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Convocatorias Postdocs


Enlazar contrato predoc y postdoc sin ser indefinido

posts: 3

Buenas tardes,

he buscado información sobre la consulta que voy a hacer a continuación en el foro pero no he encontrado nada.

Desde que comencé en la investigación, he encadenado dos contratos predoc desde septiembre de 2015 hasta enero de 2020. Desde septiembre de 2015 hasta enero de 2016 estuve con un contrato predoc de la universidad en la que he desarrollado la tesis y desde enero de 2016 hasta enero de 2020 he estado con un contrato predoc financiado por mi comunidad autónoma. En ambos casos, el centro empleador ha sido la universidad.

Al ir a hacerme un contrato como postdoc en la misma universidad (1 año de duración), me han comunicado que, al llevar más de 4 años trabajando en la misma, mi contrato tendría que ser obligatoriamente indefinido. Sin embargo, no se contempla que ese contrato pueda ser indefinido y, por lo tanto, no me pueden contratar.

¿Es eso correcto? ¿a alguien le ha pasado? teniendo en cuenta que los contratos predoc y postdoc no pueden tener carácter indefinido, ¿hasta qué punto actúan estos como un contrato al uso y se acogen a la misma legislación (más de 4 años contratado en la misma entidad = contrato necesariamente indefinido)?

Muchas gracias.

posts: 3
AGGSC wrote:

Me suena que sí es correcto, pero esperemos otras rptas. Los PAD tmb tienen límite de 4 años al ser contrato temporal. Escuché que si es "contrato en prácticas" (como contratan a muchos JdC) se puede hasta 5 años...
lo ridículo es que esta regulación se supone está para "proteger" a los investigadores de la precariedad (al estar en contratos temporales tanto tiempo) pero la rpta de los organismos es directamente no renovar (= paro)

AGGSC wrote:

Buenas tardes,

he buscado información sobre la consulta que voy a hacer a continuación en el foro pero no he encontrado nada.

Desde que comencé en la investigación, he encadenado dos contratos predoc desde septiembre de 2015 hasta enero de 2020. Desde septiembre de 2015 hasta enero de 2016 estuve con un contrato predoc de la universidad en la que he desarrollado la tesis y desde enero de 2016 hasta enero de 2020 he estado con un contrato predoc financiado por mi comunidad autónoma. En ambos casos, el centro empleador ha sido la universidad.

Al ir a hacerme un contrato como postdoc en la misma universidad (1 año de duración), me han comunicado que, al llevar más de 4 años trabajando en la misma, mi contrato tendría que ser obligatoriamente indefinido. Sin embargo, no se contempla que ese contrato pueda ser indefinido y, por lo tanto, no me pueden contratar.

¿Es eso correcto? ¿a alguien le ha pasado? teniendo en cuenta que los contratos predoc y postdoc no pueden tener carácter indefinido, ¿hasta qué punto actúan estos como un contrato al uso y se acogen a la misma legislación (más de 4 años contratado en la misma entidad = contrato necesariamente indefinido)?

Muchas gracias.


Muchas gracias por tu respuesta.

Ese es el problema ahora. He terminado con mi contrato predoc y, al ir a hacerme el contrato postdoc en la misma entidad, me están poniendo problemas porque este debería ser ya indefinido. Sin embargo, por su naturaleza, ningún contrato predoc o postdoc puede ser indefinido ya que están asociados a diferentes etapas investigadoras que no pueden alargarse de manera indefinida... y en este caso, la financiación es puntual y asociada a un proyecto que de igual manera tiene fecha fin...

Efectivamente, como comentas, en lugar de ser una ayuda, la entidad contratante plantea no renovar el contrato en lugar de hacerme indefinido/a.

posts: 3
AGGSC wrote:

Me suena que sí es correcto, pero esperemos otras rptas. Los PAD tmb tienen límite de 4 años al ser contrato temporal. Escuché que si es "contrato en prácticas" (como contratan a muchos JdC) se puede hasta 5 años...
lo ridículo es que esta regulación se supone está para "proteger" a los investigadores de la precariedad (al estar en contratos temporales tanto tiempo) pero la rpta de los organismos es directamente no renovar (= paro)

AGGSC wrote:

Buenas tardes,

he buscado información sobre la consulta que voy a hacer a continuación en el foro pero no he encontrado nada.

Desde que comencé en la investigación, he encadenado dos contratos predoc desde septiembre de 2015 hasta enero de 2020. Desde septiembre de 2015 hasta enero de 2016 estuve con un contrato predoc de la universidad en la que he desarrollado la tesis y desde enero de 2016 hasta enero de 2020 he estado con un contrato predoc financiado por mi comunidad autónoma. En ambos casos, el centro empleador ha sido la universidad.

Al ir a hacerme un contrato como postdoc en la misma universidad (1 año de duración), me han comunicado que, al llevar más de 4 años trabajando en la misma, mi contrato tendría que ser obligatoriamente indefinido. Sin embargo, no se contempla que ese contrato pueda ser indefinido y, por lo tanto, no me pueden contratar.

¿Es eso correcto? ¿a alguien le ha pasado? teniendo en cuenta que los contratos predoc y postdoc no pueden tener carácter indefinido, ¿hasta qué punto actúan estos como un contrato al uso y se acogen a la misma legislación (más de 4 años contratado en la misma entidad = contrato necesariamente indefinido)?

Muchas gracias.

posts: 91

Me suena que sí es correcto, pero esperemos otras rptas. Los PAD tmb tienen límite de 4 años al ser contrato temporal. Escuché que si es "contrato en prácticas" (como contratan a muchos JdC) se puede hasta 5 años...
lo ridículo es que esta regulación se supone está para "proteger" a los investigadores de la precariedad (al estar en contratos temporales tanto tiempo) pero la rpta de los organismos es directamente no renovar (= paro)

AGGSC wrote:

Buenas tardes,

he buscado información sobre la consulta que voy a hacer a continuación en el foro pero no he encontrado nada.

Desde que comencé en la investigación, he encadenado dos contratos predoc desde septiembre de 2015 hasta enero de 2020. Desde septiembre de 2015 hasta enero de 2016 estuve con un contrato predoc de la universidad en la que he desarrollado la tesis y desde enero de 2016 hasta enero de 2020 he estado con un contrato predoc financiado por mi comunidad autónoma. En ambos casos, el centro empleador ha sido la universidad.

Al ir a hacerme un contrato como postdoc en la misma universidad (1 año de duración), me han comunicado que, al llevar más de 4 años trabajando en la misma, mi contrato tendría que ser obligatoriamente indefinido. Sin embargo, no se contempla que ese contrato pueda ser indefinido y, por lo tanto, no me pueden contratar.

¿Es eso correcto? ¿a alguien le ha pasado? teniendo en cuenta que los contratos predoc y postdoc no pueden tener carácter indefinido, ¿hasta qué punto actúan estos como un contrato al uso y se acogen a la misma legislación (más de 4 años contratado en la misma entidad = contrato necesariamente indefinido)?

Muchas gracias.

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