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Convocatorias Predoctorales: FPI, FPU, CCAA, Fundaciones


Docencia durante periodo de orientación postdoctoral (POP)

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Hola, me gustaría saber si existe algún límite de horas de docencia durante el periodo de orientación postdoctoral (POP) igual al que existe durante el contrato predoctoral (60 horas por curso). ¿Alguien que pueda aportar información desde la experiencia? A mí me da que no habrá ningún límite ya que la figura postdoc está fuera del EPIF, pero me gustaría estar seguro para que no me exploten laboralmente.
Un saludo, compas.

posts: 18

Buenas,

No había leído nunca eso de POP* con lo cual no tengo claro si apela a alguna modalidad concreta de postdoc o es un término genérico para decir postdoc simplemente...
En todo caso, si el contrato con el que se realiza el postdoc es un "contrato de acceso al sistema español de ciencia, tecnología e innovación" (CASECTI), que yo creo que es lo más común (o por lo menos es el tipo de contrato que yo tengo en la universidad pública con una ayuda Juan de la Cierva) entonces sí: hay un límite de 80 horas al año.
Lo dice la ley de ciencia que regula ese contrato en el artículo 22.e: " El personal investigador que sea contratado al amparo de lo dispuesto en este artículo podrá prestar colaboraciones complementarias en tareas docentes relacionadas con la actividad de investigación propuesta, hasta un máximo de 80 horas anuales, previo acuerdo en su caso con el departamento implicado, con la aprobación de la entidad para la que presta servicios, y con sometimiento a la normativa vigente de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas"

https://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BOE-A-2011-9617-consolidado.pdf

Espero que te haya sido útil la respuesta. Ya me dirás.

un saludo,
paco.

  • PD: Después de haber leído un poco más, entiendo que esto del POP es para los que, teniendo una FPU o FPI, acaban a los 3 años y pueden entonces disfrutar de 1 año más de contrato, pero ya de postdoc. Supongo que en ese momento hay que firmar un nuevo contrato de todas formas e imagino que será un CASECTI con sus 80 horas máximas de docencia anual... pero mejor que lo confirme alguien que haya pasado por ahí porque es verdad que quizás sea un postdoc algo particular... visto casi como una extensión del contrtato predoc.
posts: 8
PacoPH wrote:

Buenas,

No había leído nunca eso de POP* con lo cual no tengo claro si apela a alguna modalidad concreta de postdoc o es un término genérico para decir postdoc simplemente...
En todo caso, si el contrato con el que se realiza el postdoc es un "contrato de acceso al sistema español de ciencia, tecnología e innovación" (CASECTI), que yo creo que es lo más común (o por lo menos es el tipo de contrato que yo tengo en la universidad pública con una ayuda Juan de la Cierva) entonces sí: hay un límite de 80 horas al año.
Lo dice la ley de ciencia que regula ese contrato en el artículo 22.e: " El personal investigador que sea contratado al amparo de lo dispuesto en este artículo podrá prestar colaboraciones complementarias en tareas docentes relacionadas con la actividad de investigación propuesta, hasta un máximo de 80 horas anuales, previo acuerdo en su caso con el departamento implicado, con la aprobación de la entidad para la que presta servicios, y con sometimiento a la normativa vigente de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas"

https://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BOE-A-2011-9617-consolidado.pdf

Espero que te haya sido útil la respuesta. Ya me dirás.

un saludo,
paco.

  • PD: Después de haber leído un poco más, entiendo que esto del POP es para los que, teniendo una FPU o FPI, acaban a los 3 años y pueden entonces disfrutar de 1 año más de contrato, pero ya de postdoc. Supongo que en ese momento hay que firmar un nuevo contrato de todas formas e imagino que será un CASECTI con sus 80 horas máximas de docencia anual... pero mejor que lo confirme alguien que haya pasado por ahí porque es verdad que quizás sea un postdoc algo particular... visto casi como una extensión del contrtato predoc.



Muchas gracias por tu respuesta, Paco. Fui un poco escueto en explicaciones. Efectivamente me refería a una extensión de los contratos FPU y FPI. Muchas gracias por la información. Un saludo

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