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Convocatorias Postdocs

Convocatorias Postdocs


ryc

Ajuste salario RyC

mensajes: 4
Hola a todos. Hoy he estado hablando con una amiga que ha obtenido un contrato Ramón y Cajal en la última convocatoria y que se incoporará a mi misma universidad, pero en otra facultad. Comentando detalles, me he enterado de que los Cajales de esta convocatoria tienen un salario mayor que el que tenemos los de convocatoria anteriores, de casi 2.000 euros más al año. Es la primera noticia que tengo y en mi universidad no han dicho ni mu de que vayan a subirnos el sueldo a los Cajales que ya estamos, por lo que podrían tener a investigadores de la misma categoría trabajando por sueldos distintos. ¿No es obligatorio por la Ley de Ciencia que la retribuciones del personal investigador que realice actividades análogas sea igual? ¿Alguien tiene más información al respecto? ¡Gracias!
mensajes: 130

Muchas gracias por tu respuesta, voy directamente a leer la guia!

PacoPH wrote:

Hola,

Este caso que mencionas también se da en la Universidad de Valencia donde estoy yo y donde los contratados por el plan regional "GenT", con competencias similares tienen sueldos (mucho) más altos. Y me temo que se dará en otras comunidades donde los planes regionales oferten postdocs con mayor dotacion que los nacionales... Un compañero de aquí de la FJI tuvo una situación similar en el País Vasco donde con su JdC-F ganaba menos que el "equivalente" (no se que nombre tenía la ayuda) regional y lo habló con su vicerrectorado y un sindicato y consiguió que le equiparasen el sueldo. Eso se cuenta en la guía que hay en esta web mismo: http://precarios.org/Gu%C3%ADas

Puedes, por iniciativa propia, escribirle a tu rectorado o vicerrectorado de investigación y decirles "oye, aquí está esta desigualdad que además es contraria a la Ley" y a ver si "por las buenas" os suben el sueldo a los RyCs equiparándoos a los de la comunidad de madrid. Eso sería lo más "fácil" e indoloro y la experiencia del País Vasco muestra que es posible...

Pero también es posible que os digan que no y que haya que pelearlo más. Yo aquí en Valencia, con un sindicato, estoy intentando mover este asunto pero no es fácil... Cuando te pones a indagar un poco hay tropecientos postdocs con tropecientos salarios distintos... Un RyC no debería cobrar menos que un GenT (o un loquesea de la comunidad de Madrid)... pero es que también deberíamos decir que un "Marie Curie" con pocos o ningun año de postdoc no debería cobrar más que un RyC! Y claro, se hace dificil establecer categorías y sueldos medianamente objetivos pero eso es por lo que hay que luchar, porque todos las figuras contractuales estén recogidas en un convenio colectivo y en unas tablas salariales públicas. Y que la equiparación siempre sea por arriba, claro. Ya te digo que aquí en Valencia estamos intentando sacarlo adelante pero andamos algo "enfangados" en el tema...

No sé si esta respuesta te ayuda, pero sería interesante que nos siguiésemos teniendo al corriente. Y consulta la guía ;)

Un saludo,
Paco.

mensajes: 18

Hola,

Este caso que mencionas también se da en la Universidad de Valencia donde estoy yo y donde los contratados por el plan regional "GenT", con competencias similares tienen sueldos (mucho) más altos. Y me temo que se dará en otras comunidades donde los planes regionales oferten postdocs con mayor dotacion que los nacionales... Un compañero de aquí de la FJI tuvo una situación similar en el País Vasco donde con su JdC-F ganaba menos que el "equivalente" (no se que nombre tenía la ayuda) regional y lo habló con su vicerrectorado y un sindicato y consiguió que le equiparasen el sueldo. Eso se cuenta en la guía que hay en esta web mismo: http://precarios.org/Gu%C3%ADas

Puedes, por iniciativa propia, escribirle a tu rectorado o vicerrectorado de investigación y decirles "oye, aquí está esta desigualdad que además es contraria a la Ley" y a ver si "por las buenas" os suben el sueldo a los RyCs equiparándoos a los de la comunidad de madrid. Eso sería lo más "fácil" e indoloro y la experiencia del País Vasco muestra que es posible...

Pero también es posible que os digan que no y que haya que pelearlo más. Yo aquí en Valencia, con un sindicato, estoy intentando mover este asunto pero no es fácil... Cuando te pones a indagar un poco hay tropecientos postdocs con tropecientos salarios distintos... Un RyC no debería cobrar menos que un GenT (o un loquesea de la comunidad de Madrid)... pero es que también deberíamos decir que un "Marie Curie" con pocos o ningun año de postdoc no debería cobrar más que un RyC! Y claro, se hace dificil establecer categorías y sueldos medianamente objetivos pero eso es por lo que hay que luchar, porque todos las figuras contractuales estén recogidas en un convenio colectivo y en unas tablas salariales públicas. Y que la equiparación siempre sea por arriba, claro. Ya te digo que aquí en Valencia estamos intentando sacarlo adelante pero andamos algo "enfangados" en el tema...

No sé si esta respuesta te ayuda, pero sería interesante que nos siguiésemos teniendo al corriente. Y consulta la guía ;)

Un saludo,
Paco.

Doctorita wrote:

Al hilo de estas conversaciones me surge una duda: muchos RyC tenemos un contrato de Acceso Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación. Según el Artículo 22. Contrato de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, apartado d) La retribución de este contrato no podrá ser inferior a la que corresponda al personal investigador que realice actividades análogas.

En mi departamento hay una persona con un contrato del programa de atracción de talento de la Comunidad de Madrid (Modalidad 1) cuyo salario es muy superior al del Cajal pero que las funciones que hace son exactamente iguales.

Se podría exigir a la universidad que equipare salarios?

mensajes: 130

Al hilo de estas conversaciones me surge una duda: muchos RyC tenemos un contrato de Acceso Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación. Según el Artículo 22. Contrato de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, apartado d) La retribución de este contrato no podrá ser inferior a la que corresponda al personal investigador que realice actividades análogas.

En mi departamento hay una persona con un contrato del programa de atracción de talento de la Comunidad de Madrid (Modalidad 1) cuyo salario es muy superior al del Cajal pero que las funciones que hace son exactamente iguales.

Se podría exigir a la universidad que equipare salarios?

mensajes: 592
Un contrato por obra y servicio sí que genera una indemnización. Por prácticas o acceso a ciencia, no. Pero si te "renuevan" con un contrato interino indefinido (lo normal tras un RyC) no cobras la indemnización. Yo no me haría ilusiones con cobrar una indemnización "extra" pero si lleva, bienvenida sea.
mensajes: 18

Hola,

Lo primero, perdona por la tardanza en la respuesta. No tenía "ticada" la casilla de "envíame un mensaje de correo-e cuando alguien responda" así que no me he enterado hasta ahora que me he metido por casualidad...

Preguntas que si los cajales tenemos derecho a esa indemnización... Como en todo, me puedo equivocar pero creo que lo importante no es si eres "cajal" o "juan de la cierva" o contratado a cargo de un proyecto de otro IP o... lo que sea. Lo importante es qué tipo de contrato tienes, si es un contrato de acceso al SECTI, un contrato de obra y servicio u otro. Con el contrato de acceso al SECTI creo que no se tiene derecho a indemnización por final de contrato (si alguien que haya acabado un contrato de este tipo puede confirmarlo, mejor), lo cual es escandaloso. Pero con un contrato de obra y servicio si (que es lo normal).

En mi caso tuve un contrato por obra y servicio en la universidad de valencia cuando conseguí la ayuda Marie-Curie. Ese contrato se me acabó un 25 de febrero y ya tenía otro firmado para empezar el 1 de marzo (la Universidad no quería que empezara el 26 de febrero por algun motivo... les parecía más facil que fuera el 1 del mes). Y sí, cobré la indemnización por final de contrato que fue un buen dinero... ahora mismo no recuerdo pero creo que unos 3000 euros extra o así. Deben ser 12 días por año trabajado, osea que cada 2 años una mensualidad, más o menos. Fíjate si son 5 años de RyC... pues el último mes deberías cobrar como 3,5 meses de golpe (tu mes normal + la indemnización).

Pregunta en tu universidad para que te lo confirmen, y luego nos lo confirmas tu por aquí ;)

Un saludo,
paco.

rey papelero wrote:
Hola, PacoPh. Acabo de ver tu mensaje. Es la primera vez que leo que los Cajales tengamos derecho a indemnización por final de contrato. Desde luego, nadie en mi universidad me ha dicho nada al respecto. ¿Esto es así aunque se enlace con un nuevo contrato? Porque se supone que, al día siguiente en que se acabe mi contrato de Cajal, yo pasaré a ser interino hasta el día en que se celebre el concurso de la plaza. Voy a ver si me entero, porque los de mi universidad parece que no se enteran de la misa la mitad.
mensajes: 4
PacoPH wrote:
Pues si tu contrato es por obra y servicio desgraciadamente no, no se te aplica esa garantía que hay para los contratos de acceso al SECTI... es una mierda, y lo siento. Lo reconfortante para ti es que tendrás indemnización por final de contrato (unos pocos miles de euros "extra" cuando se acabe) y los que están con el contrato de acceso no; si no me equivoco.


Hola, PacoPh. Acabo de ver tu mensaje. Es la primera vez que leo que los Cajales tengamos derecho a indemnización por final de contrato. Desde luego, nadie en mi universidad me ha dicho nada al respecto. ¿Esto es así aunque se enlace con un nuevo contrato? Porque se supone que, al día siguiente en que se acabe mi contrato de Cajal, yo pasaré a ser interino hasta el día en que se celebre el concurso de la plaza. Voy a ver si me entero, porque los de mi universidad parece que no se enteran de la misa la mitad.

mensajes: 18
Pues si tu contrato es por obra y servicio desgraciadamente no, no se te aplica esa garantía que hay para los contratos de acceso al SECTI... es una mierda, y lo siento. Lo reconfortante para ti es que tendrás indemnización por final de contrato (unos pocos miles de euros "extra" cuando se acabe) y los que están con el contrato de acceso no; si no me equivoco.
mensajes: 592
Los proyectos del plan nacional no permiten subida de sueldo. De los autonomicos en general tampoco. En mi universidad los pluses se sacan de contratos con empresas y proyectos europeos.
mensajes: 4

Hola, Paco:

Muchas gracias por la información. Acabo de mirar mi contrato de Cajal y es un 401 "Para la realización de un proyecto específico de investigación científica y técnica", así que de obra y servicio y no de acceso al SECTI. De tus palabras deduzco que no me aplica la Ley de Ciencia de 2011 y que mis otros compañeros Cajales de la universidad y yo nos tendremos que comer con patatas otra discriminación salarial, solo que ahora respecto de los nuevos compañeros Cajales que se incorporen en enero. Investigar en España es deprimente. Paco, lo que no entiendo es lo que dices del IP: yo soy mi propio IP, con mi proyecto nacional y autonómico aparte de mi Cajal, en los que trabajan mis doctorandos y mis colaboradores de otras universidade nacionales y extranjeras, etc., y mis proyectos no me permiten dedicar fondos a subirme el sueldo.

PacoPH wrote:

Hola,

Unas aclaraciones:

1) Las convocatorias RyC del año que sea únicamente marcan un salario MÍNIMO. A veces las Universidades os intentarán vender que el salario de la convocatoria es el que toca y punto pero no es así, repito, es solo un MÍNIMO. De hecho creo que en el CSIC por convenio es algo mas (entorno a 38mil en vez de 35mil de la convocatoria) y en algunas Universidades interesadas en captar talento puede ser 42mil, 45mil, 50mil... lo que les de la gana (y se puedan permitir).

2) El salario mínimo marcado en la convocatoria efectivamente ha aumentado un 5% este año.

3) La ley de Ciencia 14/2011, en su art. 22.1.d dice efectivamente que "La retribución de este contrato no podrá ser inferior a la que corresponda al personal investigador que realice actividades análogas". Esto a veces puede ser algo confuso en lo de "actividades análogas", pero en el caso de 2 RyCs dentro de la misma Universidad creo que no hay lugar a confusión. Eso sí, esta regla se aplica a los que estén contratados por medio del contrato de acceso al SECTI, que es el que regula el art. 22 de la Ley de Ciencia. Si te hacen un contrato por obra y servicio u otro... ya es otra historia; pero lo normal es que a un RyC se le haga un contrato de acceso al SECTI.

En resumen: comprueba que tu contrato es un "contrato de acceso al sistema español de ciencia, tecnología e innovación" (lo pondrá en algún sitio del contrato, quizás arriba del todo junto al código administrativo 420) y si es así reclama a tu Universidad (mira esta guía: http://precarios.org/article365-LANZAMOS-LA-GUIA-RAPIDA-PARA-CONSEGUIR-EL-AUMENTO-SALARIAL-DE-LOS-POSTDOCS). Si te dicen que no es cosa suya, que es el ministerio el que ha cambiado el sueldo, les explicas que eso es irrelevante porque es un sueldo mínimo únicamente y que eso no les exime de cumplir con el art. 22.1.d de la Ley de Ciencia. Si te dicen que no pueden subírtelo porque no tienen el dinero y que si acaso lo tendrás que ver con tu IP para ver si el o ella puede sacar dinero de algún proyecto o algo, les dices que no, que es responsabilidad de la Universidad que es quien te contrata (no te contrata tu IP ni tu director de departamento ni nada de eso). A este respecto les puedes aportar la respuesta del Gobierno a la siguiente pregunta escrita al congreso: https://www.congreso.es/entradap/l12p/e11/e_0111913_n_000.pdf

Espero que te sea de ayuda.
Un saludo,
paco.

mensajes: 18
rey papelero wrote:
Hola a todos. Hoy he estado hablando con una amiga que ha obtenido un contrato Ramón y Cajal en la última convocatoria y que se incoporará a mi misma universidad, pero en otra facultad. Comentando detalles, me he enterado de que los Cajales de esta convocatoria tienen un salario mayor que el que tenemos los de convocatoria anteriores, de casi 2.000 euros más al año. Es la primera noticia que tengo y en mi universidad no han dicho ni mu de que vayan a subirnos el sueldo a los Cajales que ya estamos, por lo que podrían tener a investigadores de la misma categoría trabajando por sueldos distintos. ¿No es obligatorio por la Ley de Ciencia que la retribuciones del personal investigador que realice actividades análogas sea igual? ¿Alguien tiene más información al respecto? ¡Gracias!


Hola,

Unas aclaraciones:

1) Las convocatorias RyC del año que sea únicamente marcan un salario MÍNIMO. A veces las Universidades os intentarán vender que el salario de la convocatoria es el que toca y punto pero no es así, repito, es solo un MÍNIMO. De hecho creo que en el CSIC por convenio es algo mas (entorno a 38mil en vez de 35mil de la convocatoria) y en algunas Universidades interesadas en captar talento puede ser 42mil, 45mil, 50mil... lo que les de la gana (y se puedan permitir).

2) El salario mínimo marcado en la convocatoria efectivamente ha aumentado un 5% este año.

3) La ley de Ciencia 14/2011, en su art. 22.1.d dice efectivamente que "La retribución de este contrato no podrá ser inferior a la que corresponda al personal investigador que realice actividades análogas". Esto a veces puede ser algo confuso en lo de "actividades análogas", pero en el caso de 2 RyCs dentro de la misma Universidad creo que no hay lugar a confusión. Eso sí, esta regla se aplica a los que estén contratados por medio del contrato de acceso al SECTI, que es el que regula el art. 22 de la Ley de Ciencia. Si te hacen un contrato por obra y servicio u otro... ya es otra historia; pero lo normal es que a un RyC se le haga un contrato de acceso al SECTI.

En resumen: comprueba que tu contrato es un "contrato de acceso al sistema español de ciencia, tecnología e innovación" (lo pondrá en algún sitio del contrato, quizás arriba del todo junto al código administrativo 420) y si es así reclama a tu Universidad (mira esta guía: http://precarios.org/article365-LANZAMOS-LA-GUIA-RAPIDA-PARA-CONSEGUIR-EL-AUMENTO-SALARIAL-DE-LOS-POSTDOCS). Si te dicen que no es cosa suya, que es el ministerio el que ha cambiado el sueldo, les explicas que eso es irrelevante porque es un sueldo mínimo únicamente y que eso no les exime de cumplir con el art. 22.1.d de la Ley de Ciencia. Si te dicen que no pueden subírtelo porque no tienen el dinero y que si acaso lo tendrás que ver con tu IP para ver si el o ella puede sacar dinero de algún proyecto o algo, les dices que no, que es responsabilidad de la Universidad que es quien te contrata (no te contrata tu IP ni tu director de departamento ni nada de eso). A este respecto les puedes aportar la respuesta del Gobierno a la siguiente pregunta escrita al congreso: https://www.congreso.es/entradap/l12p/e11/e_0111913_n_000.pdf

Espero que te sea de ayuda.
Un saludo,
paco.

mensajes: 91

no había leído bien. si, si es la misma universidad la que cofinancia se reclama internamente (por aquí mismo hay un enlace a un diagrama, plan de accion que aportaron desde precarios) PERO si es el ministerio el que lo sube (eso entiendo en este caso?) entonces no hay nada que hacer...

rey papelero wrote:
Sí, si será en la misma universidad. En enero yo comenzaré mi tercer año como Cajal cobrando 31.000 y pico al año, y en la facultad de al lado mi amiga empezará a trabajar como Cajal cobrando 33.000 y pico al año. Es decir, tendremos el mismo contrato como investigadores y sueldos distintos.
mensajes: 4
carol_pez wrote:

la obligación que nombras hay que pelearla legalmente generalmente, pero se refiere a la misma universidad, no a otras.
hay universidades que aumentan/cofinancian para ofrecer mas beneficios/sueldo, etc
y ahora el ministerio mismo es el que sube los paquetes de financiación adicional o sueldo, si comparas por ej el jdc-I de 2020 tenemos 6.300 de gastos y los de esta convocatoria que viene tendran 50.000. si, como lees.
los cambios no son retroactivos ni se pueden "homogeneizar" o extender a otros en general...


Sí, si será en la misma universidad. En enero yo comenzaré mi tercer año como Cajal cobrando 31.000 y pico al año, y en la facultad de al lado mi amiga empezará a trabajar como Cajal cobrando 33.000 y pico al año. Es decir, tendremos el mismo contrato como investigadores y sueldos distintos.

mensajes: 91

la obligación que nombras hay que pelearla legalmente generalmente, pero se refiere a la misma universidad, no a otras.
hay universidades que aumentan/cofinancian para ofrecer mas beneficios/sueldo, etc
y ahora el ministerio mismo es el que sube los paquetes de financiación adicional o sueldo, si comparas por ej el jdc-I de 2020 tenemos 6.300 de gastos y los de esta convocatoria que viene tendran 50.000. si, como lees.
los cambios no son retroactivos ni se pueden "homogeneizar" o extender a otros en general...

rey papelero wrote:
Hola a todos. Hoy he estado hablando con una amiga que ha obtenido un contrato Ramón y Cajal en la última convocatoria y que se incoporará a mi misma universidad, pero en otra facultad. Comentando detalles, me he enterado de que los Cajales de esta convocatoria tienen un salario mayor que el que tenemos los de convocatoria anteriores, de casi 2.000 euros más al año. Es la primera noticia que tengo y en mi universidad no han dicho ni mu de que vayan a subirnos el sueldo a los Cajales que ya estamos, por lo que podrían tener a investigadores de la misma categoría trabajando por sueldos distintos. ¿No es obligatorio por la Ley de Ciencia que la retribuciones del personal investigador que realice actividades análogas sea igual? ¿Alguien tiene más información al respecto? ¡Gracias!

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