Estancias breves FPI Publicado por pogopin en 27/11/08 10:11h mensajes: 10 ☆ ☆ ☆ Alguien sabe algo sobre la resolución de las Estancias breves FPI para 2009??
Publicado por solero en 27/11/08 12:06h mensajes: 6 ☆ ☆ Hola, tengo un problema con la resolución de las Estancias Breves de la FPI. He solicitado irme a Australia de enero a abril. Necesito un visado en el que se solicita tener un seguro médico y legal que el Ministerio concede una vez se haya resuelto la ayuda. Llamé al Ministerio y me dijeron que este año iban más retrasados que el pasado y que se resolvería en enero. así que no puedo tener el visado, porque no tengo el seguro, y no puedo comprar el billete aunque sea costeándomelo yo en un principio, y los precios suben y suben...tanto que se sale de los 1200 euros que da el Ministerio. ¿¿Alguien sabe cómo puedo conseguir el seguro, o cómo solucionar esto?? Graciassss*
Publicado por Kangaroo en 27/11/08 16:20h mensajes: 26 ☆ ☆ ☆ Hola Solero estoy en la misma situación que tú, yo me voy de enero a julio y tengo el visado parado a espera de almenos la resolución provisional, ya que con ésta podremos gestionar algo, pero de momoento estoy parado con este tema. Creo que la provisional está a punto de salir asi que a ver que pasa. Por cierto, donde vas de Australia??
Publicado por Iridium77 en 28/11/08 09:13h mensajes: 22 ☆ ☆ ☆ Hola Y yo estoy en la misma situación. Me voy a Australia en Febrero =). En el ministerio me dijeron que la resolución provisional saldrá en noviembre-diciembre. Y la final saldrá en marzo-abril. Así que me temo que el seguro médico lo tendremos que comprar nosotros en alguna companía privada...
Publicado por solero en 28/11/08 09:50h mensajes: 6 ☆ ☆ Y si nosotros compramos el seguro, luego nos lo pagan? o no? porque al final vamos a estar pagando por irnos de estancia (el seguro, el visado, el extra del viaje...y además, todo por anticipado)...supongo que esto habrá ocurrido en otras ocasiones y que de alguna manera se ha solucionado, no? y si no, es posible cambiar las fechas de la estancia? yo me voy a canberra.
Publicado por Iridium77 en 28/11/08 10:25h mensajes: 22 ☆ ☆ ☆ No sé de verdad que es lo que pasará con el seguro... En la embajada de Australia ya me dijeron que no me pueden emitir el visado sin algún típo de comprobante del seguro médico. Y el Misitrerio me dijo que no me podían dar nada antes de que haya salido la resolución final. Como me han explicado, no nos pagaran nada antes de la fecha de la salida de la resolución final. Despues de ella si que nos darán toda la cantidad de dinero a la vez por transferencia bancaria. P.S. I'm going to Sydney.
Publicado por roger9_79 en 15/01/09 14:16h mensajes: 1 ☆ pogopin wrote: Alguien sabe algo sobre la resolución de las Estancias breves FPI para 2009?? Hola! Pedí una fecha aproximada para la resolución definitiva de las estancias breves y, sin ganas de aguar la fiesta, me han respondido "mediados de FEBRERO". Lo he leído 20 veces para asegurarme que no era un error...Yo tenía que haber salido el lunes para Francia...
Publicado por nachoja en 15/01/09 17:16h mensajes: 6 ☆ ☆ Hola, acabo de recibir este correo electronico del ministerio, lo copio tal cual: Me dirijo a Ud. como solicitante de una ayuda FPI complementaria para realizar Estancias breves durante 2009 para comentarle algunos aspectos que están originando reiteradas preguntas al respecto. SITUACIÓN ACTUAL DE LA RESOLUCION: Se ha terminado el examen de las alegaciones y se va a elaborar la propuesta definitiva que debe ser fiscalizada (autorizar el gasto) antes de la firma de la Resolución de concesión (lista definitiva). RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN: Esperamos que se publique en la web en la segunda quincena de febrero. PAGO: los centros deben “anticipar” los fondos a los perceptores si bien este deber no entra en vigor hasta la firma de la Resolución de concesión; pero tampoco se prohíbe que el CENTRO anticipe los fondos antes de este hecho. Es frecuente que los centros no anticipen la totalidad de los fondos sino un porcentaje, en torno al 80%, y regularizar el pago a la vuelta de la estancia. FECHAS INICIO-FIN: Pueden alterarse libremente dentro del año sin necesidad de pedir permiso al Ministerio. FECHA TOPE: Solo afecta a quienes finalizan su Ayuda FPI en este año, en el sentido de que su estancia no puede terminar después de la fecha indicada en la propuesta de concesión. MODIFICACIÓN DE LOS TÉMINOS DE LA ESTANCIA: En casos excepcionales y debidamente justificados se podrá autorizar el cambio de alguno o varios elementos de la estancia a petición razonada del interesado y con el VBº de su Director. CAMBIO DE CENTRO PERO NO DE PAÍS: no requerirá autorización expresa, bastará con presentar la notificación para que se suponga la concesión. CAMBIO DE CENTRO Y PAÍS: requerirá autorización expresa del Ministerio y en ningún caso supondrá incremento de la cantidad inicialmente concedida. ACORTAR LA DURACIÓN DE LA ESTANCIA: supondrá el reintegro de las cantidades correspondientes a los días de no permanencia en el centro receptor. INCREMENTAR LA ESTANCIA: requerirá autorización expresa del Ministerio, la cantidad inicial no se incrementará y, cuando se trate de países no comunitarios, conllevará la obligación del interesado de suscribir a título particular una póliza de asistencia médica y de accidentes. VISADOS: En algunos casos es necesario tramitar el visado antes de iniciar la estancia y para ello se requiere un certificado expedido por el Ministerio en el que se indique que el interesado dispone de unos fondos suficientes así como una póliza de seguro de asistencia médica y de accidentes. Las estancias de mas de tres meses en EE.UU. Canadá y Australia suelen exigir este requisito pero pueden darse otros casos. Si necesita este documento puede solicitarlo por correo electrónico indicando en el asunto “ESTANCIAS BREVES 2009 visado” y enviarlo a la dirección:becas.fpi@micinn.es POLIZA DE SEGURO: A) PAÍSES DE LA UE: en su momento recibirán una carta del Ministerio cuyo contenido copio a continuación (quienes comienzan la estancia en enero o febrero ya han debido recibirla). Para cualquier aclaración sobre el tema póngase en contacto con: Carmen Fernández, en el teléfono 91 603 79 30 o mail carmen.fernandez en micinn.es ó con Antonia Martín, teléfono 91 603 77 90 o mail antonia.martín@micinn.es PAISES EXTRACOMUNITARIOS: El Ministerio YA ha comunicado a la compañía aseguradora los nombres de los interesados, cuando salga la lista definitiva se harán los ajustes oportunos. No debe esperar ninguna comunicación personal pero si necesita alguna aclaración puede dirigirse a la empresa aseguradora MERCER por lo siguientes medios: Teléfono 91 3 44 95 50. Correo electrónico: becarios.mec en mercer.com JUSTIFICANTES: Al volver de la estancia Ud. deberá presentar en su centro el certificado de estancia firmado por su director en el centro de acogida y una memoria sobre la labor realizada según los modelos que figuran en el cuaderno de documentos. ADEMÁS deberá entregar los documentos que le requiera su centro (billetes de viaje, formularios del propio centro, etc) BENEFICIARIOS: Aunque las estancias son un medio para facilitar la formación de los científicos en formación, formalmente los “BENEFICIARIOS” no son ellos sino los centros que son quienes reciben directamente el dinero desde el Ministerio por lo que los centros deben conservar, para cuando sean auditados, los certificados de estancia, billetes de viaje etc. aportados por quienes han realizado la estancia. La justificación que deben hacer los centros ( no los particulares) es lo que se regula en el punto II-14-20 de la resolución de convocatoria. Muchas gracias, para cualquier aclaración al respecto no dude ponerse en contacto con nosotros en: becasfpi en micinn.es