Salario POP con FPU
Hola a todos!
Tengo una beca FPU de la convocatoria 2019 (donde ya se incluía la opción de pasar al POP si presentabas antes de comenzar la última anualidad). En mi caso esta anualidad comenzaba el día 18 de junio (estuve unos meses antes de comenzar la FPU con otra beca), así que he defendido ya mi tesis y se me ha dado la posibilidad de cambiar a postdoctoral.
El problema que me he encontrado es que en mi convocatoria ponía "2. Los contratos para el POP deberán ser a tiempo completo, y tener una duración máxima de un año, se autorizarán por orden de presentación a través de la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Universidades e Investigación. La retribución salarial mínima que deberán recibir los investigadores durante este periodo, que se deberá indicar en cada contrato, será de 28.640,91 euros brutos anuales.".
Sin embargo, en la guía para beneficiarios actualizada el año pasado pone: "En la convocatoria FPU 2019 y posteriores, los beneficiarios pueden seguir recibiendo la ayuda una vez leída la tesis si dicha lectura se ha producido antes del último año de contrato y en ese periodo se ha llevado a cabo un mínimo de 90 horas de colaboración en tareas docentes. •El contrato POP tendrá un año de duración y un salario bruto mínimo de 21.599,52 € para la convocatoria 2019 y de 21.758,16 € para la convocatoria 2020".
En mi universidad han cogido la versión más nueva, es decir, la que el salario es más bajo. ¿Puede el ministerio cambiarme las condiciones cuando en la convocatoria ponía otra cosa? Yo firmé con esas condiciones, ¿hasta qué punto es legal esto?
No sé a quién consultarlo y si la diferencia fuese de 100 euros pues no diría nada, pero es mucha diferencia de sueldo. Igual alguien sabe si es legal o qué puedo hacer en caso de que no lo sea. Me han amargado el cambio al POP, con lo contenta que estaba yo al haber defendido
Muchas gracias!