Cargando...
 
Convocatorias Postdocs

Convocatorias Postdocs


duda legal sobre la aplicación del Real-Decrato Ley 8/2010 en contratos firmados con posterioridad a junio de 2011

mensajes: 40

Hola a todos,

Tengo una duda legal. Si la resolución de la convocatoria de una beca/contrato es posterior al 1 de junio de 2010 y en dicha resolución se estipula una retribución mínima, a la hora de formalizar el contrato, también posteriormente a junio de 2010, con dicha retribución, ¿es legal que posteriormente se realice la disminución del 5% estipulada en el Real-Decreto Ley 8/2010? ¿no debería la resolución definitiva de la beca/contrato llevar asociada esa disminución salarial, o estar definida en el contrato, ya que es posterior a la entrada en vigor del Real-Decreto Ley?

Muchas gracias

mensajes: 40

Hola fmm,

Muchas gracias, se entiende perfectamente. Me has dejado la duda solucionada, pero cabrea un poco esta primera opción cabrea un poco bastante.
De nuevo, muchas gracias

mensajes: 20

Sería legal si esa convocatoria responde a alguna de estas cronologías:

- Convocatoria de la beca o contrato.
- Real Decreto de Ley (recorte del 5%).
- Resolución de la convocatoria.
- Firma de los contratos.
- Incorporación del candidato elegible. Ej. JdC convocatoria Feb2010.

o

- Convocatoria de la beca o contrato.
- Resolución de la convocatoria.
- Real Decreto de Ley (recorte del 5%).
- Firma de los contratos.
- Incorporación del candidato elegible. Ej. Algunos casos de la JAEdoc2009.

o

- Convocatoria de la beca o contrato.
- Resolución de la convocatoria.
- Firma de los contratos.
- Real Decreto de Ley (recorte del 5%).
- Incorporación del candidato elegible.

o

- Convocatoria de la beca o contrato.
- Resolución de la convocatoria.
- Firma de los contratos.
- Incorporación del candidato elegible.
- Real Decreto de Ley (recorte del 5%). Ej. Algunos casos de la JAEdoc2009.

Lo común en estas cronologías es que el RDL es siempre posterior a la convocatoria de los contratos.

En la convocatoria de un contrato, éstos ya aparecen presupuestos, tanto en número como en cuantía (tanto total como mínima al candidato elegible). El RDL es de aplicación tanto a los contratos vigentes como a las partidas presupuestadas. Por lo tanto, las cuantías (tanto total como la mínima al candidato elegible) se ven afectadas por el RDL.

Es decir, que aunque la convocatoria marque un mínimo para el candidato elegible, este se ve reducido en un 5% por el RDL.

En el caso que tu expones, que sería la primera cronología que he puesto de ejemplo, si las cosas se hicieran bien, el contrato, a la hora de firmarlo, ya haría mención que la convocatoria ha sido modificada por un RDL y, por tanto, se modifican las cantidades estipuladas en la convocatoria, tanto de la cuantia total como de la retribución mínima del investigador.

Si las cosas se hacen "made in Spain", el contrato se hará de acuerdo a la convocatoria tal y como se estipulaba, no se mencionará para nada el RDL y luego, a la hora de pagar, te lo aplican y santas pascuas.

Para las convocatorias del tipo:

- Real Decreto de Ley (recorte del 5%).
- Convocatoria de la beca o contrato.
- Resolución de la convocatoria.
- Firma de los contratos.
- Incorporación del candidato elegible.

Ya no hay problemas, porque la propia convocatoria recoge la modificación del RDL (como en las últimas JdC o JAEdoc, como bien ha comentado dherkova).


P.D. La verdad es que me ha quedado un tocho, pero espero que se entienda.

mensajes: 353

No es legal. La aplicación del RDL era sobre contratos vigentes en ese momento. Y para los funcionarios el decreto a parte modificó las tablas salariales creo, pero para contratos postdocs y demás, donde aparece una nueva retribución mínima, esa es la que debería aparecer en el contrato.
Debes tener una postdoc de movilidad del ME... La FECYT está incumpliendo la ley.
Sólo hay que ver las convocatorias JdC y RyC del MICINN posteriores al RDL, allí ya aparecía la reducción del 5% en la nueva convocatoria, y esa cantidad es la que debe aparecer en el contrato. Sino a ellos se les aplicaría ahora otro 5%, y no es así.

Apúntate a la lista precarios-info

 

Colabora

  • Donar con tarjeta o PayPal: