Justificación 24 meses. ¿Mi tutor ha de hacer algo?
Hola a todos.
Estoy con el tema de la justificación científico técnica de los 24 meses de la beca FPI por medio de la sede electrónica. No se me ocurre ninguna palabra educada para describir estas deliciosamente amigables e intuitivas aplicaciones web con que el ministerio nos agasaja para gestionar la burocracia.
El caso que es leo en el manual de la aplicación -Manual_Investigadores_V1.5, 3.5.3 Ayudas de Becas FPI-, un párrafo que parece escrito por Groucho Marx:
"'La peculiaridad que tienen este tipo de ayudas con respecto al resto de ayudas de recursos humanos es que el rol de Investigador o Investigador Principal, lo asume aquí el becario; y el rol del representante legal lo asume aquí el Investigador Principal, con lo cual es responsabilidad de este realizar el cierre de la justificación técnica. Por este motivo, pasaremos únicamente a explicar la justificación del Investigador Principal:''
Y trato de analizar el asunto:
a) "el rol de Investigador o Investigador Principal, lo asume aquí el becario". De aquí deduzco que Investigador = Investigador Principal = becario
b) "y el rol del representante legal lo asume aquí el Investigador Principal". De aquí entiendo:
representante legal = Investigador Principal.
Si según a) Investigador Principal = becario, y según b) representante legal = Investigador Principal, entonces deduzco que becario= representante legal. O sea, tan fácil como decir que todos los pasos los llevará a cabo el becario. Pero el texto me parece confuso e incluso sospecho que haya una errata. Así pues, a ver si alguien me puede aclarar: