¡¡ENTREGA de documentacion de la posdoc¡¡: What the Hell??
Por gfavor haber si nos aclaramos o alguien me lo aclara, porque la peña esta diciendo cosas que no he leido en el BOE:
SEgun el rumor de algunos, hablan deseperadamente de enviear la documentacion por correo urgente, certificado y no se que otras historias mas.
Segun lo que yo he leido, y mira que lo he leido varias veces, la documentacion se puede entregar por los siguientes medios: cito textualmente del BOE:
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Lugar de entrega:
Por cualquiera de los procedimientos previstos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Oficinas de Correos, Oficinas de Registro de los Departamentos Ministeriales, Delegaciones de Gobierno, etc).
Para enviar la solicitud desde el extranjero los registros válidos son las Embajadas y Oficinas Consulares"
Por favor, me quiere alguien decir de donde salio lo del correo urgente certificado y no se que otras historias?
Segun lo antes mencionado(extraido del BOE), puedo ir a mi delegacionnd gobierno mas proxima, y mejor aun hacer entrega por ventanilla, asi es mas seguro y mas rapido, este es uno de los objetivos de la modernizacion de la administracion ......
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Confirmen o desmientan lo antes dicho