25 mayo 2008
Estimado Sr. Rector,
La Federación de Jóvenes Investigadores (FJI-PRECARIOS) y PRECARIOS-MADRID, asociación de jóvenes investigadores de la Comunidad de Madrid, se puso en contacto en diciembre con Ud. como Rector de la UNIVERSIDAD con motivo de la actual negociación del convenio colectivo del PDI-L de las Universidades Públicas Madrileñas. De nuevo, tenemos que transmitirle nuestra más rotunda indignación ante la falta de cumplimiento del compromiso manifestado por diversas Universidades Públicas Madrileñas respecto a la inclusión de las figuras de personal investigador , por aplicación del EPIF como Art. 83 LOU, en el II Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con vinculación Laboral (PDI-Laboral) de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid.
Tras la constitución de la Comisión negociadora del II Convenio y la celebración de diversas reuniones, las Universidades se han mostrado partidarias de INCLUIR A TODO EL PERSONAL INVESTIGADOR CONTRATADO en el Convenio Colectivo. Pero según la propuesta presentada por los gestores universitarios en la reunión del 13/mayo/2008 SE EXCLUYEN DEL CONVENIO A TODOS LOS INVESTIGADORES CONTRATADOS a partir de fondos cuya procedencia sea externa a la universidad. Además, se excluye expresamente a los Profesores Asociados de Ciencias de la Salud, incumpliendo la Sentencia del Tribunal Supremo al respecto. La actual propuesta formulada por los Rectores afecta a miles de investigadores, tanto de etapa inicial como doctores, contratados en Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid al ser excluidos del convenio las figuras laborales de contrato por obra y servicio y en prácticas regulado por el RD 63/2006,. Además, esto implica que trabajadores que desempeñan actividades docentes e investigadoras similares en las Universidades públicas madrileñas tengan sin embargo condiciones salariales, sociales y laborales muy heterogéneas, y que dichos trabajadores no cuenten con los derechos laborales mínimos.
Esta postura supone un incumplimiento del Estatuto del Personal Investigador en Formación (EPIF) en el caso de doctorandos contratados mediante ayudas reguladas por el RD63/2006. El EPIF establece en su Articulo 5b) y 8d) la integración del beneficiario en los departamentos, institutos y organismos públicos o privados de acogida.
Al mismo tiempo, su posición de aceptar la estabilización de puestos de trabajo financiados con fondos externos pero sin reconocer adecuadamente la categoría profesional, negándoles derechos que se reconocen a contratados a partir de fondos propios de su universidad, es una infracción del principio de igualdad entre el personal que realiza tareas docentes y/o investigadoras similares en el mismo centro. Crea grupos de profesionales con derechos, frente a otro grupo de profesionales excluidos de tales derechos, si bien en número equivalente y realizando las mismas actividades docentes y/o investigadora, como es la figura LOU de Ayudante y Ayudante Doctor.
Además, esta propuesta que los gestores universitarios defienden en la mesa de negociación del Convenio se distancia de las coyunturas fomentadas desde el Gobierno Central y la Unión Europea definidos en los objetivos Lisboa 2010. Estas propuestas pretenden reorientar la economía a partir del desarrollo tecnológico. Para ello, se requieren políticas en materia de Recursos Humanos (R.R.H.H.) fundadas sobre códigos de contratación que ofrecen condiciones laborales adecuadas para el desarrollo profesional del investigador. Todo ello se recoge en unas Recomendaciones de la Comisión Europea dentro de la Carta Europea del Investigador (CEI). Donde en los Principios y Exigencias propuestas a las Entidades Empleadoras y Financiadoras claramente expone:
Todos los investigadores que siguen una carrera de investigación deben ser reconocidos como profesionales y tratados en consecuencia. Esto debe comenzar al principio de sus carreras, es decir, a nivel de postgrado, y debe incluir todos los niveles independientemente de su clasificación a nivel nacional.
Por todo ello, le reclamamos que:
- Reconsidere una vez más el modificar la postura que defienden los representantes universitarios en la mesa de negociación del Convenio, a fin de integrar en el colectivo PDI-laboral a TODOS los CONTRATADOS que realizan actividades docentes y/o investigadoras en su centro, para extender entre TODOS los mismos derechos laborales básicos.
- Lidere la adaptación, defensa y consenso entre los otros Rectores madrileños para tomar decisiones que mejoren las políticas en materia de RRHH y las haga converger hacia los contenidos recogidos en la CEI.
- Sea consciente que las mejoras en las condiciones laborales de los investigadores redundarán en un aumento de la producción científica y del conocimiento generado en su universidad. Acrecentando el prestigio y excelencia de dicha universidad y por tanto, facilitando la capacidad de atracción de nuevos recursos, humanos y económicos.
Atentamente,