Certificación I3... ¿solamente para investigadores en universidades?
Hola a tod@s,
no sé si éste es el foro adecuado, pero allá va mi comentario...
El BOE del 28 de enero recoge el procedimiento y plazo de presentación de solicitudes para la obtención de certificaciones I3.
https://www.boe.es/boe/dias/2019/01/28/pdfs/BOE-A-2019-1040.pdf
Como bien sabéis, la certificación I3 acredita la madurez y calidad en la producción científica de un investigador o investigadora. Hasta ahora solamente podía conseguirse mediante el programa Ramón y Cajal, casi al final del contrato. Por otro lado, la ley española exige que el 15% de la contratación de personal permanente en universidades sea de investigadores con I3, lo que para algunas universidades supone una dificultad (las que no tienen muchos RyC). Por eso, desde hace algún tiempo se venía pidiendo desde las universidades que se pudiera conseguir el I3 sin ser RyC, de modo que más colectivos (Juan de la Cierva, por ejemplo) pudieran acceder a él y, al cubrir el cupo, otras personas pudieran ser estabilizadas igualmente.
Pues bien... ahora ha salido la resolución, pero no se restringe a ningún colectivo concreto. Como podréis ver en el enlace del BOE, está dirigido de forma específica al "personal investigador de las Universidades" y exige (aparentemente al menos) la acreditación para las figuras de Contratado Doctor o Profesor Titular. Por lo tanto, se discrimina de forma patente a los investigadores e investigadoras del CSIC, que de este modo no pueden solicitar el I3... lo que a su vez significa que tendrán muy difícil acceder a la estabilización a través de las universidades.
¿Qué os parece? ¿lo interpretáis así también?