La Universidad Pública española es altamente endogámica. Esta afirmación la avalan los propios datos del Ministerio de Universidades, que en su informe anual sobre “Datos y Cifras del Sistema Universitario Español” muestra cómo más del 73% del personal docente e investigador (PDI) trabaja en la misma Universidad en la que leyó la tesis 1 . Como señalan varios autores, este hecho no es propio del mundo académico en general, sino que es una triste particularidad del sistema español 2 . ¿Cuál es el motivo? ¿Pudiera ser un factor cultural que implicase que los españoles y las españolas somos simplemente más dados/as a quedarnos en el mismo lugar toda la vida? No. El principal determinante de la endogamia universitaria española son “los sistemas de acumulación de poder” como concluye un reciente estudio sobre esta cuestión 3 . Yendo un poco más lejos, nos atrevemos a decir que lo que se esconde tras las cifras de la endogamia universitaria española es, frecuentemente, una corrupción generalizada de nuestras universidades públicas que venden de puertas afuera la internacionalización, la transversalidad, la movilidad y la meritocracia pero valoran de puertas adentro el servilismo, la adscripción temprana y de por vida a un departamento y la omertà. A aquellos que desde una posición de (ir)responsabilidad institucional, política y sindical opinan, y así lo expresan en medios nacionales 4 , que la cuestión de la endogamia es una “chorrada” y que “si buscamos escándalos en prensa sobre oposiciones a profesor universitario veremos la práctica ausencia de los mismos” quisiéramos indicarles solamente algunas noticias recientes:

  • En la Universidad Complutense de Madrid: Miguel Álvarez Peralta relata el “Caso Quirós”, con una serie de acontecimientos que parecerían más propios de un thriller estadounidense que de la realidad académica española. Efectivamente nos encontramos con presiones por whatsapp, documentos robados, méritos falsificados y un largo etcétera de anomalías5 .
  • En la Universidad de Oviedo: Susana Vega denuncia prevaricación en una plaza de profesorado. El juez lo confirma y obliga a la Universidad a anular la concesión de la plaza. La Universidad, ni corta ni perezosa, ignora deliberadamente la sentencia judicial y mantiene a la profesora en su puesto porque es “el procedimiento habitual en las universidades”6 .
  • En la Universidad de Cantabria: un profesor denuncia al Rector y al Vicerrector de Profesorado, de nuevo por presunta prevaricación en una plaza de Profesor Contratado Doctor7 .
  • En la Universidad de Murcia: el catedrático Pedro Luis Ladrón de Guevara denuncia que “se retira una revista ... para volver a subirla con la fecha cambiada de un artículo”, el “programa antiplagio incapaz de detectar en una tesis doctoral un capítulo entero ya publicado”, “certificados de dudoso contenido”, “comunicaciones de 20 minutos que se valoran el triple como conferencias o sesiones plenarias”, “estancias en el extranjero que se sabe que no lo fueron”, “compatibilizar docencia semanal con otra universidad distante a mil kilómetros” y “simples ejercicios aritméticos: 2 por 5,8 = 16; 1,8 por 2 = 5,99; 117,85 por 0,1 = 8,786”8 .
  • En la Universidad de Salamanca: el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Salamanca falla a favor de la denuncia de José Mateos Martínez contra un baremo que directamente no se molesta en disimular la endogamia al otorgar explícitamente puntos adicionales por tener el grado y/o premio extraordinario de grado o fin de máster de la propia universidad9 .


Sin duda podríamos seguir este vergonzoso viaje por el sistema universitario español (SUE) detallando casos de prevaricación (algunos supuestos, otros ya confirmados por la justicia) en plazas de profesorado universitario pero pensamos que estos ejemplos recientes ya bastan para dar una idea de la escabrosa forma en la que se adjudican muchas de las plazas de PDI en nuestro país.

Nos parece una obviedad decir que no estamos frente a una serie de casos aislados, sino a un problema sistémico y estructural. De hecho, la prevaricación en la adjudicación de plazas de profesorado es probablemente una manifestación de un mal más profundo: la gobernanza casi feudal de muchos centros universitarios. En este sentido, recientemente han salido a la luz diversos casos de acoso10 y otros abusos de poder 11 en el ámbito académico. Por tanto, creemos firmemente que, además de ser exigibles responsabilidades individuales a todos y cada uno de los implicados en cada caso, también son exigibles responsabilidades institucionales al más alto nivel. Así pues, dirigimos esta carta específicamente al Ministerio de Universidades y a la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) instándolos a que se posicionen sin ambigüedad del lado de las víctimas y de la transparencia.

Si existe alguna voluntad de combatir la endogamia y la corrupción universitaria, desde la Federación de Jóvenes Investigadores (FJI/Precarios) queremos poner sobre la mesa varias ideas con la misma intención constructiva y propositiva con la que siempre abordamos todas las problemáticas del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI). Estas propuestas no son un programa cerrado o una hoja de ruta unívoca, sino una invitación al debate tan necesario para construir un SUE fuerte y sano que arregle los verdaderos problemas que lo lastran.

I. Facilitar la participación a las plazas de PDI

Uno de los primeros motivos por los que se da la situación de endogamia en el SUE es porque se desincentiva y se dificulta deliberadamente la participación de candidaturas “externas” de diversas formas. Contra ello proponemos:

  1. Eliminar las tasas administrativas para concurrir a una plaza. Es un auténtico bochorno cuando se ha de explicar a un/a compañero/a europeo que en España para presentarte a una plaza de ayudante doctor o contratado doctor primero has de pagar 30 euros o 50 euros, o lo que cada Universidad considere con el concepto que considere oportuno ya que en este caso, como en muchos otros, nos encontramos con una gran discrepancia entre Universidades Públicas. Pagar solamente por el hecho de concurrir es un freno obvio a la participación.
  2. Establecer un calendario fijo de convocatorias y hacerlo público y accesible. Efectivamente, otro de los frenos es que cada Universidad convoca plazas en el momento que considere oportuno, sin previo aviso y con plazos para presentar solicitudes generalmente cortos. Así pues, muchas veces solo se enteran a tiempo de la existencia de una plaza aquellos/as que ya están avisados/as de antemano.
  3. Obligar a las universidades públicas a hacer claramente visibles las ofertas de empleo en su página web principal. Si bien las universidades tienen el deber de hacer públicas las convocatorias que -valga la redundancia- son públicas, nos encontramos a menudo con que el “tablón de anuncios” relevante está en una dirección de difícil acceso, a veces sin ningún vínculo a él desde la web principal de la institución. Esto demuestra la nula voluntad de fomentar la participación.
  4. Adoptar un modelo único de CV para todas las convocatorias del SUE. Esta reivindicación, que venimos haciendo muchos colectivos y personas a título individual respecto a la burocracia en el SECTI también repercute en la dificultad para candidatos “externos” de presentarse a una plaza y por tanto fomenta la endogamia. Efectivamente, cuando se ha de dedicar varios días a cumplimentar un CV distinto para cada Universidad, sumándole el hecho de pagar múltiples tasas como hemos explicado anteriormente, es lógico que uno/a acabe concurriendo únicamente a unas pocas plazas, posiblemente de su propia Universidad pues será donde más probabilidades tenga de obtenerlas.


II. Aumentar la transparencia y las garantías en los procesos selectivos

Formalmente no se puede decir que la selección del profesorado universitario se realice de manera totalmente arbitraria y opaca. Efectivamente existen estatutos, normativas, baremos, plazos y procedimientos establecidos. Sin embargo, la realidad nos muestra que la implementación de estos procesos es muy deficiente, con numerosos intangibles dentro de la decisión de los tribunales y que falta mucha transparencia (de nuevo, con importantes discrepancias entre centros). Por tanto, dentro del límite de la autonomía universitaria (concepto que discutiremos más adelante), se deberían fijar unas garantías mínimas comunes para el conjunto del SUE como por ejemplo:

  1. Publicar los baremos con anterioridad a la convocatoria de la plaza y prohibir cualquier modificación a posteriori (salvo casos obvios de errores formales en el baremo original). Es incomprensible que se puedan convocar plazas sin conocerse el baremo desglosado o peor, que éste se modifique después de convocada la plaza.
  2. Publicar la evaluación detallada de todos y cada uno de los méritos de todas y cada una de las personas candidatas. No es de recibo que se publiquen únicamente las puntuaciones finales, sin que las personas afectadas puedan conocer (e impugnar en caso de que fuera pertinente) la evaluación desglosada.
  3. Elegir los miembros de la comisión de evaluación por sorteo y externos al centro para minimizar el riesgo de conflicto de intereses. El anteproyecto de Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) prevé un mínimo de 50% de miembros externos por sorteo. Esto sería sin duda un avance que desde la FJI ya defendimos y celebramos públicamente en un anterior informe. Creemos que se puede ir más allá y que no existen impedimentos para que la comisión sea 100% externa y por sorteo. Posiblemente el mayor argumento en contra de esta posición sería el que defiende que es el propio departamento el que mejor conoce sus necesidades y por tanto el que mejor puede juzgar la idoneidad de los/las candidatos/as. Sin embargo, tratándose de convocatorias públicas de PDI no nos parece convincente este argumento, sobre todo a la luz de la endogamia actual. En todo caso, se podrían contemplar soluciones intermedias como un porcentaje de externos por sorteo más alto sin llegar al 100%.


III. Facilitar la denuncia y sancionar de manera efectiva los casos de malas praxis

Parafraseando una famosa canción, podríamos resumir este apartado en la máxima siguiente: “que ser valiente no salga tan caro, que ser corrupto no valga la pena”. Efectivamente, en los casos de prevaricación administrativa en la adjudicación de plazas de profesorado universitario, a menudo tiene mucho más que perder la víctima que decide denunciar que los que cometen la prevaricación. Para revertir esta situación proponemos:

  1. Crear un organismo estatal al que poder denunciar cualquier sospecha de prevaricación en el ámbito universitario. La denuncia tendría que poder realizarse de manera fácil, rápida y gratuita. Dicho organismo estaría obligado a considerarla e investigar el caso si lo considera oportuno. Además, en la medida de lo posible se debería mantener el anonimato de la persona denunciante para protegerla. En cierto modo, pensamos en un funcionamiento más o menos análogo a la Inspección de Trabajo pero focalizado en el problema concreto de la prevaricación universitaria y que por tanto podría depender del Ministerio de Universidades.
  2. Establecer sanciones administrativas desde la propia Universidad al margen de las sentencias judiciales. Hoy en día es habitual que distintas instituciones y organismos dispongan de mecanismos propios para garantizar la democracia y la transparencia sin esperar una sentencia judicial firme. Por ejemplo, es común que los reglamentos de partidos políticos establezcan que un/a político/a que esté siendo investigado/a por la justicia deba abandonar sus cargos de manera preventiva y durante el tiempo que dure la investigación. En el SUE no nos consta que ningún presidente de ninguna comisión de selección haya sido sancionado aun cuando existe una denuncia judicial. Ni tan siquiera cuando la justicia falla a favor del demandante suele haber consecuencias individuales. Como mucho será la institución la que pague una indemnización (con dinero que a fin de cuentas es público si la universidad es pública). Existe pues una casi total impunidad a nivel individual. ¿Es mucha osadía pretender que la Universidad tan siquiera retire una cátedra a quien se ha demostrado que presidía una comisión que ha otorgado una plaza a quien no se la merecía negándosela a quién sí? ¿Es el PDI funcionario intocable y superior a la Ley? Vista la situación actual nos lo preguntamos sinceramente.


IV. Otras medidas: revisar el modelo de gobernanza, políticas de evaluación y contratación y algunos conceptos jurídicos

Si la endogamia y la corrupción son tan comunes en el SUE es en gran parte porque se delega todo el poder de la contratación de PDI en las unidades más pequeñas del sistema: los departamentos. Efectivamente, el Ministerio de Universidades y la CRUE en lo que tal vez podríamos considerar una dejación de funciones aluden a la “autonomía universitaria” para relegar las responsabilidades a cada Universidad. A su vez, las Universidades defienden la independencia de sus Departamentos. Finalmente, los Departamentos y las Comisiones de Selección alegan “discrecionalidad técnica” para justificar sus decisiones. A las víctimas de este sistema se les da a entender a menudo que es imposible luchar contra las injusticias porque el sistema mismo defiende la más absoluta arbitrariedad. Sin embargo, a los que confunden discrecionalidad con arbitrariedad hemos de recordarles que ya existen sentencias del Tribunal Supremo declarando que “la motivación del órgano de selección que no hace más que reproducir el tenor literal de la propia base, como aquí ocurre, ofrecida en supuestos en que ésta incorpora conceptos jurídicos indeterminados en los que, como tales, hay una zona o halo de incertidumbre, y en los que el aspirante afectado solicita una explicación a aquél, como aquí lo hizo, es insuficiente y no queda amparada por la llamada discrecionalidad técnica. La recta aplicación de ésta exige en tales supuestos que la explicación sea dada, sin que sin ella quepa aceptar aquélla.” (STS 211/2019, de 20 de febrero). Por tanto planteamos:

  1. Revisar y velar por la correcta aplicación de los conceptos de autonomía universitaria y discrecionalidad técnica. Vista la gran arbitrariedad con la que actúan muchas comisiones de selección, quizás sería recomendable incluir explícitamente en estos procesos selectivos un recordatorio al artículo 9.3 de la Constitución Española: “La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.”
  2. Luchar contra la precariedad separando los procesos de estabilización interna de las convocatorias públicas y de atracción. En gran parte, el problema de la endogamia universitaria se debe al uso (fraudulento) de convocatorias supuestamente públicas como medidas de estabilización del PDI precario presente en la institución. Tanto es así que no es raro escuchar que después de unos años de contratos precarios a uno/a le van a sacar “su” plaza. La FJI se caracteriza por luchar contra la precariedad en el sector científico y como tal apoyamos por norma general las medidas de estabilización del personal contratado de manera precaria. Sin embargo, es intolerable que esto se haga tergiversando convocatorias públicas. Por tanto, es necesario que existan procesos claramente distinguidos entre la estabilización interna y las convocatorias públicas de acceso libre.
  3. Fomentar la “vía investigadora” y la certificación I3 o R3. Desde la FJI siempre hemos defendido la estabilización del personal investigador en el SUE por medio de la certificación I3 (o la futura R3). Este personal ha sido necesariamente valorado previamente a nivel nacional o internacional (y no a nivel del propio departamento o de la propia Universidad) para la obtención de contratos competitivos (además de la certificación de la ANECA). Así pues, creemos que existe considerablemente menos endogamia y prevaricación en la selección del PDI que llega o se establece en el SUE por esta vía. Por eso defendemos la reserva de plazas existente para esta vía en Universidades y pedimos que se aumente el porcentaje de dicha reserva del 15% actual al 25%, tal y como se ha establecido recientemente para Organismos Públicos de Investigación.
  4. Separar la selección de las personas candidatas de su adscripción al centro. Esto sin duda representaría un cambio mucho más profundo en el modelo del SUE que las propuestas anteriores y podría generar mucho rechazo, especialmente entre los que defienden de manera férrea la “autonomía universitaria” (aun cuando ésta se tergiversa para amparar la corrupción). Sin embargo, creemos que ésta sería una solución a muchos de los problemas y que ayudaría a los puntos anteriormente mencionados (especialmente 11 y 12). Merece la pena por lo menos discutir un modelo en el que las personas candidatas competirían a nivel nacional en su área respectiva y solo en una segunda etapa (es decir entre las personas ya seleccionadas) se vincularían a una Universidad que haya ofertado ese año una plaza en esa área. Así funciona por ejemplo el programa “Ramón y Cajal” del Ministerio de Ciencia, estando la mayoría de las personas beneficiarias en el SUE. ¿Podrían atribuirse de una manera parecida las plazas de Profesor Ayudante Doctor y Profesor Contratado Doctor (o PDI laboral equivalente tras la nueva LOSU), por ejemplo? Creemos que fundamentalmente sí. Al igual que en muchas de las demás propuestas, también aquí caben muchos matices. Por ejemplo, los centros podrían tener un poder mayor o menor para seleccionar los candidatos (previamente preseleccionados a nivel nacional) en función de sus necesidades específicas. Sin embargo, tenemos que evitar el “perfilado” excesivo de las plazas. Efectivamente, es vox pópuli que a día de hoy se convocan muchas plazas de PDI con un perfil tan cerrado que solo falta poner el nombre y apellido de la persona que se quiere contratar.


No queremos acabar esta carta sin mencionar el problema de la infrafinanciación en el SUE y en el SECTI en general. Sin duda es un agravante para el problema de la endogamia ya que la tendencia a asegurarse los bienes para sí mismo y “los suyos” se acentúa en situaciones de escasez. Sin embargo, no podemos aceptar que se utilice como excusa para justificar la prevaricación y la corrupción generalizada que sostiene la endogamia y el nepotismo en las Universidades Públicas españolas.

Por todo lo expuesto hasta aquí insistimos en apelar al Ministerio de Universidades y a la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas para que aborden como es debido el problema de la endogamia y la corrupción que lacra nuestras Universidades Públicas. En nuestra opinión, ignorar el problema o minimizarlo, pretendiendo que se trata en todo caso de acontecimientos aislados y anecdóticos cuando es patente que estamos frente a un problema estructural y enquistado desde hace décadas es un posicionamiento insostenible e intolerable como también lo es que un gobierno progresista opte en la nueva LOSU por relegar ampliamente éste y otros muchos temas (por ejemplo, el cumplimiento de las tasas de temporalidad) a los claustros y las comunidades autónomas en una clara dejación de funciones12 13 .

1 Datos y cifras del Sistema Universitario Español Publicación 2021-2022. https://www.universidades.gob.es/stfls/universidades/Estadisticas/ficheros/DyC_2021_22.pdf
2 Navarro, A., Rivero, A. High rate of inbreeding in Spanish universities. Nature 410, 14 (2001). https://doi.org/10.1038/35065259
3 Eva M. de la Torre, Carmen Perez-Esparrells & Teresa Romero-Madrid (2021) Academic inbreeding in the Spanish public university system: a review of its institutional and context determinants (Endogamia en el sistema universitario público español: una revisión de sus determinantes institucionales y contextuales), Culture and Education, 33:2, 229-258, www.doi.org/10.1080/11356405.2021.1904658


Comisión de documentación, 19 de mayo de 2022
Federación de Jóvenes Investigadores / Precarios