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Convocatorias Predoctorales: FPI, FPU, CCAA, Fundaciones

Convocatorias Predoctorales: FPI, FPU, CCAA, Fundaciones


Ayudas a la movilidad predoctoral para la realización de estancias breves en centros de I+D 2017

mensajes: 1481

DOCUMENTOS Y RESOLUCIONES

Convocatoria (14 ago 17)
Reseña en el BOE (26 ago 17)
Enlace a la entrada de la Base de Datos Nacional de Subvenciones para esta ayuda.

Modelo Memoria (word)
Modelo memoria final(word)
Modelo certificado realización estancia (word)
Modelo renuncia(word)

17oct17 - Resolución de subsanación.
23ene18 - Resolución provisional de concesión.
03may18 - Resolución de concesión.


INFORMACIÓN IMPORTANTE

Requisitos de los Solicitantes
Personal Investigador en Formación disfrutando de algunas de las siguientes ayudas:
- Convocatorias 2012, 2013 y 2014 de ayudas para contratos predoctorales para la formación de doctores (FPI).
- Convocatorias FPI anteriores.
- Convocatoria 2013 de las ayudas "Severo Ochoa" para la formación de doctores en los Centros/Unidades de Excelencia Severo Ochoa, únicamente se incluye la convocatoria 2013.

Plazos de presentación de las solicitudes
- Investigadores Predoctorales: Del 12 de septiembre al 21 de septiembre.
- Centros: Del 12 de septiembre al 26 de septiembre hasta las 15:00. ¡OJO! Algunos centros pueden establecer un plazo menor. Consultad con vuestro centro.

Documentos a presentar
- Currículum vitae actualizado, en idioma español o inglés. Formato libre.
- Historial del grupo receptor, memoria del programa de trabajo a realizar durante la estancia, impacto previsto de la estancia e información de otras estancias anteriores. La memoria tiene que seguir este modelo.
- NO ES NECESARIO PRESENTAR LA ACEPTACIÓN DEL GRUPO RECEPTOR durante la solicitud. Hay que tener un documento de aceptación en el momento de comenzar la estancia.

Duración y cuantía de la ayuda
Duración: Mínimo dos meses y máximo 4 meses, siempre consecutivos, durante el año 2018.
Cuantía de la ayuda:
- Alojamiento y manutención: 25€ por día si es en España. Si es en el extranjero, consultar el anexo de la convocatoria donde se desglosa la ayuda por paises.
- Ayuda para el viaje: Hasta 150 € si es en España, hasta 450 € si es en Europa y hasta 1000 € si es en el resto del mundo. Incluye el desplazamiento de ida y vuelta, seguro de accidentes, seguro médico (si procede) y visado (si procede). ¡No incluye facturación de equipaje extra!

Incompatibilidades
Esta ayuda NO es compatible con otras ayudas o ingresos provenientes de entidades públicas o privadas. Si se obtiene otra ayuda para este fin, debe comunicarse y el Ministerio realizará una minoración.

mensajes: 7
¿Esto quiere decir que los fpi 2016 no podremos disfrutar de estancia hasta una hipotetica convocatoria de 2019 para realizar la estancia en 2020?
mensajes: 1481
javito2007 wrote:
¿Esto quiere decir que los fpi 2016 no podremos disfrutar de estancia hasta una hipotetica convocatoria de 2019 para realizar la estancia en 2020?

Los FPI 2016 tenéis incluída en vuestra ayuda una ayuda complementaria para realizar estancias breves en otros centros de investigación españoles o extranjeros. En vuestra convocatoria explica cómo solicitarle a vuestro centro de investigación que os autorice a utilizar esa ayuda complementaria.

mensajes: 146
¿Lo que tienen que cubrir los centros es la propia Universidad donde se trabaja la que tiene que cubirlo, tu departamento, tus directores o quién?
mensajes: 146
Ah, que se me olvidó preguntar. ¿El dinero te lo pagan antes de irte o cuando vuelves presentando facturas de viaje, alquiler, etc?
mensajes: 1481
ciencias10 wrote:
¿Lo que tienen que cubrir los centros es la propia Universidad donde se trabaja la que tiene que cubirlo, tu departamento, tus directores o quién?

Cuando el Ministerio concede una FPI (ayuda para contrato predoctoral) no te la concede a ti directamente, se la concede a tu centro de investigación (léase Universidad, OPI, Fundación o quien sea que te vaya a pagar la nómina) para que te contraten a ti que eras el que salías en la solicitud. Una vez se la conceden, al centro de investigación le ingresan el dinero para pagar tu nómina (tanto el sueldo como la aportación a la seguridad social que tienen que hacer el centro por tenerte contratado) y la ayuda complementaria, que comprende dos conceptos: para matrícula en el programa de doctorado de los 4 años y la ayuda para estancias breves (6.250 € en total).

Puesto que tu centro de investigación ya dispone de este dinero es al centro a quien se lo tienes que solicitar y quien te tiene que aprobar el gasto, independientemente que después también haya que justificarlo ante el Ministerio y entregar papeles. Todos los trámites que tengas que hacer para solicitar o justificar la estancia al Ministerio los puedes consultar en la convocatoria. Los trámites que tengas que hacer para solicitarlo a tu centro los debes consultar con la secretaría de tu centro. Ellos sabrán con quién tienes que hablar (generalmente suele haber una persona encargada de todo el tema de ayudas para contratación de personal.

mensajes: 13

 Hola a todos!!!

Me podéis explicar ¿quién tiene que hacer la solicitud para pedir la beca? Es que por un lado había entendido que era el centro. Pero como veo que hay dos plazos uno para los investigadores y otro para el centro, no entiendo.

Muchas gracias!

 

mensajes: 1481
yaliru wrote:

 Hola a todos!!!

Me podéis explicar ¿quién tiene que hacer la solicitud para pedir la beca? Es que por un lado había entendido que era el centro. Pero como veo que hay dos plazos uno para los investigadores y otro para el centro, no entiendo.

Muchas gracias!

 

Lo explica todo en la convocatoria. Tú tienes que entregar tu solicitud a través del portal facilita en el plazo para solicitantes. Tu centro lo tiene que validar y tiene que aportar más documentación sobre los aspectos económicos de la ayuda (tu centro se encarga, no tienes que hacer nada). El centro lo debe subir al portal facilita y firmarlo dentro del plazo para el centro.

En resumen, tanto el solicitante como el centro tiene que hacer la solicitud, pero primero la hace el investigador y después la hace el centro.

mensajes: 146
¿El dinero te lo pagan antes de irte o cuando vuelves presentando facturas de viaje, alquiler, etc?
mensajes: 1481
ciencias10 wrote:
¿El dinero te lo pagan antes de irte o cuando vuelves presentando facturas de viaje, alquiler, etc?

Depende de cada centro, ya que son ellos quien gestionan la ayuda. Guarda todos los justificantes de los transportes de ida y vuelta además de los de alojamiento por si te los piden en algún momento. Lo más habitual es que te den el dinero para pagar el alquiler antes de irte o cuando ya estás allí (te dan el máximo posible teniendo en cuenta el país al que vayas según las tablas que vienen en la convocatoria) y el importe del desplazamiento de ida y de vuelta te lo reembolsan al finalizar la estancia presentando las tarjetas de embarque y las facturas de compra. Habla con tu centro de esto último porque es probable que lo tengas que hacer a través de una comisión de servicios de tu centro.

mensajes: 1481
Han publicado el listado de solicitudes que requieren subsanación. Hay de plazo hasta el día 31 de octubre.
mensajes: 4

Hola a todos,

Sabe alguien cuando sera la resolucion definitiva?? Va a tardar?? tengo que ir en febrero y aun no se nada.

Gracias y saludos

mensajes: 1481
Fad27 wrote:

Hola a todos,

Sabe alguien cuando sera la resolucion definitiva?? Va a tardar?? tengo que ir en febrero y aun no se nada.

Gracias y saludos

De momento solamente está la resolución de subsanación, así que quedan por salir los listados provisionales y los definitivos. A lo mejor para finales de febrero principios de marzo resuelven algo, pero no hay nada seguro. Prueba a preguntar directamente al Ministerio.

No pasa nada por irte antes de que publiquen la resolución. Suelen recomendar que la estancia se haga a partir de marzo para evitar estas cosas (aunque por otra parte es culpa de ellos, no de los solicitantes) pero establecen procedimientos de tal forma que se pueda justificar que has ido antes de que salga la resolución definitiva (sobre todo si ya salió la provisional). Lo dicho, escríbeles un correo explicando tu situación para, por una parte, saber exactamente cómo lo tienes que hacer y para que quede constancia por escrito de que te vas a ir antes de que se publique la resolución final.

mensajes: 89
Fad27 wrote:

Hola a todos,

Sabe alguien cuando sera la resolucion definitiva?? Va a tardar?? tengo que ir en febrero y aun no se nada.

Gracias y saludos

A mi, personalmente, me parece un poco arriesgado que te vayas (contando con que solamente te pudieses permitir esa estancia si te dan la ayuda del MINECO). Una vez que salga la provisional y esté nombre no hay problema, porque el año pasado tuvimos que firmar un documento en el que constaba que nos íbamos de estancia antes de la resolución definitiva pero nuestro centro y el Ministerio nos autorizaba.

No sé, es solamente mi opinión. Así que, la cosa está en que forcemos para que saquen la provisional

mensajes: 3

¿Alquien sabe algo nuevo de cuando podría salir la resolución definitiva? Es raro que no haya salido cuando las estancias son para realizar en 2018.

Gracias, Saludos.

mensajes: 1

Hola a todos,

Acaba de salir la resolución provisional.

Cuando se solicita la ayuda vía web hay que fijar, además del número de días, las fechas exactas en las que vas a realizar la estancia, ¿alguien sabe si es obligatorio realizar la estancia en esas fechas, o es flexible durante el año que has pedido la ayuda, en este caso el 2018?

Gracias, Saludos.

mensajes: 1481
rm-o wrote:

Hola a todos,

Acaba de salir la resolución provisional.

Cuando se solicita la ayuda vía web hay que fijar, además del número de días, las fechas exactas en las que vas a realizar la estancia, ¿alguien sabe si es obligatorio realizar la estancia en esas fechas, o es flexible durante el año que has pedido la ayuda, en este caso el 2018?

Gracias, Saludos.

Es flexible. Al finalizar la estancia tienes que rellenar una memoria justificativa en la que pones los días que has estado y las fechas. Ahí ya corriges lo que hayas puesto en la solicitud. Lo único que no puedes hacer es sobrepasar la fecha máxima para la realización de la estancia que, salvo casos excepcionales, suele ser el 31 de diciembre de 2018.

mensajes: 4

Hola a tod@s,

Buena suerte a los beneficiados!! Tras salir la resolución provisional, ¿tenemos que adjuntar alguna documentación o realizar algún trámite a través de la carpeta facilit@? 

Tampoco encuentro en la carpeta facilit@ la opción de comenzar la estancia antes de que salga la resolución de concesión definitiva. ¿Alguien está en la misma situación? Yo tengo prevista mi estancia para el mes de Marzo o Abril (todo depende del visado). Me voy a EEUU, y la verdad que el tema del visado me está crispando. ¿Alguien ha contratado un seguro médico por adelantado?

 

Muchas gracias de antemano

mensajes: 1481
pauma wrote:

Hola a tod@s,

Buena suerte a los beneficiados!! Tras salir la resolución provisional, ¿tenemos que adjuntar alguna documentación o realizar algún trámite a través de la carpeta facilit@? 

Tampoco encuentro en la carpeta facilit@ la opción de comenzar la estancia antes de que salga la resolución de concesión definitiva. ¿Alguien está en la misma situación? Yo tengo prevista mi estancia para el mes de Marzo o Abril (todo depende del visado). Me voy a EEUU, y la verdad que el tema del visado me está crispando. ¿Alguien ha contratado un seguro médico por adelantado?

 

Muchas gracias de antemano

Esta es la resolución provisional, así que solamente tienes que adjuntar documentación en caso de que quieras hacer alegaciones. Contacta directamente con el Ministerio para plantearles que quieres empezar la estancia antes de que (previsiblemente) salga la resolución definitiva. Hay un artículo en la convocatoria que trata específicamente de este tema. Para EEUU, si tu centro no te proporciona un seguro médico (que lo más probable es que no) es muy recomendable (no sé si hasta será obligatorio) que te hagas uno antes de irte. Cuando sepas seguro las fechas contrata un seguro que te cubra esos meses.

mensajes: 3

Hola a tod@s,  

Enhorabuena a los seleccionados! ¿Alguien sabe qué tipo de visado se debe solicitar para realizar la estancia en EEUU? ¿Y el seguro médico está incluido en la ayuda o debemos contratarlo por nuestra cuenta? En el segundo supuesto, ¿Recomendáis algún seguro en concreto?

Gracias de antemano.

mensajes: 89
AJCL wrote:

Hola a tod@s,  

Enhorabuena a los seleccionados! ¿Alguien sabe qué tipo de visado se debe solicitar para realizar la estancia en EEUU? ¿Y el seguro médico está incluido en la ayuda o debemos contratarlo por nuestra cuenta? En el segundo supuesto, ¿Recomendáis algún seguro en concreto?

Gracias de antemano.

Si te vas de estancia cuando ya haya salido la resolución definitiva el Ministerio te ayuda con el tema del seguro, sino si que te tendrás que sacar tu uno, ya que el Ministerio tan sólo nos cubre una vez se haya resuelto de manera definitiva, y el dinero que te gastes en el seguro no te lo devuelven.

mensajes: 146

Hola a todos.

A los que nos han concedido la ayuda en esta resolución provisional, doy por hecho que no debemos hace nada más ¿No?

Supongo que luego saldrá la definitiva. Si tú te vas en los últimos 4 meses del año, supongo que para entonces ya estará la resolución definitva, en ese caso ¿El dinero del viaje y la estancia te lo dan antes de irte? Si es así, cómo debes solicitarlo.

Y luego, qué tipo de documentación hay que hacer antes de irte de estancia, y después cuando vuelvas.

Si te vas dentro de la Unión Europea, supongo que no habrá que hacer ningún tipo de seguro médico, sino que servirá con la tarjeta europea ¿Verdad?

Gracias.

mensajes: 9

 Buenas tardes, 

alguien sabe si una vez concedida la ayuda se puede cambiar el centro y el país donde se va a hacer al estancia? Y en caso afirmativo qué se debe hacer si se quiere hacer.

 

Gracias

mensajes: 1481
uuu wrote:

 Buenas tardes, 

alguien sabe si una vez concedida la ayuda se puede cambiar el centro y el país donde se va a hacer al estancia? Y en caso afirmativo qué se debe hacer si se quiere hacer.

 

Gracias

Me parece complicado que se pueda cambiar el centro y el país, más que nada porque cuando te lo conceden se basan en esa info para comprobar que la estancia es pertinente. De todas formas plantéale tu duda al Ministerio directamente para salir de dudas.

mensajes: 8
rm-o wrote:
rm-o wrote:

Hola a todos,

Acaba de salir la resolución provisional.

Cuando se solicita la ayuda vía web hay que fijar, además del número de días, las fechas exactas en las que vas a realizar la estancia, ¿alguien sabe si es obligatorio realizar la estancia en esas fechas, o es flexible durante el año que has pedido la ayuda, en este caso el 2018?

Gracias, Saludos.

Es flexible. Al finalizar la estancia tienes que rellenar una memoria justificativa en la que pones los días que has estado y las fechas. Ahí ya corriges lo que hayas puesto en la solicitud. Lo único que no puedes hacer es sobrepasar la fecha máxima para la realización de la estancia que, salvo casos excepcionales, suele ser el 31 de diciembre de 2018.

Hola

¿Entonces no hay que notificar nada al Ministerio sobre el cambio de días? Es que el año pasado al acabar mi estancia dispuse de un plazo de diez días para subir unos documentos a la aplicación online del Ministerio. Me preocupa que si no notifico el cambio de inicio, este plazo se abra durante mi estancia y no al finalizar la misma.

Un saludo y gracias

 

mensajes: 146

Tengo bastantes dudas.

En teoría me tendría que ir el 3 de Septiembre y vuelvo el 21 de Diciembre.

He leído aquí que las fechas no tienen que ser tan extrictas, ¿Sería posible irse por ejemplo el 11 de septiembre y volver el 6 de diciembre o sería demasiado?

¿El dinero te lo dan y luego justificas los gastos de viaje y alojamiento y comida o te lo dan y con ello te arregles? Si al final vas menos días ¿Te dan menos dinero en proporción a los días que finalmente te vas?

Lo que más me preocupa, la TSE te cubre 3 meses de estancia, si vas 4 meses como en mi caso, ¿El mes que no estas cubierto con la TSE te paga el seguro la Universidad o el Miniserio o debes pagarlo tú con el dinero que te dan de la estancia? Si vas con un acompañante, esa persona supongo que irá como turista ¿Existen seguros de 1 mes para que pueda hacérselo como turista?

¿Debes hacerte allí una cuenta y tarjeta para poder sacar el dinero y cobrar tus mensualidades normales de la FPI o sirve con tu cuenta de España y un cajero que admita el tipo de tarjetas que tu usas?

El pago del alquiler, agua, gas, teléfono, etc, ¿Lo haces tú mediante transferencia a los que te prestan el servicio o debes tener una cuenta a tú nombre y domiciliar el cobro allí? en caso de tener que hacerte una cuenta ¿Si es en un país de habla no inglesa, supondrá un gran problema para hacerte entender?

 

Gracias.

mensajes: 13

Buenas!!


Ya ha salido la convocatoria definitiva, me ha enviado mi universidad la información.


Tengo una duda que no se si me podreís resolver, estoy intentando que me contesten estos del ministerio, pero parece que no se enteran de nada.


Mi estancia comienza el 3 de septiembre, si viajo 5 días antes de la incorporación sería viajar el 29 de agosto, pero a mí me gustaría viajar el 25 (9 días antes), para poder buscar piso, ir conociendo la ciudad y esas cosas. He leido que hay que pedir autorización en caso de querer viajar con antelación. Yo supongo que esa autorización es para que paguen los gastos de ese viaje, ¿no? ¿O sólamente te pagan el viaje si son 5 días antes como máximo y aunque vueles antes al lugar de destino no te corresponde nada y ellos se lavan las manos?

A ver si alguien me podéis ayudar con esto.
Muchas gracias!!!

mensajes: 1481
yaliru wrote:

Buenas!!


Ya ha salido la convocatoria definitiva, me ha enviado mi universidad la información.


Tengo una duda que no se si me podreís resolver, estoy intentando que me contesten estos del ministerio, pero parece que no se enteran de nada.


Mi estancia comienza el 3 de septiembre, si viajo 5 días antes de la incorporación sería viajar el 29 de agosto, pero a mí me gustaría viajar el 25 (9 días antes), para poder buscar piso, ir conociendo la ciudad y esas cosas. He leido que hay que pedir autorización en caso de querer viajar con antelación. Yo supongo que esa autorización es para que paguen los gastos de ese viaje, ¿no? ¿O sólamente te pagan el viaje si son 5 días antes como máximo y aunque vueles antes al lugar de destino no te corresponde nada y ellos se lavan las manos?

A ver si alguien me podéis ayudar con esto.
Muchas gracias!!!

Por lo que pone en la convocatoria mucho me temo que tendrás que escribir al órgano concedente, que en este caso es la Agencia Estatal de Investigación.  Si eso intenta buscar algún teléfono de información para preguntar a quién le tienes que solicitar viajar antes de lo que permite la convocatoria. Cuando tengas esa información tendrás que justificar muy mucho por qué vas a viajar antes y seguramente también decirles que las dietas correspondientes a los días antes del comienzo de la estancia correrán de tu bolsillo. Espero que no te pongan problemas.

mensajes: 146

Gracias por avisar.

 

¿Alguien ha leído sobre las dudas que planteo? es que sigo teniendo las mismas dudas.

 

Disculpad las molestias.

mensajes: 1481
ciencias10 wrote:

Tengo bastantes dudas.

En teoría me tendría que ir el 3 de Septiembre y vuelvo el 21 de Diciembre.

He leído aquí que las fechas no tienen que ser tan extrictas, ¿Sería posible irse por ejemplo el 11 de septiembre y volver el 6 de diciembre o sería demasiado?

¿El dinero te lo dan y luego justificas los gastos de viaje y alojamiento y comida o te lo dan y con ello te arregles? Si al final vas menos días ¿Te dan menos dinero en proporción a los días que finalmente te vas?

Lo que más me preocupa, la TSE te cubre 3 meses de estancia, si vas 4 meses como en mi caso, ¿El mes que no estas cubierto con la TSE te paga el seguro la Universidad o el Miniserio o debes pagarlo tú con el dinero que te dan de la estancia? Si vas con un acompañante, esa persona supongo que irá como turista ¿Existen seguros de 1 mes para que pueda hacérselo como turista?

¿Debes hacerte allí una cuenta y tarjeta para poder sacar el dinero y cobrar tus mensualidades normales de la FPI o sirve con tu cuenta de España y un cajero que admita el tipo de tarjetas que tu usas?

El pago del alquiler, agua, gas, teléfono, etc, ¿Lo haces tú mediante transferencia a los que te prestan el servicio o debes tener una cuenta a tú nombre y domiciliar el cobro allí? en caso de tener que hacerte una cuenta ¿Si es en un país de habla no inglesa, supondrá un gran problema para hacerte entender?

 

Gracias.

- Las fechas que pones antes de irte son solamente orientativas. Para asegurar diría que es mejor poner un poco de más que un poco de menos. Pero siembre deben de tener una duración superior a dos meses e inferior a 4.

- El dinero tiene dos conceptos: uno el de la estancia (para alojamiento y manutención) y otro para los gastos de desplazamiento, seguros médicos y visados. En el primer caso el importe lo calculan en función del número de días que vayas a estar y del nivel de vida del país al que vayas (hay unas tablas en la convocatoria). Una vez sale la resolución definitiva con todo lo que te van a dar para cada uno de los conceptos el ministerio te ingresa el dinero en algún momento (que suele ser sobre julio normalmente). Te ingresan TODO lo que habían presupuestado para ti. Al finalizar la estancia tienes que hacer la memoria justificativa, donde tienes que poner los días que has estado realmente allí (que te lo certificará el centro de allí) y cuánto te han costado los transportes, seguros y visados. Si justificas menos días que los que habías puesto en la solicitud tienes que devolver lo que corresponda por día, pero si coinciden los días no tienes que devolver nada aunque el alojamiento te haya salido barato. En el caso del transporte funciona igual: tienes que devolver lo que no te hayas gastado de lo que te han dado. Tu centro te indicará cómo se lo tienes que devolver.

- Dentro de la unión europea te tienen que hacer la tarjeta sanitaria europea, que te la dan por dos años o bien hasta que termina tu contrato. Pídela directamente no vaya a ser que todavía no se hayan enterado de que cambiaron la normativa. En caso de que se pongan tontos siempre tienes la opción de contratar un seguro con cargo a la partida del desplazamiento. Con tal de que lo justifiques luego no creo que te pongan problema. Al acompañante no le afecta nada la convocatoria, así que su seguro (si no tiene tarjeta sanitaria europea) va aparte. Y sí, existen seguros de viaje para el tiempo que necesites. Mira en la web de cualquier aseguradora o incluso en la de las aerolíneas, que a veces te ofrecen seguros.

- El dinero de tu sueldo te lo seguirán ingresando en tu cuenta. Consulta las condiciones de tu banco y de tu tarjeta para ver si la puedes utilizar sin comisiones en el país al que vayas. Si vas a un país con euros suele ser todo mucho más fácil. Si en el banco te dicen que tienes que pagar un pastizal por usar la tarjeta tienes dos opciones: buscar alguno que no te cobre o llevarte mucho dinero en efectivo. También pregunta por las transferencias internacionales. Si no te cobran comisión por hacerlas (cuando las transacciones son en euros te suelen dejar hacer al menos alguna al mes) intenta pagar a tu casero por transferencia. En ciertos países es bastante complicado abrirse una cuenta si no estás trabajando allí, así que esta opción sería de las menos recomendables.

mensajes: 146
ciencias10 wrote:
ciencias10 wrote:

Tengo bastantes dudas.

En teoría me tendría que ir el 3 de Septiembre y vuelvo el 21 de Diciembre.

He leído aquí que las fechas no tienen que ser tan extrictas, ¿Sería posible irse por ejemplo el 11 de septiembre y volver el 6 de diciembre o sería demasiado?

¿El dinero te lo dan y luego justificas los gastos de viaje y alojamiento y comida o te lo dan y con ello te arregles? Si al final vas menos días ¿Te dan menos dinero en proporción a los días que finalmente te vas?

Lo que más me preocupa, la TSE te cubre 3 meses de estancia, si vas 4 meses como en mi caso, ¿El mes que no estas cubierto con la TSE te paga el seguro la Universidad o el Miniserio o debes pagarlo tú con el dinero que te dan de la estancia? Si vas con un acompañante, esa persona supongo que irá como turista ¿Existen seguros de 1 mes para que pueda hacérselo como turista?

¿Debes hacerte allí una cuenta y tarjeta para poder sacar el dinero y cobrar tus mensualidades normales de la FPI o sirve con tu cuenta de España y un cajero que admita el tipo de tarjetas que tu usas?

El pago del alquiler, agua, gas, teléfono, etc, ¿Lo haces tú mediante transferencia a los que te prestan el servicio o debes tener una cuenta a tú nombre y domiciliar el cobro allí? en caso de tener que hacerte una cuenta ¿Si es en un país de habla no inglesa, supondrá un gran problema para hacerte entender?

 

Gracias.

- Las fechas que pones antes de irte son solamente orientativas. Para asegurar diría que es mejor poner un poco de más que un poco de menos. Pero siembre deben de tener una duración superior a dos meses e inferior a 4.

- El dinero tiene dos conceptos: uno el de la estancia (para alojamiento y manutención) y otro para los gastos de desplazamiento, seguros médicos y visados. En el primer caso el importe lo calculan en función del número de días que vayas a estar y del nivel de vida del país al que vayas (hay unas tablas en la convocatoria). Una vez sale la resolución definitiva con todo lo que te van a dar para cada uno de los conceptos el ministerio te ingresa el dinero en algún momento (que suele ser sobre julio normalmente). Te ingresan TODO lo que habían presupuestado para ti. Al finalizar la estancia tienes que hacer la memoria justificativa, donde tienes que poner los días que has estado realmente allí (que te lo certificará el centro de allí) y cuánto te han costado los transportes, seguros y visados. Si justificas menos días que los que habías puesto en la solicitud tienes que devolver lo que corresponda por día, pero si coinciden los días no tienes que devolver nada aunque el alojamiento te haya salido barato. En el caso del transporte funciona igual: tienes que devolver lo que no te hayas gastado de lo que te han dado. Tu centro te indicará cómo se lo tienes que devolver.

- Dentro de la unión europea te tienen que hacer la tarjeta sanitaria europea, que te la dan por dos años o bien hasta que termina tu contrato. Pídela directamente no vaya a ser que todavía no se hayan enterado de que cambiaron la normativa. En caso de que se pongan tontos siempre tienes la opción de contratar un seguro con cargo a la partida del desplazamiento. Con tal de que lo justifiques luego no creo que te pongan problema. Al acompañante no le afecta nada la convocatoria, así que su seguro (si no tiene tarjeta sanitaria europea) va aparte. Y sí, existen seguros de viaje para el tiempo que necesites. Mira en la web de cualquier aseguradora o incluso en la de las aerolíneas, que a veces te ofrecen seguros.

- El dinero de tu sueldo te lo seguirán ingresando en tu cuenta. Consulta las condiciones de tu banco y de tu tarjeta para ver si la puedes utilizar sin comisiones en el país al que vayas. Si vas a un país con euros suele ser todo mucho más fácil. Si en el banco te dicen que tienes que pagar un pastizal por usar la tarjeta tienes dos opciones: buscar alguno que no te cobre o llevarte mucho dinero en efectivo. También pregunta por las transferencias internacionales. Si no te cobran comisión por hacerlas (cuando las transacciones son en euros te suelen dejar hacer al menos alguna al mes) intenta pagar a tu casero por transferencia. En ciertos países es bastante complicado abrirse una cuenta si no estás trabajando allí, así que esta opción sería de las menos recomendables.

Muchísimas gracias, eres un encanto.

En la resolución vienen 40€/día multiplican por los días que voy y eso es lo que consituye la estancia, luego está la ayuda al viaje (450€) ¿Esos 450€ son los que se suponen son para ir y venir al país, más los transportes que luego necesite usar allí y además el seguro si hay que contratarlo?

La tarjeta sanitaria Europea la tengo, me la saqué cuando fui a un congreso, pero había leído que aunque la tarjeta tiene validez de dos años, que sólo puedes usarla los tres primeros meses que estés en el país, que luego ya tienes que hacer un seguro privado, por eso preguntaba que si ese mes que no te cubre la tarjeta sanitaria si lo cubriría la convocatoria.

Tendré que ir por mi banco a ver qué me dicen, sí, el país es de la Unión Europea, es en euros. También preguntaré lo de las transferencias, las nacionales sé que no tienen comisión, a ver si las internacionales no son muy altas, según te leo recomiendas dejar pagado con antelación desde Epsaña todos los meses de alquiler en el país de destino ¿No?

Pues nada, ahora a ponerme a buscar alojamiento en el país de destino.

 

Muchas, muchas gracias por tus respuestas.

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