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Convocatorias Predoctorales: FPI, FPU, CCAA, Fundaciones


Dejar trabajo en el CSIC

posts: 7

Buenas. Estoy haciendo el doctorado con una FPI en un centro del CSIC y por mil motivos he decidido dejarlo despues de 1 año y 3 meses. Tengo algunas preguntas:
¿Tengo que avisar con 2 semanas de antelación?
Las vacaciones que me corresponden por haber trabajado 7 meses este año, si no las he cogido, ¿me las pagan en el finiquito? ¿las pierdo? ¿puedo cogerlas esas 2 semanas?

Gracias

posts: 26

A mí en una universidad del sur de España no me dieron ni las gracias... ni finiquito, ni días de vacaciones y con la amenaza de la posibilidad de tener que devolver el dinero. En fin. Lo de avisar con 15 días es muy recomendable en cualquier trabajo.

Un saludete

posts: 15
Estrada wrote:

Buenas. Estoy haciendo el doctorado con una FPI en un centro del CSIC y por mil motivos he decidido dejarlo despues de 1 año y 3 meses. Tengo algunas preguntas:
¿Tengo que avisar con 2 semanas de antelación?
Las vacaciones que me corresponden por haber trabajado 7 meses este año, si no las he cogido, ¿me las pagan en el finiquito? ¿las pierdo? ¿puedo cogerlas esas 2 semanas?

Gracias


Hola Estrada

- Acerca de las 2 semanas de antelación, sí. El Estatuto de los Trabajadores dice que el contrato de trabajo se extinguirá "por dimisión del trabajador, debiendo mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar". Es decir, no dice con cuántos días hay que avisar. Mirando en el III Convenio de la AGE (http://sac.csic.es/csif/personallaboral/iiiconvenio.pdf) no he encontrado el número de días, por lo que se aplicaría "la costumbre del lugar". En la gran mayoría de los sitios, esa costumbre es de 2 semanas. Si no das el aviso con esas dos semanas de antelación, es posible que te descuenten del finiquito el salario de esas 2 semanas. Por cierto, las dos semanas son días naturales, no laborables, por lo que los fines de semana y festivos cuentan.

- Las vacaciones NUNCA las pierdes. Puedes disfrutarlas esas 2 semanas si te dejan (puede que no te dejen porque quieran que pases información, archivos, experimentos o lo que sea a otra gente). Si no las coges en esas dos semanas, las cobras en el finiquito. OJO, cuidado a cuánto te pagan las vacaciones. Si las cuentas en días naturales (1 mes de vacaciones al año) no hay pega, pero si las cuentas en días laborables (22 días al año), te tienen que pagar esos días con el salario de un día laborable (salario diario = salario anual / número de días laborables en el año, que suelen sobre 245-247, coge un calendario para asegurarte), no de un día natural (salario diario = salario anual / 365).

- En el finiquito deben abonarte también los días del mes que hayas trabajado y la parte proporcional de la paga extra de diciembre, ya que son parte de tu salario. Lo que no tienes es indemnización, porque te vas voluntariamente, no te echan.

- NUNCA tienes que devolver el dinero de la FPI.

Espero que te sirva. Si tienes más dudas, pregunta :-)

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