El borrador de la Ley de Ciencia crea la Agencia de Investigación
El borrador de la Ley de Ciencia crea la Agencia de Investigación
Habrá un contrato indefinido de acceso al sistema de ciencia y tecnología - Se equiparan los investigadores con profesores y catedráticos universitar
Una de las reivindicaciones de la comunidad científica se recoge en el borrador de la futura Ley de la Ciencia, que habilita al Gobierno para crear la Agencia Estatal de Investigación, diseñada como agente de financiación y gestión de los programas. Sin embargo, otra importante reivindicación, la configuración de una carrera científica no funcionarial, se queda a medias en el borrador elaborado por el Ministerio de Ciencia e Innovación. Se regula la contratación de los becarios para realizar la tesis doctoral, así como un nuevo "contrato de acceso al sistema", que tras la segunda evaluación, al cabo de cinco años, se convierte en contrato indefinido, pero a partir de ahí, esa vía laboral desemboca en la vía funcionarial. El borrador también contempla la equiparación de los científicos de los organismos públicos de investigación (OPI) y los profesores y catedráticos universitarios.
El Ministerio de Ciencia e Innovación reúne hoy en torno al nuevo documento a la veintena de expertos que, hace más de un año, participaron en la elaboración del primer borrador. La nueva ley fue un compromiso y objetivo prioritario del ministerio de Cristina Garmendia cuando se creó hace casi dos años, y ha sufrido una accidentada preparación con borradores, retrasos y sucesivos plazos no cumplidos.
La futura Ley de la Ciencia la Tecnología y la Innovación, que es su nombre completo, debe sustituir a la vigente, de 1986, que ha sido clave en el desarrollo del sistema español de ciencia y tecnología en los últimos 25 años.
El borrador del anteproyecto, al que ha tenido acceso EL PAÍS, tiene 76 páginas, con 45 artículos tras la exposición de motivos. Se refiere a la gobernanza del sistema de ciencia y tecnología, los recursos humanos, la innovación, la difusión y la cultura científica y la coordinación entre Administraciones públicas.
Entre las novedades resalta el cambio del actual Plan Nacional de I+D+i por el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica, que será plurianual, y "cuyo fin es establecer los objetivos, las prioridades y la programación de las políticas a desarrollar en el marco de la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología". Esta estrategia se concibe como un marco de referencia para cumplir los objetivos de las Administraciones públicas en I+D. Asimismo se crean tres órganos: el Consejo de Política Científica y Tecnológica, el Consejo Asesor, y el Comité de Etica de la Investigación.
Serán organismos financiadores la Agencia Estatal de Investigación, "orientada prioritariamente al impulso de la investigación científica y técnica", que "utilizará como criterio evaluativo para la asignación de los recursos el mérito científico o técnico", y el ya existente Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial (CDTI) "orientado prioritariamente al fomento de la innovación y la implantación de nuevas tecnologías y al impulso del desarrollo experimental". Utilizará el CDTI para la asignación de sus recursos "criterios evaluativos que tomarán en cuenta el mérito técnico o de mercado y el impacto socioeconómico de los proyectos".
Hay que recordar que, ya en 2006, la Ley de Agencias Estatales autorizó la creación de la Agencia Estatal de Evaluación, Financiación y Prospectiva de la Investigación Científica y Técnica, que nunca se hizo realidad.
En cuanto a la carrera científica, tanto los contratos laborales de acceso al sistema como los contratos predoctorales se aplican tanto en las universidades como en los organismos públicos de investigación (OPI).
"El personal investigador podrá ser funcionario, de carrera o interino, y personal laboral, fijo o temporal", dice el borrador. Los contratos de acceso, que deben mejorar los actuales contratos Ramón y Cajal y Juan de la Cierva, pueden tener duración indefinida. La actividad investigadora será sometida a dos evaluaciones, la primera al finalizar el tercer año y la segunda antes de finalizar el quinto. "De no ser superada esta última podrá ser considerada causa de extinción del contrato por causas objetivas". A continuación, el borrador especifica que "la superación satisfactoria de cualquiera de estas evaluaciones determinará la posibilidad de acceso a la condición de funcionario". También se contemplan los contratos de investigador distinguido, para científicos de reconocido prestigio.
La que si se regula en el borrador es la carrera científica completa de los investigadores funcionarios. Se facilita la equivalencia de las escalas de todos los OPI, que tendrán profesores de investigación, investigadores científicos y científicos titulares, es decir, la escala del CSIC, en la que se reflejan las demás.
Las claves
- Los profesores de investigación de los organismos públicos (OPI) "se consideran acreditados para catedrático de Universidad", y las dos escalas inferiores (investigadores científicos y científicos titulares) se equiparan a profesor titular de universidad.
- Se "impone a las Administraciones públicas el deber de fomentar la realización de actividades para mejorar el acceso de la sociedad a la ciencia".
- Se facilita el "desarrollo de la carrera investigadora en los centros del Sistema Nacional de Salud, mediante la contratación por éstos de personal laboral dedicado a actividades de investigación".
- Los OPI son: Consejo Superior de Investigaciones Científicas (que será agencia estatal), Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial, Instituto de Salud Carlos III, Instituto Geológico y Minero de España, el Instituto Español de Oceanografía, Centro de Investigaciones Energéticas Medioambientales y Tecnológicas, el Instituto de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria y el Instituto de Astrofísica de Canarias.
¿Y esta ley mejora en algo la situación y perspectivas profesionales de los jóvenes investigadores? ¿o las empeora?