Adriana Rodríguez Hernández consiguió recientemente una ayuda competitiva “Juan de la Cierva - incorporación” del Ministerio de Ciencia e Innovación (MICINN). Los y las investigadores/as españoles/as sabemos lo difícil que es ser seleccionados/as para estas ayudas que tienen una tasa de éxito inferior al 15% 1 y lo que ello significa: tres años de sueldo asegurado, un poco de financiación adicional para gastos derivados del proyecto de investigación, posibilidad de acceder a la certificación i3 (o futura R3), mayor probabilidad de conseguir posteriormente otra ayuda tipo “Ramón y Cajal” y en definitiva una buena base para esperar cierta estabilidad futura. En otras palabras, una Juan de la Cierva - incorporación es una pequeña luz en el túnel de precariedad e inseguridad que es la carrera científica en España.
Lo que no esperaba Adriana era que la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) con quien había solicitado esa ayuda y que llegó a felicitarla por su obtención fuera a tirar todo por la borda rechazándola literalmente en el último momento mediante una llamada el último día por la tarde para no darle opción siquiera a cambiar de centro.
Pero ¿por qué rechazó la ULPGC la ayuda? ¿Por qué le destrozó el futuro a una joven investigadora que podía traer su trabajo, su entusiasmo, su talento y su financiación a la Universidad? Supuestamente porque, al haber estado ya contratada previamente durante 2 años y medio con contrato de acceso al sistema español de ciencia, tecnología e innovación (artículo 22 de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación -LCTI-), no les era posible contratarla por los tres años que estipula la convocatoria ya que dicho contrato del art. 22 de la LCTI está limitado a 5 años en total. Por tanto, de nuevo supuestamente, no les quedaba otra opción más que rechazarla (en el último momento y después de haber aceptado formalmente la ayuda ante el Ministerio, dejándola así sin más opciones).
Entonces, ¿es culpa del MICINN y la LCTI que las universidades como la ULPGC se vean obligadas a rechazar estas ayudas y sean así perjudicadas por defectos normativos e imposibilidades burocráticas externas a ellas? Desde la Federación de Jóvenes Investigadores, con el conocimiento del asunto que tenemos, respondemos rotundamente que no. Si bien es cierto que la LCTI es mejorable y así lo hemos manifestado públicamente en más de una ocasión, en este caso la ULPGC tenía varias alternativas perfectamente legales y aceptables. Si hay una cosa positiva a destacar por parte del MICINN para facilitar la contratación del personal de investigación, precisamente para evitar estos casos, es la aprobación de manera anticipada a la reforma de la LCTI del nuevo “contrato de actividades científico-técnicas” (art. 23bis de la LCTI) por Real Decreto Ley 8/2022 del 5 de abril de 2022. Todo el sentido de este Real Decreto Ley es evitar que en situaciones como la de Adriana, la Universidad se vea en la imposibilidad de contratar. Tampoco es que ésta fuera la única alternativa que se le presentaba a la ULPGC. Podía haber optado por un contrato de “investigador distinguido” (art. 23 de la LCTI), por otras modalidades contractuales fuera de la LCTI o quizás, con el consentimiento del MICINN por un contrato por el art. 22 de la LCTI de dos años, prolongado posteriormente el tercer año al entrar en vigor la reforma de la LCTI que llevará el máximo de este contrato de 5 a 6 años. Sin duda había muchas opciones (siendo en nuestra opinión la del contrato de actividades científico-técnicas la más idónea), pero la ULPGC optó por la peor de todas: rechazar la ayuda en el último minuto y sin más opciones, destrozando la carrera científica de nuestra compañera Adriana Rodríguez Hernández. La única duda que nos surge desde la FJI es si la actuación de la ULPGC se debe a la incompetencia, la desidia, o la mala fe.
El caso de Adriana resuena particularmente fuerte en estos días en los que se acaba de aprobar en el Senado la enmienda 76 a la reforma de la LCTI que limita la contratación indefinida (favoreciendo la contratación temporal) en el sector de la ciencia. Desde la FJI queremos expresar nuestra oposición a esta enmienda y nuestro deseo de que sea revertida en el Congreso próximamente. Más allá de esto, queremos destacar algunos elementos y argumentos que hemos conocido estos últimos días sobre esta enmienda y que consideramos que en más de una ocasión rayan lo obsceno:

  1. text Aunque esta enmienda fue presentada por el Grupo Parlamentario Popular, sabemos (entre otras cosas porque así lo defendieron los senadores en el Parlamento) que viene propiciada por parte del sector académico y en particular por la Conferencia de Rectores de Universidades Españolas (CRUE). Resulta doloroso que sean nuestros/as Rectores y Rectoras los y las que se movilizan para frenar nuestros derechos laborales. Además, a día de hoy no hemos visto en su página web, en sus redes sociales o en cualquier otro medio una declaración pública al respecto. Sabemos que mandaron una misiva a los senadores para que apoyasen esta enmienda del grupo popular. ¿Por qué no la hacen pública? Esta manera de tirar la piedra y esconder la mano nos parece indigna y vergonzosa.
  2. text También resulta cuanto menos curioso el apoyo de ciertos grupos parlamentarios a esta enmienda cuando apenas unas semanas antes habían votado la enmienda número 59 en el Congreso en sentido contrario. Nos referimos especialmente a los y las senadores/as de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), sin quienes la enmienda no habría sido aprobada. El voto a favor de ERC es más incomprensible aún dado que el sentido de la enmienda 76 presentada por el Grupo Popular en el Senado es de corte claramente neoliberal, que se supone contrario a la ideología del partido catalán. Defienden desde ERC que su partido “siempre velará por el interés y el bienestar de los trabajadores y trabajadoras” 2 . Desde aquí les invitamos a que se pongan en contacto con nosotras y otras asociaciones y sindicatos si quieren conocer el interés del personal trabajador al que pretenden defender.
  3. text Entre los argumentos que hemos podido leer a favor de la enmienda, senadores de Junts per Catalunya llegaron a alegar que la disposición adicional décima a la LCTI costaría 1.500 millones de euros al Govern catalán. Exigimos conocer el detalle del cálculo que ha llevado a sostener esta barbaridad en el parlamento español. Si sus señorías se refieren al dinero que llega a Cataluña por proyectos científicos competitivos de fondos europeos, resulta extremadamente falaz y burdo sostener que la contratación indefinida vaya a hacer que se dejen de percibir o se consuman solo por esta medida todos los fondos europeos. Si la cifra tiene otro origen, de nuevo, creemos que es de recibo que lo expliquen, si es que pueden.
  4. text Otro de los argumentos que hemos podido leer para explicar, entre otros, el rechazo de los políticos catalanes y también de algunos dirigentes de instituciones académicas prestigiosas es que la susodicha disposición adicional décima perjudica especialmente a los centros que tienen más proyectos europeos (que son típicamente los mejores dotados, frente a los proyectos nacionales). En otras palabras, la Ley, antes de la enmienda del Grupo Popular, iba a hacer que tuvieran que pagar más quienes más tienen. Nos cuesta entender que se presente esto como un argumento negativo.
  5. text Finalmente, en una crítica apenas más sutil algunos admiten que, en el supuesto de que la persona contratada para trabajar en un proyecto de 2 o 3 años fuera despedida al cabo de dicho proyecto no resultaría demasiado problemático pagar la indemnización por final de contrato (de 20 días por año en lugar de 12 días por año si el contrato fuera temporal) a cargo de ese mismo proyecto (por ejemplo por costes indirectos). El problema, dicen, es si una persona trabaja en 5 proyectos seguidos y se le despide al cabo del quinto proyecto. En ese caso, al haber tenido siempre el mismo contrato indefinido, habría que pagarle la indemnización correspondiente a los 10 o 15 años trabajados pero sería difícil cargar todo al último proyecto. Rogamos a las personas que sostienen éste o parecidos argumentos que piensen con detenimiento lo que están planteando. Desde la FJI opinamos que si a un/a trabajador/a de la investigación se le despide después de 10 o 15 años concatenando proyectos de 2 o 3 años, entonces el problema mayor no es precisamente de dónde sacar el dinero para la indemnización. El problema es obviamente cómo podemos tolerar y dar por bueno que sea algo normal sumar más de 10 años de precariedad en el mismo centro para finalmente ser despedido/a.


Dicho todo lo anterior, entendemos perfectamente que la contratación indefinida tiene un coste mayor para el organismo que emplea que la contratación temporal. También entendemos perfectamente y hemos criticado en muchas ocasiones que la financiación del SECTI es muy deficiente. Finalmente entendemos perfectamente que los cambios legislativos en materia laboral requieren adaptaciones y un trabajo administrativo suplementario para llevarlos a cabo, máxime si hay que hacer concordar las normativas nacionales y europeas. Por eso no nos sorprende que se generen reticencias y que se alcen voces llamando la atención sobre los posibles problemas que puede engendrar el cambio. Sin embargo, no deja de entristecernos ver como las exigencias de los y las trabajadores/as de la investigación siguen siendo ignoradas y presentadas como una dificultad y no como un avance necesario, en línea con la recientemente aprobada reforma laboral.

Si, en este sentido, la enmienda 76 hubiera tenido como objetivo solventar estos problemas de una forma positiva proponiendo el aumento de la financiación, la clarificación de los procedimientos (de dónde se saca el dinero para la indemnización) y la adaptación de todos los mecanismos administrativos necesarios, entonces habríamos apoyado sin duda dicha enmienda. Pero no: una vez más, la solución que han elegido todos/as aquellos/as que han promovido, presentado y apoyado esta enmienda es la vía fácil de restarle derechos al personal de investigación.

Por ello, la FJI expresa su rechazo a la enmienda 76 y pide públicamente a todos/as los/las Diputados/as del Congreso que rechacen esta modificación que nunca debió haberse aprobado en el Senado.


Comisión de documentación, 26 de julio de 2022
Federación de Jóvenes Investigadores / Precarios