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Convocatorias Predoctorales: FPI, FPU, CCAA, Fundaciones

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Aplicación del RD a los becarios FPI en fase de contrato (Reducción de la paga extra)

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Soy una becaria FPI en fase de contrato en la Universidad de Alicante. En lugar de tener 14 pagas como indica la convocatoria de mi beca, tengo 12 pagas. Con la entrada del nuevo RD me he encontrado una sorpresa en la nómina de este mes.
Tengo dudas de si esto es aplicable a nuestros casos. Por un lado, en el BOE de la convocatorio pone que debemos cobrar un mínimo anual de 16422 euros, que una vez aplicado este RD dejamos de cobrar. Y por otro lado, al pasar a contrato el Ministerio le da el dinero de nuestros sueldos a la Universidad íntegro (si no me equivoco), con lo cual, al hacer esta reducción la que se está quedando el dinero es la Universidad. Aquí me han dicho que puede que el Ministerio reclame el dinero recaudado de esta deducción, pero no sé hasta que punto es legal ya que es una partida presupuestaria aprobada y concedida. Quiero decir, que entiendo que en las nuevas partidas presupuestarias se aplique el RD, pero ¿es legal retirar dinero que se aprobó en un partida presupuestaria en 2009 y que ya se ha concedido?
No sé si en otras universidades o en otros centros de trabajo están haciendo lo mismo o no. ¿Alguién sabe si se puede hacer algo al respecto?
Yo ya he ido a UGT y me han dicho que en esta semana van a intentar enterarse a ve qué se podría hacer.

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Precisamente ayer me contestaron lo siguiente desde la web del ministerio:

"Los contratados por Universidades, OPIs y demás sector público, definido en la LGP 2012, están afectados por lo recogido en el RDL 20/2012. Por tanto los FPIs en fase de contrato están afectados. La forma de aplicarlo dependerá de las distintas instituciones y, de acuerdo a lo que dice el artículo 2.2 y 2.5, según cobren paga extraordinaria o se la prorrateen a lo largo del año. 2.2. El personal laboral no percibirá las cantidades en concepto de gratificación extraordinaria con ocasión de las fiestas de Navidad o paga extraordinaria o equivalente del mes de diciembre del año 2012. Esta reducción comprenderá la de todos los conceptos retributivos que forman parte de dicha paga de acuerdo con los convenios colectivos que resulten de aplicación. La aplicación directa de esta medida se realizará en la nómina del mes de diciembre de 2012, sin perjuicio de que pueda alterarse la distribución definitiva de la reducción en los ámbitos correspondientes mediante la negociación colectiva, pudiendo, en este caso, acordarse que dicha reducción se ejecute de forma prorrateada entre las nóminas pendientes de percibir en el presente ejercicio a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley. 2.5. En aquellos casos en que no se contemple expresamente en su régimen retributivo la percepción de pagas extraordinarias o se perciban más de dos al año se reducirá una catorceava parte de las retribuciones totales anuales excluidos incentivos al rendimiento. Dicha reducción se prorrateará entre las nóminas pendientes de percibir en el presente ejercicio a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley."

No sé qué se puede hacer, salvo protestar activamente. Yo también considero ilegal que nos roben un dinero ya asignado (y trabajado). Es una vergüenza. Eso sí, que sus señorías no pierdan de gastarse nuestras pagas en coches oficiales, dietas y viajes en primera. País de pandereta este!

Ah y no os preocupéis, que ya dijo Montoro que se compensaría en planes de pensiones, que nunca combraremos, pero así calladinos somos más majos... tenemos las desventajas de ser funcionarios, pero sin serlo.

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