Publicado por manuelo en 11/05/07 23:09h mensajes: 43 ☆ ☆ ☆ Hola: Soy un becario FPI en mi cuarto y último año de beca (con DEA, contrato con el organismo y mi beca finaliza el 30 de Abril de 2008). Siguiendo el reglamento de las becas FPI, tengo derecho a participar en el plan docente de mi departamento durante el tercer y cuarto año. Como refleja la seccion c) del Articulo 7 del Real Decreto 63/2006 en las obligaciones del organismo de adscripción a la beca: "...el personal investigador en formación...podrá colaborar en tareas docentes, dentro de los límites que se establezcan en la correspondiente convocatoria, sin que en ningún caso pueda desvirtuarse la finalidad investigadora y formativa..." Considero que, al expirar mi beca el 30 de Abril de 2008, tengo derecho a entrar, al menos, en el Plan Docente del primer cuatrimestre del curso que viene, como ya se lo he hecho saber al director de mi departamento, y aquí es donde viene el problema. Mi departamento, por primera vez este año (y seguramente el último), ha establecido una norma interna que dice que es "requisito indispensable (para entrar en el plan docente) que el becario tenga vinculación laboral con el Departamento durante todo el curso académico 2007/2008". Las causas de la entrada de esta norma no me han sido reveladas, pero las consecuencias son que no me permiten entrar en el plan docente para el curso que viene, ni siquiera en el primer cuatrimestre. Por otro lado, la seccion d) del Articulo 6 del Real Decreto 63/2006 en los deberes del personal investigador en formación dice: "Atenerse al régimen interno o de funcionamiento del organismo o institución en el que se desarrolle sus actividades, especialmente en lo relativo a condiciones de trabajo y normas de prevención de riesgos laborales." Por un lado, tengo derecho a entrar en 2 planes docentes (como todos los becarios que conozco), y sólo me van a permitir dar clase 1 año (con lo que mi formación se vería deteriodada). Y por otro lado tengo que atenerme al regimen interno del organismo, sin estar muy claro qué se entiende por régimen interno. ¿Habéis tenido alguna experiencia parecida? Me gustaría saber si puedo reclamar, o si tengo la batalla perdida de inicio. Saludos