Cese de contrato tras la obtención del título de doctor
Hola!
Leo en la convocatoria de las "FPI" 2013 que "De conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, cuando el personal investigador en formación obtenga el título de doctor o finalice la permanencia en el programa de doctorado, de acuerdo con el objeto de la ayuda, finalizará el periodo de ejecución de la misma. A estos efectos, se considera que se ha obtenido el título de doctor en la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral" (art. 17.4).
Querría consultaros si esta disposición se aplica retroactivamente. Yo tengo una FPU de la convocatoria de 2009, que establece que "En los casos de obtención del título de doctor dentro del período de ayuda concedido, podrán continuar con la ayuda hasta completar la fase de beca o de contrato" (art. 7.d)
Se supone que se aplica a cada ayuda la regulación de la convocatoria correspondiente, ¿verdad?
Gracias!