REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA FEDERACIÓN DE JÓVENES INVESTIGADORES - FJI/PRECARIOS
En este reglamento se regulan los procedimientos de actuación de los órganos directivos de la Federación y sus comisiones de trabajo. El objetivo del mismo es recoger prácticas que se han venido usando en la Federación con éxito. Debido a que la condición de joven investigador es por su naturaleza efímera, parece oportuno recoger en un solo documento el modo de funcionamiento que entre todos hemos ido aprendiendo y acordando para que sirva de guía a los nuevos miembros de la Federación.
Algunas de las prácticas que se recogen en este reglamento han demostrado ser eficaces a través del tiempo. Otras han sido ampliamente debatidas hasta llegar a un consenso en cuanto al modo más favorable de funcionamiento.
Apartados
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- I. Los órganos de gobierno de la FJI
- II. Formas de comunicación entre miembros y página web de la FJI
- III. Comisiones y campañas
- III.A. Sobre los coordinadores de comisiones y los coordinadores de campañas
- III.B. El coordinador de coordinadores de comisiones y campañas
- III.C. Reglamento de las distintas comisiones y campañas de la FJI
- Reglamento general de las Campañas
- Reglamentos internos de las comisiones de la FJI
- Comisión Andalucía
- Comisión de Asesoramiento Jurídico
- Comisión de Asuntos Exteriores
- Comisión Carrera Investigadora
- Comisión CSIC
- Comisión de Documentación
- Comisión de Jornadas
- Comisión de Medios de Comunicación
- Comisión de Movilizaciones
- Comisión Postdoc
- Comisión de Relaciones con las Instituciones
- Comisión Web/Listas
- IV. Sobre la reprobación, moción de censura y confianza
- Procedimiento de modificación del Reglamento
I. Los órganos de gobierno de la FJI
La Federación de Jóvenes Investigadores - Precarios (FJI-Precarios) está compuesta por asociaciones tal como se dispone en los estatutos. Los órganos de gobierno y administración de la Federación son:
- La Asamblea General.
- La Junta Directiva.
I.A. Sobre la Asamblea General
La Asamblea General está constituida por dos representantes de cada Asociación Miembro de la FJI.
La Asamblea general se regirá por las normas explicadas en los estatutos.
Se reunirá siempre que lo acuerde la Junta Directiva.
Participan en la Asamblea General, con voz pero sin voto: la Junta Directiva de la FJI (excepto en lo establecido en el Reglamento en caso de empate) y los Coordinadores de Comisión.
Puede asistir como invitado - con voz pero sin voto - a la Asamblea:
a) cualquier miembro de asociación local de la FJI,
b) miembro activo de una comisión o grupo de trabajo
c) persona autorizada expresamente por la Junta Directiva.
Si un coordinador de comisión no puede acudir a la Asamblea, podrá delegar en otro miembro de su comisión o asistente a la Asamblea. Dicha delegación deberá ponerse previamente en conocimiento del Coordinador de Coordinadores.
La FJI correrá con los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de la JD y Coordinadores de Comisión; los gastos de los representantes correrán a cuenta de las asociaciones locales (sin perjuicio de que la FJI pueda reintegrarlos total o parcialmente en caso de existencia de superávit en el presupuesto de la Asamblea).
El procedimiento de votación, en las reuniones presenciales de la Asamblea General, será el de voto ponderado por número de socios de cada asociación, adoptado en la Asamblea de 21 de Abril de 2001:
Número de socios | Votos |
0-30 | 1 |
31-100 | 2 |
101-200 | 3 |
201-500 | 4 |
>500 | 5 |
En caso de empate, la JD tomará la decisión. El presidente podrá decidir en caso de desacuerdo entre los miembros de la JD.
Como excepción a esta norma de voto ponderado, la votación para elegir a los miembros de la Junta Directiva se realizará por el procedimiento de: un representante-un voto.
Los representantes de cada asociación son los encargados de la comunicación entre las asociaciones y la Junta Directiva de la FJI-Precarios. Son elegidos por la asociación correspondiente. Deberán comunicar al secretario de FJI-Precarios su alta como representantes, y acreditarlo. Son tareas de los representantes:
- Asistir a las Asambleas. Previamente, plantearán a su asociación el Orden del Día previsto, y discutirán la postura a tomar en cada punto.
- Conocer el número de miembros de su asociación, y comunicarlo al Secretario durante el mes de octubre de cada año.
- Estar al corriente del estado de los pagos de la cuota de la asociación.
- Comunicar a su asociación el planteamiento de votaciones por parte de la Junta Directiva en las reuniones no presenciales de la Asamblea (votaciones por correo electrónico).
- Comunicar al secretario de la FJI los resultados de las votaciones, desglosados por número de socios que han votado cada opción.
Tal como se acordó en la asamblea del 21-04-2001, si algún representante perjudica los intereses de Precarios, la Junta Directiva lo pondrá en conocimiento de su Asociación, quien decidirá sobre si procede o no la destitución y sustitución de dicho representante en su cargo. La Junta Directiva de la asociación del representante cuestionado, deberá responder a la JD de la FJI con las medidas tomadas y las razones para ello, en el plazo de dos semanas. Si persiste su actitud o hay dejadez por parte de la Asociación, se entenderá que es la propia Asociación quien perjudica los intereses de Precarios y se tomarán medidas para su expulsión.
Se recomienda que los representantes no ejerzan al mismo tiempo otros cargos en la Federación.
I.B. Sobre la Junta Directiva (JD)
La Junta Directiva se compone de Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, y entre dos y cuatro vocales.
Las tareas del Presidente de FJI son las descritas en los estatutos:
- Representar a todos los efectos a la FJI-Precarios.
- Estar al corriente de la participación de FJI como miembro en otras asociaciones, y consultar a la Asamblea anualmente sobre la conveniencia o no de seguir siendo miembros de estas asociaciones.
- Velar por el cumplimiento de los fines de la Federación.
- Presidir y convocar la Junta Directiva así como la Asamblea General de Representantes.
- Informar a la Junta Directiva y a la Asamblea General de Representantes de las actividades realizadas en el desempeño de su cargo.
- Supervisar las actividades y administración general de la Federación, de conformidad con las directrices aprobadas por la Asamblea General de Representantes y la Junta Directiva.
- Presentar, en todo caso, un balance de la gestión realizada al terminar su mandato, detallando la situación en que quedan los asuntos de la Federación y ofreciendo la información necesaria para el traspaso de funciones a su sucesor.
- Autorizar, junto al Tesorero, la disposición de fondos.
- Suscribir, junto al Secretario, las actas de las reuniones de la Asamblea General de Representantes y de las reuniones de la Junta Directiva.
Corresponde al Vicepresidente:
- Sustituir al Presidente en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.
- Colaborar con el Presidente y ejercer las atribuciones que le sean delegadas o encomendadas por éste.
Las tareas del Secretario de la FJI-Precarios son las descritas en los estatutos, más las descritas a continuación:
- Custodiar y llevar los libros de Actas y Registro, los documentos y sellos de la Federación, así como la relación de las Asociaciones miembros de la Federación. El libro de Registro contendrá las denominaciones de las Asociaciones, su área territorial de actuación, domicilio social y su número de registro territorial.
- Redactar las actas de las reuniones de la Junta Directiva y de la Asamblea General de Representantes de la FJI-Precarios y expedir certificación de aquellas, todo ello con el visto bueno del Presidente.
- El libro de Actas consignará las reuniones de la Asamblea General de Representantes y de los demás órganos colegiados de la Asociación, con expresión de la fecha, asistentes a las mismas, acuerdos adoptados e intervenciones que soliciten expresamente su inclusión en el acta. Las actas serán suscritas por el Presidente y el Secretario de la Federación y dos socios asistentes a las reuniones.
- Colaborar con el Presidente en la preparación y convocatoria de las reuniones de la Asamblea General de Representantes y de la Junta Directiva.
- Contabilizar el número de socios de las asociaciones miembros de la FJI. Se tomará como número de socios de cada asociación el número declarado por los representantes durante el período del 1 al 10 de octubre de cada año.
- Conocer los nombres y direcciones de contacto de los representantes de cada asociación miembro de la Federación, y mantener esta información al día en la página web.
- Coordinar la gestión de las listas de correo electrónico de la Federación.
- Intentar, en la medida de lo posible, mantener el cumplimiento de las normas descritas en este Reglamento y en los Estatutos.
El Tesorero de la FJI-Precarios debe desempeñar las tareas descritas en los estatutos y que se detallan a continuación:
- Recaudar y custodiar los fondos de la Federación y llevar en orden los libros de contabilidad. En un libro (financiero), se asentarán los ingresos y gastos. En otro libro (patrimonial), los recursos económicos y demás bienes materiales propios. Se detallarán los gastos por partidas concretas y sus conceptos.
- Elaborar el presupuesto anual, así como las modificaciones del mismo, y presentarlas a la Junta Directiva.
- Autorizar, junto al Presidente, la disposición de fondos.
- Buscar y proponer a la Junta Directiva mecanismos de financiación.
- Solicitar y recaudar las cuotas de cada asociación.
Cada asociación contribuirá cada año a los fondos de la Federación con las cuotas que determine la Asamblea. En septiembre de 2004, la cuota se establece en: 2,00 € x N, siendo N el número total de socios de la asociación. La cuota mínima se establece en 24 €.
Los vocales de la Junta Directiva de la FJI-Precarios tendrán asignadas tareas específicas, en virtud de lo que decida la Asamblea. El coordinador de coordinadores de comisionesy campañas (“supercoordinador o C4”) será un vocal de la Junta Directiva, al igual que el coordinador de representantes de asociaciones locales ("superrepre o CRAL").
Se recomienda que el Secretario, Presidente y coordinador de coordinadores de comisiones y campañas de la FJI no se encarguen, además, de otras tareas en la FJI.
I.C. Sobre la toma de decisiones
Las decisiones sobre el funcionamiento de la FJI-Precarios las toma la Asamblea General, en sus Asambleas ordinarias y extraordinarias. No obstante, en los períodos entre asambleas, la Junta Directiva podrá tomar decisiones basándose en las opiniones de los socios.
En caso de evidente desacuerdo entre socios, la Junta Directiva podrá plantear una votación con objeto de facilitar la toma de la decisión.
El referéndum es la forma más adecuada para la toma de decisiones sobre acciones de la federación. Consiste en la suma del número de votos para cada opción posible, con un voto por socio de cada asociación. La Junta Directiva planteará la votación. El secretario comunicará en la lista de correo estatal el planteamiento de la votación. Los representantes de cada Asociación transmitirán esta consulta a sus respectivas asociaciones para que se vote en un plazo mínimo de 3 y máximo de 10 días hábiles. Los representantes transmitirán el resultado de esta votación a la lista de correo dedicada a la organización. El secretario realizará el recuento total de votos y emitirá el resultado, desglosado por votos emitidos por cada asociación, a las listas de correo estatales (precarios-estatal y precarios-info). En caso de empate, la JD tomará la decisión. Los representantes de las Asociaciones enviarán el resultado a las listas de sus respectivas Asociaciones.
En casos de urgencia, la Junta Directiva podrá tomar decisiones sin haber celebrado votación. Se recomienda, siempre que sea posible, hacer una consulta informativa, en términos similares a una "votación con exposición de argumentos", en la lista de correo estatal; en estos casos, los representantes deberán trasladar estas consultas a sus listas locales e informar de las opiniones generales de las mismas a la Junta Directiva de la FJI. La decisión que tome la JD se hará pública a través de la lista estatal.
En caso de Asamblea General, y dado que la presencia de todos los socios de la Federación es inviable, las votaciones se realizarán por Asociaciones miembros de la Federación, por el sistema de voto ponderado por ratios, tal como se ha explicado en la sección I.A.
I.D. El coordinador de representantes de asociaciones locales
El Coordinador de Representantes de Asociaciones Locales (CRAL) es un vocal de la Junta Directiva, encargado de la tarea de coordinación de la actividad de los representantes, posibilitando la correcta comunicación entre las locales y la federación.
Son tareas del Coordinador de Asociaciones Locales:
• Conocer en todo momento el nombre y dirección de contacto de los representantes de las asociaciones locales. Esta información debe estar a disposición de los socios de la FJI, y en particular, en el listado de representantes de asociaciones locales de la web, de cuyo mantenimiento es responsable el CRAL.
• Asegurarse de que los representantes de asociaciones locales cumplen con sus funciones. En caso de reiterado incumplimiento, el CRAL podrá informar a la Junta Directiva de su respectiva asociación local si lo considerase necesario.
• Actualizar, junto con el secretario, el listado de asociaciones locales federadas, así como conocer las listas de correo de las mismas.
• El CRAL será el responsable de la dirección de correo (locales@precarios.org) que estará dada de alta en las listas de las asociaciones locales federadas y que no se opongan a ello expresamente. Esta dirección tendrá como finalidad única facilitar la comunicación entre la FJI y las locales y nunca interferir en las actividades propias de las locales.
I.E. Los representantes de la FJI en otras asociaciones
La FJI-Precarios puede participar como miembro en otras asociaciones o federaciones de ámbito nacional o internacional (en el momento presente, FJI es socio de Eurodoc y PI-net, asociaciones internacionales). La decisión de unirse a otras asociaciones se tomará en Asamblea, y la decisión de seguir perteneciendo a estas asociaciones se ratificará cada año. A propuesta del grupo de personas o comisión encargado de la representación de FJI en estas asociaciones, la Junta Directiva de la FJI elegirá al/los oportunos representantes. Estos representantes deben informar periódicamente a la Junta Directiva (y preferiblemente también a las listas de correo estatales) sobre la toma de decisiones en nombre de FJI. Los representantes deben también presentar un resumen de su labor cuando dejen de ser representantes.
II. Formas de comunicación entre miembros y página web de la FJI
La FJI/Precarios funciona a través de la comunicación directa y colectiva entre sus miembros. Con este fin, se pueden emplear listas de correo, foros y herramientas similares, siempre que rse espeten los principios generales de este reglamento, y especialmente el carácter asambleario y participativo de la Federación. Estos sistemas de comunicación (a partir de ahora denominados con el nombre genérico "listas") no serán utilizados para la distribución de anuncios de becas o contratos específicos, noticias o mensajes solidarios, políticos, etc. que no competan directamente a la Federación.
Son listas principales de la FJI/Precarios las siguientes:
- Precarios-Estatal
- Precarios-Info
- Precarios-Org
- Listas de las comisiones de trabajo
II.A. La lista de correo estatal (foro estatal de debate)
Esta lista (actualmente precarios-estatal en yahoogroups.com) se usa para la comunicación entre las asociaciones y las comisiones de trabajo. El Foro de Precarios está formado por personas físicas, simpatizantes con los fines y objetivos de la federación, que desean participar activamente en las discusiones a nivel estatal. El foro de precarios es un salón de discusión donde todos los temas y acciones de Precarios tienen que ser debatidos. Es una lista abierta y de archivos públicos. Se evitará usarla para asuntos internos de las asociaciones o comisiones.
Si una propuesta surgida en este foro cuenta con un apoyo mayoritario, la Junta Directiva de la Federación deberá tomar en cuenta las opiniones del foro y tomar una decisión relativa a dicha propuesta, mediante los mecanismos de decisión explicados en el capítulo I.
Entre otras cosas, se enviarán a esta lista:
- Las decisiones de la Junta Directiva. Es función de cualquiera de los miembros de la Junta Directiva publicar sus decisiones.
- Las actas de las reuniones de la Asamblea. Es tarea del secretario hacer públicas las actas.
Los encargados de la gestión de esta lista de correo serán, como mínimo, el Secretario, el Coordinador de Coordinadores, y el Coordinador de la comisión web-listas, y quien éstos crean conveniente. La moderación de los debates es competencia de todos los componentes del foro, y en último término, de la Junta Directiva.
Además de la lista de correo, existe como herramienta de discusión para temas no urgentes el foro general de opinión Precarios-Estatal cuyo protocolo de funcionamiento se detalla a continuación:
La lista de correo precarios-estatal debe estar informada de los temas abiertos en el foro, teniendo cada uno de ellos un responsable que los abre (de novo o a partir de una discusión iniciada en las listas), los modera y los cierra.
Pasos a dar:
1. Se cuelga un post en el foro general de opinión/Precarios-Estatal. Se notifica en la lista de correo precarios-estatal que se ha abierto ese hilo de discusión en el foro, solicitando que se transmita el mensaje a las locales/lista de información/comisiones que proceda.
2. El responsable del debate abierto, además del enlace al hilo del foro, siempre indicará la página de ayuda del tiki, y se ofrecerá a recibir (en su correo personal) opiniones de personas que tengan dificultad en acceder al tiki, posteando (a la mayor brevedad) esas opiniones en el foro.
3. El responsable del tema debe fomentar la discusión en el foro, mandando recordatorios (con resúmenes parciales, si procede) a la lista de correo precarios-estatal. Además, deberá cerrar los debates cuando sea oportuno y colgar las conclusiones como último post del foro, que se bloqueará al envío de nuevos mensajes.
4. Estas conclusiones se enviarán a la lista de correo precarios-estatal, donde serán refrendadas.
Este reglamento recoge las decisiones sobre el paso parcial a foros tomadas en 2008 y refrendadas en la Asamblea de Córdoba en Octubre de 2008.
II.B. La lista de anuncios (lista -info)
La lista-info, actualmente precarios-info en yahoogroups.com, es una lista de anuncios, creada pensando en las personas que quieren recibir información periódica sobre las acciones y convocatorias de la Federación pero no desean recibir un número alto de mensajes. Sólo los coordinadores de comisiones y algunos miembros de la Junta Directiva como el Coordinador de Coordinadores de Comisiones (CCC), el Secretario y personas autorizadas por éstos, podrán enviar mensajes. El CCC debe enviar los resúmenes de actividad de las comisiones o mensajes que considere de importancia para los socios. El Secretario debe enviar las actas y convocatorias de asambleas. Los Coordinadores de Comisiones deben enviar únicamente resúmenes de actividades, recortes de prensa y convocatorias o avisos importantes.
Los moderadores de la lista serán el Secretario y el CCC, además de quien éstos crean conveniente.
II.C. La lista de organización
La lista de organización, en la actualidad precarios-org en yahoogroups.com, es una lista cuyos miembros representan la estructura de los órganos de Gobierno y administración de la Federación. En esta lista, se discuten aspectos organizativos de la Federación, como contabilización de votos o reparto de tareas entre comisiones de trabajo y, en casos excepcionales, se discuten cuestiones que exijan confidencialidad. En esta lista, no se deben tomar decisiones sobre el modo de actuar de la Federación que no se hayan consultado con los socios y el foro estatal (lista estatal de correo). El funcionamiento de esta lista se rige por lo dispuesto en el acta del 21 de abril de 2001:
- Será una lista de suscripción restringida. Los miembros de la lista precarios-org serán los componentes de la JD de la FJI, los Representantes de la FJI y los Coordinadores de Comisiones y Campañas de la FJI, además de cualquier miembro de una Comisión de Trabajo o Campaña de la FJI a quien, tras consulta al Coordinador de la Comisión o Campaña a la que pertenece, la JD dé el visto bueno para su inclusión en dicha lista.
- Los mensajes de la lista están reservados a los miembros, no son públicos vía web.
- Todos los miembros de precarios-org deben estar además en precarios-estatal, para garantizar la comunicación bidireccional.
- Un miembro de la Junta Directiva debe encargarse de moderar las discusiones en esta lista y evitar que se discutan cuestiones que pueden debatirse en las asociaciones o el foro estatal.
II.D. La página web
La web de la FJI-Precarios es http://www.precarios.org y en ella se encuentra toda la información disponible de nuestra organización.
Los estatutos, reglamento de régimen interno de la Federación, las actas de la Asamblea, los documentos de FJI y los comunicados de prensa, así como cualquier otra novedad o información, que se considere de interés para la Federación, deben ser publicados en la página web.
III. Comisiones y campañas
Las comisiones de trabajo y las campañas son grupos de personas que llevan a cabo las acciones acordadas por la Asamblea o la Junta Directiva de la FJI. No es imprescindible que los miembros y coordinadores de estos grupos sean socios de alguna asociación miembro de FJI.
Una comisión es un grupo de trabajo con unas funciones concretas dentro de la estructura de la FJI, designadas en su reglamento interno y que responden a requerimientos constantes de la Federación. Los trabajos y tareas llevadas a cabo por las comisiones responden a objetivos fijados a corto, medio y largo plazo en Asambleas y en la lista estatal.
Una campaña es un grupo de trabajo orientado a una temática especifica, transversal a temáticas de otras comisiones o campañas. Permite establecer unos objetivos claros con una planificación temporal que ayuda a que tanto hacia dentro como hacia fuera de la propia organización (FJI) se sepa en qué estamos trabajando prioritariamente en un momento determinado.
Tanto las comisiones como las campañas estarán coordinadas por sus coordinadores. Las funciones de los coordinadores se detallan en la siguiente sección.
III.A. Sobre los coordinadores de comisiones y los coordinadores de campañas
Los Coordinadores de Comisiones y los Coordinadores de Campañas, abreviado ambos como CC, son propuestos por los miembros de su grupo de trabajo o directamente por la Junta Directiva. Su nombramiento será ratificado, en cualquier caso, por la Junta Directiva.
Son deberes de los CC:
- Ser los responsables de su comisión o campaña. Esto implica:
- Asegurarse de que todas las labores encomendadas a su comisión o campaña se realizan convenientemente.
- Si estas tareas no se pueden realizar por falta de miembros, el CC debe encargarse de buscar ayuda. Si aun así no se consigue, el CC es responsable de informar a la Junta Directiva de la imposibilidad de realizar estas tareas y de los intentos fallidos que haya realizado para encontrar voluntarios.
- Moderar la herramienta de comunicación (lista o herramienta equivalente) de su comisión o campaña y actualizar su sección en la página web de la Federación.
- Diseñar, con la colaboración de los miembros de su comisión o campaña y otras personas que pueda considerarse necesarias, los planes de actuación que correspondan a la actividad de su comisión o campaña, incluyendo en ellos una planificación temporal y de efectivos siempre que sea posible
- Publicitar las actividades de su comisión o campaña regularmente.
- Actuar como portavoces de su campaña o comisión. Esto implica:
- Resumir con cierta frecuencia el trabajo que la campaña o comisión ha realizado o no ha podido realizar, tanto para la página web estatal como para la Junta Directiva de la Federación. Este resumen se enviará a las listas estatales cada 1-6 meses.
- Responder a las preguntas que cualquier socio de Precarios formule y que atañan directamente a su comisión o campaña.
- Conocer en todo momento la composición de su comisión o campaña, y mantener el listado de miembros a disposición de los socios.
- Mantener una relación fluida con los representantes, con objeto de conseguir que en cada comisión de trabajo y campaña haya un número razonable de miembros de cada asociación.
- Estar disponible para acudir a las asambleas en caso de que se requiera su presencia. También debe informar a su campaña o comisión sobre los puntos acordados en la asamblea. Si el coordinador no puede ir a la asamblea, debe redactar el informe correspondiente sobre el punto para el que se le necesite, y enviar este informe a la Junta Directiva antes de la asamblea.
- Facilitar las tareas a la persona que les releve. Esto implica:
- Recordar a los miembros de la comisión o campaña, con cierta frecuencia, la composición de la misma, y las labores que cada miembro está llevando a cabo individualmente.
- Informar a los nuevos miembros de las labores que cada persona realiza y del modo de funcionamiento de la comisión.
Estos deberes implican los siguientes derechos:
- Los CC deben ser informados directamente por la JD de la celebración de asambleas, y de si se requiere o no su presencia.
- Deben poder participar en las discusiones que atañan al funcionamiento de su comisión o campaña.
III.B. El coordinador de coordinadores de comisiones y campañas
El Coordinador de Coordinadores de Comisiones y Campañas (C4) es un vocal de la Junta Directiva, encargado de la tarea de creación, coordinación y eliminación de comisiones de trabajo de la FJI-Precarios.
Son tareas del C4:
- Conocer en todo momento el nombre y dirección de contacto de los coordinadores de comisiones y campañas. Esta información debe estar a disposición de los socios de precarios, y en particular, en la página web índice de comisiones, de cuyo mantenimiento es responsable el C4.
- Asegurarse de que los coordinadores cumplen con sus funciones. En caso de reiterado incumplimiento, el C4 debe informar a la Junta Directiva para que tome las medidas oportunas y sustituya al coordinador en cuestión si lo considerase necesario.
- Organizar, junto con el secretario, la gestión de las listas de correo electrónico de la Federación.
- Enviar información a la lista info sobre la creación de campañas y la búsqueda de voluntarios para desarrollarlas.
III.C. Reglamento de las distintas comisiones y campañas de la FJI
Las comisiones de trabajo y las campañas funcionan de manera autónoma en el desarrollo de su labor, pero deben informar periódicamente de su actividad, como se explica anteriormente. Además, cuando se redacte una carta o documento público de cualquier tipo firmado en nombre de la FJI, la comisión o campaña debe, antes de darle uso, enviar un borrador a la lista estatal, para que se pueda discutir y hacerse las aportaciones o correcciones oportunas, al menos 48 horas antes de difundir el documento. Una vez obtenido el VºBº general, para lo que no se realizará una votación explícita salvo en caso de desacuerdo, se podrá proceder al envío o difusión de la carta o documento. Si por alguna circunstancia no fuera posible someter la carta o documento a esta revisión en la lista estatal, se hará en la lista de organización, y si aun esto no fuera posible, la carta o documento no deberá hacerse público sin la aprobación de al menos un miembro de la Junta Directiva de FJI. En los casos en los que no sea posible enviarlo a la lista estatal antes de la presentación externa, se enviará a dicha lista al mismo tiempo que al destinatario, o lo antes posible, así como una justificación de las causas que han obligado a esto.
NOTA: Con caracteres en cursiva y subrayado se encuentra la modificación aprobada en la Asamblea de Salamanca el sábado 7 de octubre de 2006.
Reglamento general de las Campañas
Una campaña debe crearse para tratar un tema concreto que sea transversal a la estructura de comisiones y asociaciones. Permite establecer unos objetivos claros con una planificación temporal que ayuda a que tanto hacia dentro como hacia fuera de la propia organización (FJI) se sepa en qué estamos trabajando prioritariamente en un momento determinado. Una campaña se abrirá con fecha de finalización prevista u objetivos que determinen su cierre, que podrán variar según el desarrollo de la misma.
a) Apertura
1. Mediante decisión en Asamblea o en la lista estatal se hará una propuesta argumentada que incluya un breve plan de trabajo esquemático de la necesidad de abrir una campaña de trabajo de la FJI y se consultará a los socios.
2. Si la propuesta despierta suficiente interés y al menos hay una persona encargada de dinamizarla (el coordinador de campaña) se procederá a su aprobación mediante los canales estipulados en la sección I.C , toma de decisiones, de este reglamento en los 3 a 10 días hábiles desde la propuesta inicial.
b) Diseño y espacio web
1. La campaña será diseñada entre todos sus miembros. El diseño consistirá en una planificación temporal de las tareas a desarrollar y las personas que se ocuparán de cada tarea y será de consulta pública. El plazo del periodo de diseño ocupará un máximo de 15 días hábiles desde la aprobación de la campaña.
2. La organización interna de la campaña (es decir, la manera de trabajar y de comunicarse de los miembros) será decisión de los participantes en la misma, pudiendo utilizar para ello cualquiera de las herramientas que la FJI proporciona (listas de correo, espacio propio en el tiki, foros, etc). Aunque estas directrices podrán variar en función de las necesidades de cada campaña, en un principio todas ellas deberán incluir en su planificación las siguientes tareas, a realizar en coordinación con las comisiones de la FJI:
a. Documentación de la campaña: personas encargadas de recopilar y resumir documentos útiles para los objetivos de la campaña (textos legales e informes tanto externos como internos).
b. Redacción de informes sobre la campaña (esta labor no tiene por qué estar desempeñada por los coordinadores)
c. Publicidad en los medios y entre los socios.
d. Elaboración del material divulgativo de la campaña (trípticos, carteles, charlas explicativas, vídeos…).
e. Preparación y asistencia a reuniones en caso de que fuesen necesarias.
f. Se reservará un pequeño espacio en la portada de la web para publicitar la campaña, especialmente en el periodo de búsqueda de voluntarios.
Además, será necesario espacio en la web para la información general de la campaña, documentos utilizados y generados, espacio para el calendario de la planificación y espacio reservado para conclusiones una vez finalizada la campaña.
c) Cierre
Corresponderá a la Asamblea General de la FJI la finalización de una campaña cuando sus objetivos se hayan conseguido o si no se producen avances en un periodo de tiempo razonable.
Reglamentos internos de las comisiones de la FJI
En este momento, existen una serie de comisiones de trabajo permanentes cuyos protocolos de actuación se esbozan a continuación.
Comisión Andalucía
Esta comisión se ha creado con objeto de coordinar las acciones de las asociaciones andaluzas miembros de la FJI. Son objetivos de la Comisión Andalucía:
- Dignificar la labor de los investigadores en Andalucía, luchando por la desaparición de las becas y su sustitución por contratos laborales y por la creación de una carrera investigadora a nivel andaluz.
- Crear una estructura similar a la de la FJI pero a nivel autonómico.
- Mantener un contacto directo y regular con las Instituciones y partidos políticos de Andalucía, con objeto de acelerar los avances de nuestra situación.
En la Comisión de Andalucía existen dos sistemas de distribución e intercambio de la información para la comunicación entre los miembros de la misma. El administrador de estos sistemas será el coordinador de la comisión y las personas en las que pudiese delegar. Estos sistemas deberán cumplir los requisitos de los sistemas de comunicación generales descritos en este reglamento (apartado II) y son:
- Lista abierta de Andalucía. Es un sistema abierto, entendiendo por tal que no habrá limitación a la participación en el mismo, sin menoscabo de la exigencia de un registro previo si así lo considerasen los administradores de esta lista.
- Lista de organización de Andalucía. Es un sistema cerrado, por tanto, la participación en el mismo estará restringida a los llamados “representantes” en la comisión. Los representantes estarán designados por las asociaciones locales, hasta un máximo de dos. En la lista de organización se debatirán cuestiones de organización o aquellos temas que se considere que no pueden hacerse públicos. En este último caso se procurará que la información relativa a dichos temas se haga llegar a la lista abierta lo antes posible. Corresponderá a los representantes en la lista de organización decidir cuándo y en qué manera dicha información es enviada a la lista abierta.
La toma de decisiones en la comisión de Andalucía, cuando sea necesario, se regirá por el siguiente protocolo:
1. El coordinador de la lista de Andalucía es quien dirige los debates y quien pone en marcha el protocolo de toma de decisiones ante cualquier tema que se esté discutiendo. Podrá delegar en un "responsable de tema" para cada asunto determinado, quien ejercerá las mismas funciones que el coordinador para el mismo. El coordinador podrá relevar al "responsable de tema" cuando lo considere necesario, asumiendo él mismo la responsabilidad o delegando nuevamente en otra persona.
2. Tras un tiempo mínimo de debate, el "responsable de tema" (coordinador o persona delegada) elaborará una propuesta y la publicará en la lista de Andalucía y en la lista de organización de Andalucía, indicando claramente en el título del mensaje "Atención repres". Los representantes deben someter dicha propuesta a votación en sus respectivas listas locales. El plazo máximo será de una semana, tanto para el debate en la lista de Andalucía como para que las asociaciones locales voten; teniendo siempre en cuenta la importancia y urgencia del tema a tratar.
3. Los representantes comunicarán el resultado de la votación de cada asociación local en la lista de Andalucía. Se contabilizarán los votos individuales de los socios que hayan votado (1persona/1 voto). El "responsable de tema" hará el recuento y proclamará la decisión de las asociaciones andaluzas.
4. Todas las asociaciones locales deberán ejecutar la decisión así acordada.
Comisión de Asesoramiento Jurídico
Son funciones de la Comisión Jurídica:
- Resolver, en la medida de lo posible, las consultas jurídicas, relacionadas con los jóvenes investigadores o su situación, hechas por los socios u otros órganos de la asociación.
- Asesorar, en la medida de lo posible, a los socios que estén llevando a cabo acciones jurídicas.
- Recopilar y mantener actualizadas todas las leyes y normas que se consideren de interés para el uso de Precarios.
- Colaborar con los abogados y otros profesionales competentes que representen a la FJI ante los tribunales.
Comisión de Asuntos Exteriores
Esta comisión coordina las relaciones de la FJI/Precarios con organizaciones de ámbito internacional. Actualmente, la comisión se encarga de la representación de FJI en asociaciones como Eurodoc o PI-Net, de las que es miembro FJI. Los representantes en dichas asociaciones deben informar de las actividades de las mismas a la FJI a través de la lista estatal.
Comisión Carrera Investigadora
Esta comisión se encarga de recoger ideas y puntos de vista de los miembros de la FJI sobre distintos aspectos de la carrera investigadora. El objetivo principal es clarificar los posicionamientos de Precarios en sus relaciones con las administraciones y con otros interlocutores sociales.
Comisión CSIC
La Comisión CSIC se encarga de coordinar las acciones de los jóvenes investigadores que trabajan en los distintos centros del CSIC, distribuidos por toda España, y de hacer un seguimiento de los problemas que van surgiendo. Es competencia de la Comisión CSIC:
- Luchar por mejorar la situación de los investigadores del CSIC, especialmente la de aquellos en fase inicial y perfeccionamiento, eliminando la precariedad por medio de la sustitución de becas por contratos laborales, su alta en la Seguridad Social, contratos adecuados, representación en los órganos de gobierno de los centros, etc.
- Intentar que exista un representante de investigadores en fase inicial por centro y que éste haga de enlace con la Comisión CSIC y por tanto, con la FJI/Precarios.
- Mantener un contacto directo y regular con los órganos de gobierno del CSIC, con objeto de acelerar los avances en nuestra situación. Para ello se colaborará con la Comisión de Instituciones de la FJI.
- Mantener contacto fluido con la FJI/Precarios y hacer circular la información de interés en ambos sentidos.
Comisión de Documentación
El propósito de la Comisión de Documentación es proporcionar a la FJI-Precarios información para poder conseguir sus fines, ya sea obteniéndola de fuentes disponibles o elaborándola. Aparte de las tareas permanentes de actualización, el principal cometido de la Comisión es despejar las incógnitas sobre asuntos concretos que la FJI-Precarios necesita conocer.
El orden de sucesos para que la Comisión acometa un proyecto de informe o de recopilación bibliográfica es:
- La FJI/Precarios, en Asamblea o a través de la lista de organización, encarga a la Comisión la obtención de una serie de datos para contestar a una pregunta concreta.
- La Comisión estudia la posibilidad de encontrar esa información ya disponible en internet u otro medio, o la posibilidad de contestarla con los medios de trabajo de la comisión.
- En caso de no poder contestar directamente a esa pregunta, la Comisión estudia la posibilidad de establecer algún otro indicador sobre el mismo asunto, con menor validez.
- El coordinador de la Comisión presenta este dictamen a la lista -org o a la Asamblea.
- Se decide en asamblea o en -org si se emprende el estudio o no, evaluando el coste en esfuerzo y la rentabilidad del resultado en cuanto al interés que pudiera despertar en nuestros interlocutores y a su impacto mediático. Se decide asimismo la prioridad que debe tener.
- La Comisión pondrá el estudio en el orden de prioridad requerido con respecto al resto de tareas de la comisión y proveerá de los medios personales en adecuación a esta prioridad.
Comisión de Jornadas
El propósito de la Comisión de Jornadas es organizar anualmente las jornadas de jóvenes investigadores, en nombre de la FJI-Precarios, por medio de las cuales se pretende hacer llegar a la sociedad los problemas que preocupan a la comunidad científica. La organización de dichas jornadas es asumida cada año por una de las asociaciones locales que forman parte de la FJI-Precarios.
Esta comisión se compone de uno o varios coordinadores, preferentemente de la asociación local que coordina el evento y de todos los voluntarios que participen en la organización, pertenecientes a la local organizadora u otros miembros de la FJI-Precarios.
Habitualmente esta comisión funciona por una división de subcomités (artístico, científico, financiero, logístico, web, burocrático…), organizados por coordinadores de comité que se encargan de los distintos apartados del evento y a los que coordinan el/los coordinadores de la Comisión Jornadas.
Son funciones de la Comisión de Jornadas:
- Coordinar la organización de las jornadas de jóvenes investigadores, manteniendo informada a la lista estatal de los progresos que se lleven a cabo, así como de las decisiones que se vayan a tomar, de forma que participe toda la FJI-Precarios, siempre que sea posible.
- Obtener financiación para la realización del evento: tanto por medio de subvenciones públicas, como con ayudas de empresas, universidades, centros de investigación, etc.
Las jornadas se realizarán en la ciudad donde se encuentra la asociación local que se encarga de la organización, por tanto deberán encargarse de buscar una ubicación adecuada, redactar un programa científico, ponerse en contacto con ponentes, reservar alojamiento para asistentes y ponentes, diseñar y encargar el merchandaising que se venderá durante las jornadas (cuyos beneficios irán a parar a la tesorería de quién haya financiado este merchandaising, ya sea la local organizadora del evento o la FJI/Precarios)… en general, todo lo necesario para la adecuada realización de este evento.
Comisión de Medios de Comunicación
La comisión de medios se compone de dos portavoces que representan a FJI ante los medios de comunicación y constituyen, junto a la JD, los interlocutores más adecuados de la organización; están acompañados de un rastreador de noticias, así como de un portavoz de cada una de las asociaciones federadas, que coordina a su vez un gabinete local de medios. Todos ellos estarán, obligatoriamente, suscritos a la lista estatal.
Los portavoces locales de medios tienen como función:
Tener una lista actualizada de los contactos con los medios locales. (nombre, e-mail, fax y teléfono del periodista a contactar). Esta lista se usará cuando se quiera difundir a la prensa alguna noticia.
Redactar notas de prensa o comunicados cada vez que se lleva a cabo alguna movilización o surge alguna noticia de interés a nivel estatal o local. Organizar ruedas de prensa cuando sea necesario.
Hacer un seguimiento de los medios locales y elaborar un dossier con la aparición de las noticias relacionadas con nuestra problemática.
La función de los portavoces de medios estatales es coordinar a los locales y llevar los contactos con los medios de difusión nacional, así como hacer un dossier de las apariciones en la prensa de tirada nacional. Este dossier se elaborará mediante una galería de noticias anual que se enlazará a la página wiki “Sala de prensa”. El rastreador se encargará de recoger todas las noticias generadas por la FJI, Eurodoc o las asociaciones locales, subiéndolas como archivo PDF a la galería del año correspondiente. Además, estos recortes, junto a cualquier otro relacionado con investigación, serán enviados al foro de medios. Los portavoces estatales enviarán a la lista estatal recopilaciones de varias noticias referidas al mismo tema que hayan aparecido en ese foro.
La redacción de un comunicado de prensa de la FJI-Precarios conlleva las siguientes etapas:
a) Los portavoces estatales buscan un voluntario versado o implicado en el tema para la redacción del comunicado y se fija un tiempo para elaborar el primer borrador de acuerdo con la urgencia del mismo; el responsable de la redacción o los portavoces suben el comunicado a la página wiki y envían un mensaje a la lista estatal de precarios anunciando el plazo público de revisión del mismo. Este mensaje incluirá como texto plano el propio comunicado. A la vez se pondrá en la wiki el plazo de revisión pública cuya duración no será nunca inferior a 24 horas. Aquellas personas que no tengan acceso a la web, se dirigirán por e-mail a los portavoces indicándoles sus sugerencias, que estos atenderán, incorporarán en el borrador de la wiki o, en el caso de que se trate de un cambio sustancial, señalarán en la pestaña de comentarios para atender a la opinión mayoritaria.
b) Durante el proceso de revisión pública del comunicado, el responsable de su redacción o en su defecto los portavoces seguirán los cambios que se sugieran e introduzcan en el comunicado, incluyendo o eliminando los oportunos para cuidar al máximo la redacción final del texto.
c) Terminada la revisión pública del comunicado, los portavoces bloquearán la página wiki, le darán el formato adecuado y lo enviarán como texto plano y adjunto a:
- la lista estatal para público conocimiento de la versión final del mismo y
- la lista de organización de precarios, en donde permanecerá al menos una mañana o una tarde, para su aprobación por la Junta Directiva. En el caso de que haya modificaciones en –org, el comunicado definitivo aprobado deberá volver a ser enviado a estatal indicando que se han hecho esos cambios.
La revisión del comunicado mediante la wiki se realizará teniendo en cuenta las siguientes condiciones:
Habrá que estar registrado en la página wiki de precarios para poder participar en la revisión pública del comunicado.
Antes de introducir ningún cambio en el texto del comunicado se debe ver la pestaña historial de la página wiki para comprobar los cambios realizados por los demás y respetarlos. En caso de no estar de acuerdo con alguna modificación, se indicará en la pestaña destinada a los comentarios y el autor del texto o el coordinador tomarán en cuenta las opiniones mayoritarias a la hora de decidir o no incorporar ese cambio.
Se usará la pestaña editar de la página wiki para introducir directamente pequeños cambios en el comunicado, explicando en el recuadro dedicado al resumen de la edición el porqué y cuáles han sido los cambios introducidos.
Para sugerir cambios de sentido, título, redacción de párrafos, etc, se hará mediante comentarios en la página wiki, tomándolos en consideración e incluyéndolos el responsable de la redacción del comunicado según proceda.
En caso de urgencia:
Se anuncia en la lista estatal que se va a mandar un comunicado urgente sobre el tema en cuestión.
Los portavoces estatales junto con los posibles voluntarios redactan el borrador de comunicado, que se enviará a la lista estatal.
Si se modifica sustancialmente el primer borrador, se intentará volver a enviar a la estatal antes que a los medios para poder ser corregido de nuevo. Tras el visto bueno de la JD, o de, como mínimo, uno de sus miembros, se enviará el comunicado a los medios.
Los comunicados son enviados por los portavoces estatales a la prensa de alcance nacional, y se instará a los portavoces locales a hacer lo propio con sus contactos. Finalmente los comunicados son enviados a la lista estatal y a la lista de anuncios, subidos como artículo a la portada y como archivo pdf a la galería de comunicados enlazada a la wiki “Sala de prensa”.
Comisión de Movilizaciones
Son funciones de la comisión de movilizaciones y proselitismo:
- Organizar actos públicos de protesta, tales como manifestaciones y concentraciones. Para ello, la Comisión:
- Distribuye consignas, piensa canciones, pinta pancartas, hace propaganda del acto en cuestión y, durante el acto, controla que nadie incumpla las directrices de la policía.
- Solicita permiso a Delegación de Gobierno para manifestarse. El permiso de manifestación debe pedirse presentando un escrito (o mandándolo por fax) a Delegación de Gobierno.
- Intentar averiguar dónde y cuándo van a tener lugar sucesos relacionados con la ciencia (con o sin presencia de autoridades político/científicas), tales como conferencias y seminarios, actos divulgativos, etc… para hacer acto de presencia lo más llamativo posible.
- Organizar charlas y actos informativos para dar a conocer la existencia, funcionamiento y objetivos de la FJI-Precarios o de la asociación en cuestión. Elaborar material propagandístico para su uso por las asociaciones.
- Coordinar las acciones reivindicativas y publicitarias de las distintas asociaciones miembro de la FJI.
Comisión Postdoc
La comisión postdoctoral se encarga específicamente de los temas relacionados con esta etapa de la carrera investigadora. Es un espacio de trabajo y reflexión con respecto a convocatorias postdoctorales públicas y privadas y colabora con otras comisiones en la aportación de comentarios, denuncias o el tratamiento de problemáticas relacionadas con ellas. Asimismo, pretende reunir y dar voz al personal investigador postdoctoral dentro de la FJI.
Comisión de Relaciones con las Instituciones
Son funciones de la Comisión de Contacto con las Instituciones:
- Coordinar la asistencia a las reuniones con distintas instituciones de ámbito estatal, así como los distintos contactos que se mantengan con las mismas.
- El mantenimiento y actualización de una lista de contactos con las Instituciones.
- Informar de la convocatoria de reuniones con instituciones en la lista precarios-estatal con la máxima antelación posible, con el fin de recoger sugerencias de los socios para el desarrollo de las mismas. Se debe indicar claramente hasta qué fecha y hora serán recogidas dichas sugerencias.
- Una vez celebrada la reunión, informar del transcurso de la misma, lo más detalladamente posible, en precarios-estatal.
Los representantes de las asociaciones federadas deben ponerse en contacto con esta comisión en el caso de que alguno de sus socios sea convocado a una reunión en cualquier punto de España, para que sea posible la coordinación de los contactos.
Comisión Web/Listas
Esta comisión se encarga del mantenimiento y creación de páginas web y listas de correo de la FJI, como se explica anteriormente. Su Coordinador, junto con sus colaboradores, es el responsable de actualizar y mantener dicha web y moderar las listas de correo electrónico estatales.
IV. Sobre la reprobación, moción de censura y confianza
IV.A. Sobre la reprobación
- La Asamblea General podrá reprobar a los cargos unipersonales de la FJI-precarios. A tal efecto se considerarán: presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, vocal, coordinador y representante, así como el resto de miembros de la Federación, ya sean miembros de comisiones o asociados que realicen alguna encomienda en su representación.
- En el periodo entre asambleas esta competencia la ejercerá la Junta Directiva previa discusión y votación en la lista de organización. A esta lista pertenecen los componentes de la Junta Directiva, los Representantes de la FJI y los Coordinadores de Comisiones, además de cualquier otra persona con autorización previa (Apartado II.C Reglamento)
- La petición de reprobación expresará las razones en que se funda, detallando exhaustivamente las causas que la originan, y deberá estar suscrita, al menos, por tres miembros para Comisiones o Listas de distribución compuestas por menos de 15 personas o por un tercio de los miembros de la lista de organización o de la Comisión a la que pertenezca, y en la que haya surgido la petición, para el resto
- Procedimiento para la reprobación.
1º) El procedimiento se inicia mediante la presentación de la petición, que se realizará mediante comunicación a:
(1) la lista de organización o de la Comisión, según su caso,
(2) el archivo de fichero de la lista correspondiente;
(3) cualquier miembro de la Junta Directiva,
(4) los peticionarios, y
(5) la persona objeto de reprobación.
2º) La propuesta ha de contener, como mínimo:
(1) Nombre y apellidos de la persona objeto de reprobación y, en su caso, comisión y/o asociación a la que pertenece.
(2) Nombre y apellidos de los peticionarios y asociación o comisión, en su caso, a la que pertenecen, confirmando su adhesión a la propuesta presentada.
(3) Nombre y apellidos del instructor suplente, así como la aceptación de dicha responsabilidad.
(4) Fundamentos de la reprobación y exposición exhaustiva de las causas que la motivan.
(5) Otras consideraciones que se estimen oportunas para su valoración.
3º) La Junta Directiva, delegará en una persona, ajena a los hechos que causan la reprobación, que será el instructor, y por tanto, el encargado de iniciar y garantizar el desarrollo del procedimiento. De no iniciarlo en el plazo estipulado en el apartado siguiente, quedará facultado para ello la persona que, en la propuesta, determinen los peticionarios de la reprobación.
4º) La Junta Directiva dispondrá de un plazo de entre 3 y 5 días hábiles para admitir a trámite la propuesta, debiendo comprobar:
(1) Los datos de la persona objeto de reprobación.
(2) La identidad y adhesión de los peticionarios de la reprobación.
(3) La aceptación de por parte del instructor suplente.
(4) Que la propuesta está fundamentada y que los hechos descritos son objeto de reprobación.
(5) Que tiene el número de peticionarios necesario para incoar el procedimiento, y
(6) Que se ha presentado y contiene los requisitos conforme a los apartados anteriores.
5º) La Junta Directiva informará, dentro del plazo de previsto, mediante comunicación escrita a
(1) la lista de organización o de la Comisión, según su caso,
(2) el archivo de fichero de la lista correspondiente;
(3) los peticionarios, y
(4) la persona objeto de reprobación; de la admisión o rechazo a trámite de la propuesta, las causas que la originan y quien ostentará las funciones de instructor.
Asimismo, presentará el calendario del procedimiento, con fechas y plazos máximos y mínimos, en caso de admitirse a trámite.
6º) Tras la aceptación a trámite, la persona objeto de reprobación dispondrá de un plazo de entre 3 y 5 días hábiles para remitir un informe completo y detallado contraargumentando la petición de reprobación, a
(1) el instructor,
(2) la lista de organización o de la Comisión, según su caso,
(3) el archivo de fichero de la lista correspondiente, y
(4) los peticionarios.
7º) Tras la remisión del informe de réplica, el instructor dispone de un plazo de entre 15 y 20 días hábiles para emitir un informe a
(1) la lista de la organización o de la Comisión, según corresponda,
(2) el archivo de ficheros de la lista correspondiente,
(3) los peticionarios, y
(4) la persona objeto de reprobación; con una descripción de los hechos, su valoración personal y, en su caso, las medidas a tomar,
8º) Tras el informe del instructor, los miembros de la lista de organización de la Comisión, según su caso, podrán realizar, en un único turno, las cuestiones que estimen oportunas durante el plazo de 5 días hábiles, tras los cuales, los peticionarios -en primer lugar y durante las primeras 48 horas-, y la persona objeto de reprobación -en segundo y último lugar a las 48 horas siguientes de la intervención de los peticionarios-, tendrán derecho a contestar en un único turno.
9º) Con la exposición final de la persona objeto de reprobación finaliza el procedimiento, iniciándose el período de votación al día hábil siguiente.
10º) Durante el transcurso del procedimiento de reprobación, los miembros de la lista de organización o Comisión, según sea el caso, se abstendrán de realizar comentarios al respecto fuera del turno habilitado para ello, sólo el instructor tiene facultad para intervenir. - Finalizado el procedimiento descrito en el punto anterior se procederá a la votación, para lo cual se disponen de 2 días hábiles
- Para la reprobación los miembros afectados, peticionarios y persona objeto de la reprobación, no tendrán derecho a voto.
- Finalizado el plazo para la votación, el instructor informará del resultado de la misma.
- Para que prospere la reprobación deberá ser aprobada por la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos.
- Para considerar válidamente realizada la votación, será necesaria la participación de la mayoría de los miembros de la lista de organización o Comisión, según sea el caso. En caso contrario, se considerará que la reprobación no ha prosperado.
- De prosperar la reprobación, la Junta Directiva cesará en su mandato a los cargos unipersonales proponiendo sustituto.
- En caso de que la persona objeto de reprobación sea un Representante, la Junta Directiva pondrá en conocimiento de la correspondiente Asociación conminándola a ejecutar la reprobación mediante la sustitución o no y, en su caso, su sustitución como Representante. La junta Directiva de la Asociación responderá en el plazo de 15 días con las medidas tomadas y su razonamiento. En caso de que persista su actitud o exista dejadez por parte de la Asociación, se entenderá que es la propia Asociación quien perjudica los intereses de la Federación y se tomarán medidas para su expulsión
- Los proponentes sólo podrán plantear la reprobación de una misma persona durante el curso académico, de septiembre a junio.
- En cualquier caso, y dependiendo de la gravedad, en atribución de sus funciones, la Junta Directiva podrá tomar decisiones o medidas cautelares que eviten la perpetuación de situaciones insostenibles o irremediables. Entre dichas medidas se considerará el cese temporal de las funciones de los implicados. Siempre que sea posible, la Junta Directiva podrá realizar una consulta informativa, y en cualquier caso, informará a la lista de organización o de Comisión, según corresponda, de las decisiones que tome a este respecto.
IV.B. Sobre la moción de censura y la cuestión de la confianza
1. Sobre la Cuestión de Confianza
- La Junta Directiva en Pleno, o cualquier cargo unipersonal: presidente, vicepresidente, tesorero, secretario, vocal, coordinador, así como cualquier persona comisionada por la FJI; podrán someterse voluntariamente, cuando se den las circunstancias que así lo recomienden, al voto de confianza de la lista de organización, de la Comisión a la que pertenezca, en el caso de los coordinadores y comisionados.
- Desde el momento de la presentación, se iniciará un plazo de 5 días hábiles, en el que los miembros lista de organización o, en su caso, de la Comisión de que se trate, realicen las cuestiones que estimen oportunas respecto a la cuestión planteada en un único turno para cada miembro de la lista, a excepción del cuestionado. A los efectos se considerarán hábiles los días de lunes a viernes no festivos de carácter nacional.
- Una vez finalizado el plazo anterior, el cuestionado tendrá la potestad de contestar a las preguntas, sin derecho a réplica, y, posteriormente, se procederá a la votación.
- Los miembros cuestionados no dispondrá de derecho a voto.
- La confianza se entenderá otorgada cuando obtenga la mayoría simple de los miembros de la lista de organización o de la Comisión.
- La no superación de la cuestión de confianza tendrá los efectos de la reprobación y conllevará el cese automático de la Junta Directiva en Pleno o del cargo sometido a la misma.
- La Junta Directiva en Pleno, o los cargos unipersonales que la componen: presidente, vicepresidente, tesorero, secretario o vocal; también podrán someterse a Cuestión de Confianza en Asamblea General Ordinaria
2. Sobre la Moción de Censura.
- La Asamblea General Extraordinaria podrá acordar el cese de la Junta Directiva en Pleno y el nombramiento de los candidatos alternativos mediante la adopción de una moción de censura.
- La petición deberá ser suscrita, al menos, por un tercio de los miembros de la Asamblea General Extraordinaria con derecho a voto, expresando con claridad las razones en que se funde y proponiendo candidatos alternativos a todos los cargos de la Junta Directiva. Dichos candidatos deberán acreditar su conformidad y adjuntar un programa de trabajo.
- Presentada la petición, el Presidente tendrá que convocar Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el plazo máximo de dos meses, que tendrá como único punto del orden del día la Moción de Censura.
- Para que prospere la moción de censura deberá ser respaldada por mayoría de más 2/3 de los votos asistentes de la Asamblea General Extraordinaria.
- Para la Moción de Censura, tanto los promotores firmantes de la moción como los integrantes de la Junta Directiva cuestionada, no tendrán derecho a voto.
- De prosperar la moción de censura, la Junta Directiva censurada será reemplazada por los candidatos propuestos.
- Los proponentes no podrán plantear más de una moción de censura durante el mismo curso académico, de septiembre a junio. A los efectos del apartado 3º, no computarán los meses de julio y agosto.
Este reglamento queda abierto tanto a la inclusión de nuevas comisiones como a la disolución de comisiones aquí señaladas, en caso de darse por concluida su actividad.
Procedimiento de modificación del Reglamento
Este reglamento es un documento abierto que debe poder recoger nuevas normas o modificar las existentes para adaptarse a las distintas situaciones y contextos que experimente la FJI en el futuro. El procedimiento para cambiar el reglamento es el siguiente:
- La Junta Directiva, los coordinadores de las comisiones y cualquier asociación a través de sus representantes puede proponer cambios al presente reglamento.
- La propuesta es discutida en la lista de correo estatal.
- La propuesta se vota en asamblea presencial mediante voto ponderado de los representantes.
- Es necesaria una mayoría simple de los votos emitidos para que la propuesta de modificación sea aceptada.
Los miembros de la JD, las asociaciones locales a través de sus representantes o los coordinadores de comisión, podrán proponer la realización de pruebas para modificar aspectos de funcionamiento y organización de la FJI. La propuesta se realizará en la lista estatal, donde deberá ser sometida a la opinión de los miembros de la Federación. Las propuestas consensuadas (o acordadas por los procedimientos de decisión existentes en la FJI) gozarán de flexibilidad en el cumplimiento de aspectos concretos del Reglamento, con el fin de que se ajuste su funcionamiento y su utilidad sea comprobada. En su caso, estas modificaciones del funcionamiento de la Federación se incorporarán al Reglamento siguiendo el procedimiento establecido.
Este reglamento incluye las modificaciones acordadas respecto al punto III C en la Asamblea General de 7 de octubre de 2006 y ratificadas en la de marzo de 2007.
Este reglamento incluye las modificaciones aprobadas en la Asamblea General de 4-5 de octubre de 2008 en Córdoba.