Pregunta 1:
Iniciativa 184/001835

A la Mesa del Congreso de los Diputados

Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, el Diputado que suscribe formula las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno para las que se solicita respuesta por escrito.

El Estatuto del Personal investigador en formación, aprobado por RD 63/2006, de 27 de enero, no contempla a la totalidad de investigadores que realizan actividades en la Administración o en la empresa privada y que están investigando bajo la figura alegal de becarios. Además, la permisividad de la propia Administración posibilitando realizar actividades laborales por medio de personas contratadas bajo la figura de "becarios", ha impulsado malas prácticas laborales en la empresa privada que oferta puestos de trabajo en una manifiesta irregularidad (para sustituciones, interinidad o simplemente denominando becarios a licenciados), sin satisfacer cuotas a la Seguridad Social y sin los devengos correspondientes para los "becarios".

De hecho, el propio Ministerio de Trabajo financió un estudio ("El sistema de becas en la primera inserción y su relación con el empleo") realizado por Red2Red Consultores, que calculaba una bolsa anual de 40.000 licenciados, sin contrato laboral, bajo la unilateralidad de las empresas que les llaman "becarios", que realizan actividades laborales sin convenio con las universidades. Además, había otro número elevadísimo de licenciados con becas y convenio universitario de difícil asimilación al supuesto contenido formativo, y que se correspondían claramente con una relación laboral al amparo, por ejemplo, de un contrato de trabajo en prácticas.

¿Piensa el Gobierno revisar los contenidos de los convenios de colaboración de las universidades para que sólo alcancen a los estudiantes no licenciados?

¿Qué labores de inspección laboral se efectúan contra las malas prácticas de la empresa privada y de la propia Administración, cuando contratan a personas licenciadas bajo la fórmula de becarios?

¿Piensa el Gobierno modificar el Estatuto del Personal investigador en formación para que desde el primer momento haya contratos laborales en lugar de ser los dos primeros años "becarios"?

Con respecto a los licenciados investigadores que no cumplen los requisitos del Estatuto del Personal investigador en formación, ¿contempla el Gobierno la sustitución de la beca por algún tipo de contrato laboral?

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de mayo de 2008.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.

Pregunta 2:
Iniciativa 184/002520

A la Mesa del Congreso de los Diputados

Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, el Diputado que suscribe formula las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno para las que se solicita respuesta por escrito.

Periódicamente se anuncian en la prensa ofertas de trabajo donde se demandan "becarios" para realizar diferentes actividades laborales, tanto a personas que no han acabado sus estudios de licenciatura como a los ya licenciados, sin que por parte de la empresa haya disposición de realizar un contrato laboral y satisfacer las pertinentes cuotas de Seguridad Social, por lo que el trabajador o trabajadora afectados no obtienen las coberturas y devengos sociales correspondientes.

Las empresas se amparan en la falta de control de la inspección laboral, y en la dejación administrativa ante el uso de esa figura alegal por la propia Administración.

Las prácticas laborales de los estudiantes en su mismo campo de estudios están reguladas en los convenios entre los centros educativos y las empresas. Pero debieran perseguirse aquellas prácticas abusivas, sin contrato laboral, que se realizan por parte de estudiantes no conveniados, sin sujeción a su ámbito de estudios, y a los licenciados.
Por el contrario es pública la oferta de actividad laboral por parte de algunas empresas, sin contrato laboral.

¿Qué planes tiene el Gobierno para lograr que la inspección laboral erradique las malas prácticas de algunas empresas (y de la propia Administración) que contratan a jóvenes trabajadores sin contrato laboral y sin darles de alta en la Seguridad Social bajo la fórmula alegal de "becas"?

¿Ha pensado el Gobierno realizar alguna campaña en los locales académicos y en los consejos escolares para aclarar que sólo son positivas aquellas prácticas laborales de los estudiantes en su mismo campo de estudios reguladas en los convenios entre los centros educativos y las empresas e informar de los procedimientos para perseguir aquellas prácticas abusivas, sin contrato laboral, que se realizan por parte de estudiantes no conveniados, sin sujeción a su ámbito de estudios, y a los licenciados?

Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de mayo de 2008.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.



Respuesta del Gobierno:
Deslindar las relaciones de becarios de las auténticas relaciones laborales no es una tarea fácil, máxime si tenemos en cuenta que el inicial elemento diferencial entre ambas, el componente didáctico y formativo, es asimismo un elemento esencial en la configuración de la relación laboral subyacente a los contratos en prácticas y para la formación. Por ello se ha elaborado una Guía operativa de actuación, que contiene los criterios operativos a seguir en la comprobación de los hechos por los funcionarios atendiendo a la normativa de aplicación y a la jurisprudencia habida hasta ahora.

Además de la atención de las denuncias y demás actuaciones que se solicitan a la Inspección, en el año 2007 se han planificado 1513 órdenes de servicio, y otras 793 en el año 2008.

Aunque la planificación de 2009 todavía no se ha iniciado, es previsible que se incluya también en dicho año el control de estas relaciones.

Asimismo, se indica que en los Organismos Públicos de Investigación no existen malas prácticas en la contratación de becarios.