva-incorporación debe haber disfrutado de al menos un año de ayuda a uno de junio de 2016 (así siempre modificando la fecha de convocatoria y la del requisito de disfrute de al menos una año). Sí usted renuncia antes, figurará en su expediente, y, salvo que cambien los requisitos en próximas convocatorias, no podrá presentarse nunca a las ayudas RyC.Un saludo

 

Hostia, pues esto es justo lo contrario de lo que me han dicho a mi. A que direccion de correo escribiste? Yo lo hice a cierva.incorporacion at mineco.es, aunque me han contestado desde ramoycajal at mineco.es. Esto es alucinante, preguntas a N personas y y te dan N respuestas diferentes.

Pues si, es la leche, a mi me fastidia porque no me presenté a una convocatoria muy interesante que había en otro sitio, pero es que muy heavy pensar q no te vas a poder presentar nunca a la RyC.

Me respondieron desde cierva.incorporacion at mineco.es.

Curiosamente, al dia siguiente me llegó otro mail de respuesta a mi pregunta desde informacion at mineco.es

" Estimado/a usuario/a: En relación a su consulta, le informamos que puede renunciar a la ayuda si así lo decide. No podemos indicarle la repercusión de una renuncia actual para convocatoria futuras que no se han publicado.
Muchas gracias por utilizar este servicio."

Este me dio ya la risa, es de coña... Creo q es obvio q puedo renunciar cuando quiera, no me van a obligar , jejeje

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quiero compartir con vosotros lo que me han respondido del ministerio al preguntar sobre lo que pasa con aquellos a los que se conceda un JdC y luego renuncien y quieran pedir un RyC. En algunos hilos se estuvo debatiendo sobre sobre si uno de los apartados de la convocatoria implica que una persona que renuncie al JdC antes de cumplir un anyo de contrato esta luego imposibilitado para toda la vida para pedir la RyC.

El caso es que me han respondido esto:

''__

Es decir, que alguien que haya tenido un JdC puede pedir la RyC siempre que YA haya renunciado al JdC en la fecha en que se convoque la RyC (da igual si ha disfrutado la JdC 2 meses o un anyo), o bien en el caso de que ya haya cumplido un anyo de contrato entonces no es necesario que haya presentado renuncia.

 

 

Mierda, se ha cortado el texto que queria citar. Era este:

 
"En relación a su consulta, le indicamos que La convocatoria 2016 de ayudas Ramón y Cajal establece en su artículo 22.1.c) como requisito de los investigadores: “No ser beneficiario de una ayuda del Subprograma Juan de la Cierva, de las ayudas Juan de la Cierva-Formación, de las ayudas Juan de la Cierva-Incorporación o de las ayudas para la formación posdoctoral, a excepción de aquellos que la hayan disfrutado durante al menos un año. Este periodo se contabilizará desde la fecha de incorporación efectiva al centro de I+D hasta el uno de junio de 2016… Se entiende por beneficiario de cualquiera de las actuaciones mencionadas a aquel investigador incluido en alguna de las resoluciones de concesión… independientemente de que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D. No se considerarán beneficiarios aquellos investigadores que en fecha anterior a la publicación en el BOE de esta convocatoria, hayan manifestado expresamente su renuncia a tales ayudas.”



Teniendo eso en cuenta en la convocatoria 2016:


- si el investigador ha disfrutado al menos un año desde su incorporación al Centro como JdC, podría presentarse a las ayudas RyC

- si el investigador renuncia antes de la publicación de la convocatoria de ayudas RYC en el BOE, (esto es antes del 29/11/2016) entonces, dicho investigador ya NO se considera beneficiario de las ayudas JdC

Podrá presentarse a futuras convocatorias siempre y cuando cumpla todos los requisitos que en ellas se establezcan."

 

Mucho OJO!!!

Yo creo que esto no es así, mirad lo que me han respondido a mi desde el ministerio cuando pregunté sobre las consecuencias de renunciar a la JdC ANTES de un año de disfrute´... A mi desde luego me metieron TODO el miedo en el cuerpo...

"Estimada investigadora,Los requisitos de las ayudas RyC en convocatorias pasadas, ejemplo 2015, indicaban que si usted ha sido beneficiaria de un Ayuda Juan de la Cierva-incorporación debe haber disfrutado de al menos un año de ayuda a uno de junio de 2016 (así siempre modificando la fecha de convocatoria y la del requisito de disfrute de al menos una año). Sí usted renuncia antes, figurará en su expediente, y, salvo que cambien los requisitos en próximas convocatorias, no podrá presentarse nunca a las ayudas RyC.Un saludo

 

Hostia, pues esto es justo lo contrario de lo que me han dicho a mi. A que direccion de correo escribiste? Yo lo hice a cierva.incorporacion at mineco.es, aunque me han contestado desde ramoycajal at mineco.es. Esto es alucinante, preguntas a N personas y y te dan N respuestas diferentes.

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