El 28 de julio de 2009, el Consejo Rector del CSIC aprobó las normas de funcionamiento del Comité de Ética que se resumen a continuación.
- ¿Qué es el Comité de Ética?
Está formado por 12 vocales nombrados por el Consejo Rector a propuesta del CSIC. Se reunirá de forma ordinaria dos veces al año (se pueden convocar reuniones de carácter extraordinario a petición del Presidente del CSIC o de al menos un tercio de sus miembros).
- ¿Qué funciones tiene?
El Comité de Ética tiene un carácter consultivo y permanente y su función es formular recomendaciones sobre los principios éticos relativos a la actividad investigadora. En este sentido, se redactará un Código de Buenas Prácticas de la Investigación que recojan los valores que han de defenderse.
- ¿Cómo está organizado?
Dispone de dos subcomités:
- Subcomité de Bioética: Encargado de hacer que los métodos utilizados en el ámbito de las Ciencias de la Vida sean adecuados.
- Subcomité de Conflictos: Recogerá la información sobre los conflictos que se planteen entre el personal del CSIC y de los temas derivados de la aplicación del Código de Buenas Prácticas de Investigación. Las conclusiones que se saquen se elevarán al Presidente del CSIC para que este adopte las medidas oportunas.
- ¿De qué nos sirve todo esto?
En la reunión mantenida con la Vicepresidenta de Investigación Científica y Técnica se nos informó de que el Comité de Ética, más concretamente el Subcomité de Conflictos, se encargaría de dirimir los problemas que pudieran producirse entre el personal predoctoral y sus correspondientes directores de tesis.
No obstante, dado que se trata de un órgano meramente consultivo, todo apunta que su carácter será más decorativo que de otro tipo pero, puede ser interesante, aunque sólo sirva como argumentación para un futuro, intentar que el Código de Buenas Prácticas de Investigación recoja algún punto acerca de la dirección de tesis doctorales que vaya contra el abuso de poder que no está regulado actualmente.