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Convocatorias Predoctorales: FPI, FPU, CCAA, Fundaciones


Finalización contrato FPI y Vacaciones inpagas

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Buenos días,

Actualmente cuento con una ayuda pre-doctoral FPI de la convocatoria 2017 y estoy pronto a defender la tesis en una fecha previa a la finalización original de mi contrato. La lectura de la tesis será en Julio y de acuerdo a las bases de la convocatoria una defendida la tesis se finalizará mi contrato.

La duda que tengo en este momento es, desde un punto de vista laboral mi contrato está finalizando antes del período de vacaciones (Agosto) en el cuál la Universidad cierra. Por lo que creería que me correspondería, al finalizar mi contrato, el pago de dicho mes de vacaciones que no voy a poder disfrutar. Sin embargo, desde la universidad dicen lo siguiente:

"En relación con las vacaciones no disfrutadas, le informo de que la UB no paga las vacaciones del personal docente e investigador, porque se han debido de haber disfrutado durante la vigencia del contrato.

Independientemente de lo dicho, si considera que no ha podido disfrutar de sus vacaciones por un motivo justificado, tendrá que presentar una reclamación dirigida al rector juntamente con un escrito de su responsable o del director del departamento en el cual se justifiquen los motivos de ello, dado que el pago excepcional de las mismas se analiza en cada caso concreto y acorde con los motivos por los cuales no se ha disfrutado de las mismas."

Esto que ellos dicen no está mencionado ni en la convocatoria de la ayuda ni en el contrato, donde solo se estipula que los días de vacaciones son 31 días.

Alguien tiene alguna idea con respecto a esto? Está bien lo que dicen? Me corresponde el pago de dichas vacacioens o no?.

Saludos

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Hola!
A ver, yo no conozco nada de la UAB, y no sé si es legal del todo ya que en un trabajo "normal" si no disfrutas de las vacaciones al finalizar el contrato te lo tienen que pagar, pero en la universidad (y en tu caso) le veo sentido. La mía no cierra un mes entero en verano, pero nadie me obliga a coger las vacaciones justo el tiempo que está cerrada. Mientras no haya obligaciones docentes he tenido siempre la posibilidad de coger vacaciones en cualquier otra fecha. Del escrito que te han mandado, entiendo que lo de que tus vacaciones sean justo el mes de agosto, es algo que te has auto-impuesto tú o tu jefe/director, que la universidad no te limitaba en este aspecto. Y el problema es que desde el momento en que tú sabes que vas a acabar el contrato en julio has tenido o tienes la posibilidad de cogerte los días de vacaciones que te correspondan antes de esa fecha. Y lo que te vienen a decir es que si hay algo que justificadamente te lo haya impedido, se valoraría, pero entiendo que no es el caso.
En cualquier caso, ¿hay algo que te impida cogerte las vacaciones de aquí a la defensa? Porque como aun no ha finalizado el contrato, ahora mismo te podrían decir que te cojas de vacaciones en este periodo y sería perfectamente legal. Y, de hecho, al haberles puesto sobre aviso de esta situación y faltando tiempo, si no tienes justifiación te podrían decir que no has disfrutado de las vacaciones porque no has querido...

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