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Duda sobre lo que se considera realiar una estancia sin interrupción

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Si alguien está realizando una estancia financiada por el Ministerio, y en las condiciones de la estancia se indica que se deberá realizar sin interrupciones, ¿se considera que se interrumpe la estancia si los fines de semana se va uno a su casa?. Es decir, sería estar de lunes a viernes en el centro receptor en el horario estipulado con el grupo receptor, y el viernes por la tarde viajar a España, volviendo al lugar donde se realiza la estancia el domingo por la noche.
No sé si alguien ha estado en una situación similar. En mi caso voy a estar en un lugar al que es muy económico viajar.
Saludos.

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Yo creo q viajar el fin de semana, vayas dónde vayas, no es interrumpir la estancia. De todas formas, en cuanto a los gastos de desplazamiento el ministerio sólo cubre el primer trayecto de ida y el último de vuelta y siempre que lo justifiques adecuadamente, los desplazamientos que hagas durante la estancia los tendrás que pagar tú.

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Sally wrote:
Yo creo q viajar el fin de semana, vayas dónde vayas, no es interrumpir la estancia. De todas formas, en cuanto a los gastos de desplazamiento el ministerio sólo cubre el primer trayecto de ida y el último de vuelta y siempre que lo justifiques adecuadamente, los desplazamientos que hagas durante la estancia los tendrás que pagar tú.


Sí, es lo que pensaba. Gracias por la respuesta.

mensajes: 476
Yo he estado de estancia entre octubre y marzo, y en navidad volvi a casa una semana y pico y además también he pasado un par de fines de semana en casa. Y eso se ha considerado una estancia sin interrupción, obivimente, como comentan, todo corre de tu cuenta.

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