Publicado por felipebastida en 13/03/07 22:44h Hola que tal? yo tengo una duda con resspecto al billete de avion de vuelta en la estancia. Si yo termino la estancia el 7 de agosto, puede volver después? Es decir, mi fecha de estancia terminaría el 7 de agosto, umpliendo los días que puse en la solicitud, pero puedo tomar el avion de vuelta el 15 de agosto? Es para pegarme unas vacaciones, jajajaa. Un saludo
Publicado por Maria en 14/03/07 11:25h mensajes: 40 ☆ ☆ ☆ claro q t puedes volver dp, pero no te lo pagaran
Publicado por Gabriel en 14/03/07 15:08h mensajes: 164 ☆ ☆ ☆ Creo que María se refiere a que no te pagarán la semana que estés allí (lógicamente), pero sí el viaje. Corregidme si me equivoco.
Publicado por alberto18 en 14/03/07 18:44h mensajes: 69 ☆ ☆ ☆ Cuidadín precario¡¡ El Mec autoriza dos días más de las fechas del certificado para Europa y cuatro para el resto del mundo. O sea que va a ser que no.
Publicado por Gabriel en 14/03/07 22:46h mensajes: 164 ☆ ☆ ☆ Alberto, ¿dónde puedo encontrar esa información? He leído la convocatoria de becas FPU y sólo prevee problemas en el caso en que la estancia dure menos de lo estipulado en la solicitud.
Publicado por Maria en 20/03/07 11:16h mensajes: 40 ☆ ☆ ☆ yo creo que no ponen límite hace dos años estuve en Inglaterra y estuve 15 días mas haciendo turismo y sí q me pagaron el viaje de vuelta pero no esos 15 días. Nadie me puso ningún problema. Eso sí, tienes 20 días desde el día en q finaliza tu estancia breve para presentar la memoria en la universidad