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Convocatorias Predoctorales: FPI, FPU, CCAA, Fundaciones

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Docencia y FPU

mensajes: 2

Hola a todos,
Grande ha sido mi sorpresa cuando la directora de departamento me dice que a los FPU no se nos permite dar clases este año en la Complutense. Parece que les han enviado un documento en el que ponen que estamos obligados a colaborar en tareas docentes pero que no podemos dar clase. En el BOE ( soy del 2009) especifica que estamos obligados a colaborar en tareas docentes y que la docencia impartida nos será reconocida.¿ Alguno estáis en situación parecida? ¿Ha habido algún cambio que me he perdido en estos meses?
Gracias

mensajes: 1481
myralo wrote:

Hola a todos,
Grande ha sido mi sorpresa cuando la directora de departamento me dice que a los FPU no se nos permite dar clases este año en la Complutense. Parece que les han enviado un documento en el que ponen que estamos obligados a colaborar en tareas docentes pero que no podemos dar clase. En el BOE ( soy del 2009) especifica que estamos obligados a colaborar en tareas docentes y que la docencia impartida nos será reconocida.¿ Alguno estáis en situación parecida? ¿Ha habido algún cambio que me he perdido en estos meses?
Gracias


Hasta donde yo sé los FPU no pueden ser responsables de una asignatura, pero sí que pueden dar prácticas y/o charlas, que son también tareas docentes. Dichas tareas docentes tienen que ser reconocidas por la universidad tal y como pone la convocatoria.

mensajes: 1481

Te dejo aquí unos cuantos enlaces que te pueden resultar interesantes respecto a este tema.

http://www.ucm.es/data/cont/media/www/pag-8378/COLABORACION%20TAREAS%20DOCENTES.pdf

http://pendientedemigracion.ucm.es/cont/descargas/documento37601.pdf?pg=cont/descargas/documento37601.pdf

http://pendientedemigracion.ucm.es/cont/descargas/documento40353.pdf?pg=cont/descargas/documento40353.pdf

http://pendientedemigracion.ucm.es/cont/descargas/documento38354.doc?pg=cont/descargas/documento38354.doc

http://www.precarios.org/forumthread62547

mensajes: 2

Muchísismas gracias por la información. El primer link es el que tengo yo. Como ves se especifica que no podemos impartir clases...
He puesto también una consulta al Ministerio para que me lo aclaren mejor...

mensajes: 1481
myralo wrote:

Muchísismas gracias por la información. El primer link es el que tengo yo. Como ves se especifica que no podemos impartir clases...
He puesto también una consulta al Ministerio para que me lo aclaren mejor...


En el segundo enlace lo explica mejor: No podéis dar clase en el sentido de que no podéis ser los responsables de una asignatura o de una parte de una asignatura, por lo que no vais a aparecer entre el listado de profesores oficiales de esa asignatura ni se os reconocerá por el organismo correspondiente de la misma forma que a un profesor titular o a un ayudante doctor (o al resto de tipo de profesores que hay). Vuestra colaboración en tareas docentes es siempre bajo supervisión de un responsable y lo que se pretende es que impartáis alguna charla o ayudéis durante las prácticas. Por eso el reconocimiento que os harán es simplemente un papel que diga que colaborasteis X horas en tareas docentes en el departamento tal de la universidad cual, pero no contarán para tu vida laboral ni para todos los cómputos que les hacen a los profesores de la universidad.

mensajes: 213
En mi Universidad pasa lo mismo. Pero luego de cara a acreditaciones sí te reconocen esas horas, al menos eso me dicen en mi Univerisdad (becarios de hace años).

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