Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre
Tengo varias preguntas en cuanto a este Real Decreto,
PRIMERA PREGUNTA:
He disfrutado de una beca de investigación concedida por una entidad privada durante los años 2009 y 2010.
Estoy leyendo este Real Decreto y pone el siguiente párrafo:
"2. Se entenderán incluidas en el apartado anterior aquellas personas que hubieran participado en programas de formación de naturaleza investigadora, siempre que tal participación haya tenido lugar con anterioridad al 4 de noviembre de 2003, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 1326/2003, de 24 de octubre, por el que se aprobó el Estatuto del becario de investigación, o, en su caso, a la fecha de inscripción de programas en el Registro de becas a que se refiere la disposición transitoria única del citado real decreto."
Entonces en mi caso, ¿no podría suscribir el convenio especial que posibilite el cómputo de cotización por los períodos de formación realizados?
SEGUNDA PREGUNTA:
¿Cuánto habría que pagar por cotizar? Según he escuchado sería la base de cotización (aprox. 750 euros) x 28% %0.77 = 162 euros por mes.
Me interesa cotizar porque me contaría como mérito en unas oposiciones. Sin embargo, la beca sería como periodo formativo y, según me han explicado, es probable que no compute como mérito.
Gracias