¿EPIF o ESTATUTO DEL TRABAJADOR?
Hola, soy una becaria predoc que está a punto de pasar del periodo de beca al de contrato. Tengo una beca de la Consejería de Educación y Ciencia de Castilla La-Mancha acogida al EPIF. En el EPIF se especifica que el tipo de contrato será en prácticas. Sin embargo, en el Estatuto del Trabajador, en la parte referente a contratos en prácticas (art.11), se especifica que sólo se puede contratar en prácticas hasta 4 años después de concluída una titulación. Yo ya hace más de cuatro años que acabé la carrera y me gustaría saber si estaría en posición de pedir a mi Universidad un contrato por obra y servicio. He observado que en el mismo EPIF hay un parrafo que te remite al Estatuto del Trabajador. ¿Conocéis de algún caso como el mio? ¿De nuevo somos la excepción que confirma la regla?
Un saludo,
MªCarmen Serrano Pérez
PhD UCLM