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Convocatorias Predoctorales: FPI, FPU, CCAA, Fundaciones

Convocatorias Predoctorales: FPI, FPU, CCAA, Fundaciones


Ayudas para contratos predoctorales para la la formación de doctores 2016 (FPI 2016)

mensajes: 1481

Página web de la ayuda en el MINECO
Página web de la ayuda en el MINHAP
Página del la sede electrónica para esta ayuda.


Enlaces Importantes

18dic15 - Centros de Excelencia Severo Ochoa y María de Maeztu susceptibles de FPI. En este caso, se concede un número determinado de ayudas para contratos predoctorales al centro y es el propio centro el que las distribuye. Seguramente tendrán más información sobre las plazas en sus propias páginas web.
6may2016 - Proyectos Retos de la sociedad 2015. Listado concedidos. ¡Ojo! No todos los proyectos concedidos tienen asignada una plaza predoctoral. Solo en los que la casilla "CONT. PRED. PROP">0.
6may2016 - Proyectos Excelencia 2015. Listado concedidos. ¡Ojo! No todos los proyectos concedidos tienen asignada una plaza predoctoral. Solo en los que la casilla "CONT. PRED. PROP">0
20ene2017 - Proyectos desiertos.

12ago16 - Preconvocatoria
2sep16 - Convocatoria
8sep16 - Anuncio de la convocatoria en el BOE.
27oct16 - Resolución de subsanación.
03nov16 - Segunda resolución de subsanación

20ene17 - Resolución provisional.
29mar17 - Resolución Concesión, Desestimados, Proyectos Desiertos

04oct2017 - Segunda resolución de reservas
06oct17 - Tercera resolución de reservas.
07nov17 - Resolución de subsanación de contratos.


Número y características de las ayudas

  • Se convocan 1048 ayudas, de las cuales 10 se reservan para personas con discapacidad igual o superior al 33%. Si no se cubren estas 10 ayudas las plazas NO pasan al cupo general.
  • Cuatro años de contrato a partir del día de incorporación. El salario MÍNIMO a percibir es de 16422€ anuales. El centro es libre de suplementar Esta cantidad si lo cree conveniente.
  • Ayuda adicional para estancias breves y matrícula: Se conceden 6250 € junto con cada contrato para realizar estancias breves (duración mínima de un mes) y para pagar la matrícula de doctorado y/o créditos formativos (los que te obligan a hacer algunas universidades para poder matricularte en su programa de doctorado).
  • Periodo de Orientación Posdoctoral (POP): Si se obtiene el título de doctor antes de comenzar el cuarto año de contrato se pasa al POP, que consiste en un contrato posdoctoral de 1 año. El salario MÍNIMO durante este año es 19000 € anuales. El centro es libre de suplementar esta cantidad si lo cree conveniente.
  • Se pueden realizar hasta 60 horas anuales de tareas docentes en la Universidad si el centro de adscripción tiene convenio con alguna.


Plazo y modo de presentación de solicitudes

Del 13 al 27 se septiembre de 2016 a las 15:00 horas (hora peninsular). La solicitud se hace a través del formulario online de la sede electrónica del MINECO. Una vez rellenado y validado el formulario es necesario registrarlo electrónicamente mediante firma electrónica o en papel en un registro oficial.

Cada candidato solamente puede presentar UNA SOLICITUD.

Plazo de subsanación de 10 días habiles desde que se sepa (por una resolución, un email o por la sede electrónica) quién debe subsanar.

Requisitos de los solicitantes

  1. Estar matriculado o admitido en un programa de doctorado, para el curso 2016/2017. La matrícula o admisión se puede acreditar hasta que finalice el plazo de subsanación de solicitudes.
  2. No haber percibido otras ayudas predoctorales del Estado, aunque solamente fuese por unos meses. Eso incluye, entre otras, las FPI, FPU y FPI-Industriales (seguro que me dejo alguna).
  3. No haber disfrutado de otras ayudas predoctorales por un tiempo superior a 12 meses.
  4. No estar en posesión del título de doctor.


Documentos que Presentar

  1. Currículum vitae actualizado del investigador en formación (¡OJO! En idioma español o inglés. No lenguas cooficiales).
  2. Certificado académico de las enseñanzas superadas en la fecha de presentación de la solicitud. Por como lo pone, entiendo que tienen que ser TODAS las enseñanzas cursadas, independientemente de si las has terminado o no. El certificado académico es el que pides en la secretaría de tu centro, por el que generalmente tienes que pagar (más o menos dependiendo de la universidad), y que incluye el sello de la universidad, la firma del decano/secretario o similares. El certificado debe estar al menos en español o inglés. Si está en otro idioma hay que presentar una traducción oficial a alguno de esos idiomas. En el certificado deberán figurar las calificaciones obtenidas y fechas de obtención de las mismas correspondientes a las materias que constituyen el programa de las titulaciones o enseñanzas que se recojan.
  3. ¡Novedad! Este año hay que incluír una declaración responsable de que lo que pusiste en el certificado académico son las superadas en el momento de la solicitud.
  4. Acreditación de estar MATRICULADO O ADMITIDO en un programa de doctorado para el curso 2016/2017.
  5. Copia del pasaporte en vigor (solo para solicitantes extranjeros).
  6. Certificado de discapacidad (si procede).


Evaluación

Los IP son los que evalúan a cada candidato, y envían un informe de evaluación al Ministerio para que una comisión de evaluación diga si lo acepta o no (muy raro sería que no la aceptasen). La comisión de evaluación redacta un informe motivado del que saldrá el listado provisional de concesión.

Expediente académico del candidato. Puntuación: de 0 hasta 40 puntos.
Adecuación del candidato al proyecto de investigación. Puntuación: de 0 hasta 60 puntos.

Solo se tienen en cuenta aquellas solicitudes que superan los 75 puntos. En caso de empate, decide la puntuación en el expediente académico. Si sigue habiendo empate (un caso extremadamente raro), decide la comisión de evaluación.

mensajes: 5
amyt wrote:
Hola, he preguntado si podrían decirme una fecha aproximada de resolución ya que por circunstancias personales tengo que hacer algunas gestiones antes.. Y me han contestado que no pueden determinar cuando saldrá ya que depende de que no se les restrase otros tantos procesos que tienen que ir resolviendo antes, pero que más o menos a mediados de marzo, principios de abril. 

Espeluznante...

mensajes: 4
clairmoon wrote:
clairmoon wrote:
Puedo confirmar que la Universidad de Barcelona ha tramitado esa documentación según me han confirmado en el Vicerrectorado de investigación. Por si le sirve a alguien.

Yo tengo una aceptación de la propuesta de resolución en mi expediente, pero no es de la universidad, sino del centro en el que haré el doctorado (CSIC), que es externo a la universidad en mi caso. Es esa la aceptación de la ayuda? Data del día 26 de enero. 

En mi caso, también voy a realizar el doctorado en un centro del CSIC y mi aceptación la ha firmado la vicepresidenta de investigación científica y técnica del CSIC (C.P.G.), me imagino que mientras que la aceptación la remita alguien del CSIC será válida.

mensajes: 15
clairmoon wrote:
clairmoon wrote:
clairmoon wrote:
Puedo confirmar que la Universidad de Barcelona ha tramitado esa documentación según me han confirmado en el Vicerrectorado de investigación. Por si le sirve a alguien.

Yo tengo una aceptación de la propuesta de resolución en mi expediente, pero no es de la universidad, sino del centro en el que haré el doctorado (CSIC), que es externo a la universidad en mi caso. Es esa la aceptación de la ayuda? Data del día 26 de enero. 

En mi caso, también voy a realizar el doctorado en un centro del CSIC y mi aceptación la ha firmado la vicepresidenta de investigación científica y técnica del CSIC (C.P.G.), me imagino que mientras que la aceptación la remita alguien del CSIC será válida.

Donde pudiste ver la aceptacion de la propuesta de resolución en el expediente? Gracias por adelantado!!

mensajes: 4
clairmoon wrote:
clairmoon wrote:
clairmoon wrote:
clairmoon wrote:
Puedo confirmar que la Universidad de Barcelona ha tramitado esa documentación según me han confirmado en el Vicerrectorado de investigación. Por si le sirve a alguien.

Yo tengo una aceptación de la propuesta de resolución en mi expediente, pero no es de la universidad, sino del centro en el que haré el doctorado (CSIC), que es externo a la universidad en mi caso. Es esa la aceptación de la ayuda? Data del día 26 de enero. 

En mi caso, también voy a realizar el doctorado en un centro del CSIC y mi aceptación la ha firmado la vicepresidenta de investigación científica y técnica del CSIC (C.P.G.), me imagino que mientras que la aceptación la remita alguien del CSIC será válida.

Donde pudiste ver la aceptacion de la propuesta de resolución en el expediente? Gracias por adelantado!!

Entra en tu carpeta virtual en Facilit@, en la parte de abajo pincha sobre la referencia de tu expediente. Aparecerá otra página. En la seccion "Historial del expediente" selecciona "Documentación aportada". Ahí aparecerán los documentos de la solicitud de la FPI, subsanaciones (si es tu caso), y la famosa "DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN RESOLUCION PROVISONAL"

Espero haberte sido de ayuda. Saludos!

mensajes: 23
HayQuePonerAlgo wrote:

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18dic15 - Centros de Excelencia Severo Ochoa y María de Maeztu susceptibles de FPI. En este caso, se concede un número determinado de ayudas para contratos predoctorales al centro y es el propio centro el que las distribuye. Seguramente tendrán más información sobre las plazas en sus propias páginas web.
6may2016 - Proyectos Retos de la sociedad 2015. Listado concedidos. ¡Ojo! No todos los proyectos concedidos tienen asignada una plaza predoctoral. Solo en los que la casilla "CONT. PRED. PROP"0.
6may2016 - Proyectos Excelencia 2015. Listado concedidos. ¡Ojo! No todos los proyectos concedidos tienen asignada una plaza predoctoral. Solo en los que la casilla "CONT. PRED. PROP"0
20ene2017 - Proyectos desiertos.

12ago16 - Preconvocatoria
2sep16 - Convocatoria
8sep16 - Anuncio de la convocatoria en el BOE.
27oct16 - Resolución de subsanación.
03nov16 - Segunda resolución de subsanación

20ene17 - Resolución provisional.

6sep16 - Listado provisional de proyectos susceptibles en el CSIC
8sep16 - Listado de proyectos susceptibles.


Número y características de las ayudas

  • Se convocan 1048 ayudas, de las cuales 10 se reservan para personas con discapacidad igual o superior al 33%. Si no se cubren estas 10 ayudas las plazas NO pasan al cupo general.
  • Cuatro años de contrato a partir del día de incorporación. El salario MÍNIMO a percibir es de 16422€ anuales. El centro es libre de suplementar Esta cantidad si lo cree conveniente.
  • Ayuda adicional para estancias breves y matrícula: Se conceden 6250 € junto con cada contrato para realizar estancias breves (duración mínima de un mes) y para pagar la matrícula de doctorado y/o créditos formativos (los que te obligan a hacer algunas universidades para poder matricularte en su programa de doctorado).
  • Periodo de Orientación Posdoctoral (POP): Si se obtiene el título de doctor antes de comenzar el cuarto año de contrato se pasa al POP, que consiste en un contrato posdoctoral de 1 año. El salario MÍNIMO durante este año es 19000 € anuales. El centro es libre de suplementar esta cantidad si lo cree conveniente.
  • Se pueden realizar hasta 60 horas anuales de tareas docentes en la Universidad si el centro de adscripción tiene convenio con alguna.


Plazo y modo de presentación de solicitudes

Del 13 al 27 se septiembre de 2016 a las 15:00 horas (hora peninsular). La solicitud se hace a través del formulario online de la sede electrónica del MINECO. Una vez rellenado y validado el formulario es necesario registrarlo electrónicamente mediante firma electrónica o en papel en un registro oficial.

Cada candidato solamente puede presentar UNA SOLICITUD.

Plazo de subsanación de 10 días habiles desde que se sepa (por una resolución, un email o por la sede electrónica) quién debe subsanar.

Requisitos de los solicitantes

  1. Estar matriculado o admitido en un programa de doctorado, para el curso 2016/2017. La matrícula o admisión se puede acreditar hasta que finalice el plazo de subsanación de solicitudes.
  2. No haber percibido otras ayudas predoctorales del Estado, aunque solamente fuese por unos meses. Eso incluye, entre otras, las FPI, FPU y FPI-Industriales (seguro que me dejo alguna).
  3. No haber disfrutado de otras ayudas predoctorales por un tiempo superior a 12 meses.
  4. No estar en posesión del título de doctor.


Documentos que Presentar

  1. Currículum vitae actualizado del investigador en formación (¡OJO! En idioma español o inglés. No lenguas cooficiales).
  2. Certificado académico de las enseñanzas superadas en la fecha de presentación de la solicitud. Por como lo pone, entiendo que tienen que ser TODAS las enseñanzas cursadas, independientemente de si las has terminado o no. El certificado académico es el que pides en la secretaría de tu centro, por el que generalmente tienes que pagar (más o menos dependiendo de la universidad), y que incluye el sello de la universidad, la firma del decano/secretario o similares. El certificado debe estar al menos en español o inglés. Si está en otro idioma hay que presentar una traducción oficial a alguno de esos idiomas. En el certificado deberán figurar las calificaciones obtenidas y fechas de obtención de las mismas correspondientes a las materias que constituyen el programa de las titulaciones o enseñanzas que se recojan.
  3. ¡Novedad! Este año hay que incluír una declaración responsable de que lo que pusiste en el certificado académico son las superadas en el momento de la solicitud.
  4. Acreditación de estar MATRICULADO O ADMITIDO en un programa de doctorado para el curso 2016/2017.
  5. Copia del pasaporte en vigor (solo para solicitantes extranjeros).
  6. Certificado de discapacidad (si procede).


Evaluación

Los IP son los que evalúan a cada candidato, y envían un informe de evaluación al Ministerio para que una comisión de evaluación diga si lo acepta o no (muy raro sería que no la aceptasen). La comisión de evaluación redacta un informe motivado del que saldrá el listado provisional de concesión.

Expediente académico del candidato. Puntuación: de 0 hasta 40 puntos.
Adecuación del candidato al proyecto de investigación. Puntuación: de 0 hasta 60 puntos.

Solo se tienen en cuenta aquellas solicitudes que superan los 75 puntos. En caso de empate, decide la puntuación en el expediente académico. Si sigue habiendo empate (un caso extremadamente raro), decide la comisión de evaluación.

Buenos días.

Quería hacer una pregunta sobre un asunto que seguramente afectará a gran parte de nosotros. Me han comentado en mi universidad que en el periodo del doctorado durante el cual estás cursando créditos formativos (asignaturas) no te pagan puesto que se considera periodo de docencia y no periodo investigador. Sin embargo, en la convocatoria no pone nada de eso, sino que indica un periodo (20 días creo) máximo para firmar el contrato desde la fecha de publicación de la resolución definitiva. Y entiendo que desde que firmas el contrato te tienen que pagarte.

¿Alguien sabe algo sobre esto?

Gracias.

mensajes: 10
HayQuePonerAlgo wrote:
HayQuePonerAlgo wrote:

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Enlaces Importantes

18dic15 - Centros de Excelencia Severo Ochoa y María de Maeztu susceptibles de FPI. En este caso, se concede un número determinado de ayudas para contratos predoctorales al centro y es el propio centro el que las distribuye. Seguramente tendrán más información sobre las plazas en sus propias páginas web.
6may2016 - Proyectos Retos de la sociedad 2015. Listado concedidos. ¡Ojo! No todos los proyectos concedidos tienen asignada una plaza predoctoral. Solo en los que la casilla "CONT. PRED. PROP"0.
6may2016 - Proyectos Excelencia 2015. Listado concedidos. ¡Ojo! No todos los proyectos concedidos tienen asignada una plaza predoctoral. Solo en los que la casilla "CONT. PRED. PROP"0
20ene2017 - Proyectos desiertos.

12ago16 - Preconvocatoria
2sep16 - Convocatoria
8sep16 - Anuncio de la convocatoria en el BOE.
27oct16 - Resolución de subsanación.
03nov16 - Segunda resolución de subsanación

20ene17 - Resolución provisional.

6sep16 - Listado provisional de proyectos susceptibles en el CSIC
8sep16 - Listado de proyectos susceptibles.


Número y características de las ayudas

  • Se convocan 1048 ayudas, de las cuales 10 se reservan para personas con discapacidad igual o superior al 33%. Si no se cubren estas 10 ayudas las plazas NO pasan al cupo general.
  • Cuatro años de contrato a partir del día de incorporación. El salario MÍNIMO a percibir es de 16422€ anuales. El centro es libre de suplementar Esta cantidad si lo cree conveniente.
  • Ayuda adicional para estancias breves y matrícula: Se conceden 6250 € junto con cada contrato para realizar estancias breves (duración mínima de un mes) y para pagar la matrícula de doctorado y/o créditos formativos (los que te obligan a hacer algunas universidades para poder matricularte en su programa de doctorado).
  • Periodo de Orientación Posdoctoral (POP): Si se obtiene el título de doctor antes de comenzar el cuarto año de contrato se pasa al POP, que consiste en un contrato posdoctoral de 1 año. El salario MÍNIMO durante este año es 19000 € anuales. El centro es libre de suplementar esta cantidad si lo cree conveniente.
  • Se pueden realizar hasta 60 horas anuales de tareas docentes en la Universidad si el centro de adscripción tiene convenio con alguna.


Plazo y modo de presentación de solicitudes

Del 13 al 27 se septiembre de 2016 a las 15:00 horas (hora peninsular). La solicitud se hace a través del formulario online de la sede electrónica del MINECO. Una vez rellenado y validado el formulario es necesario registrarlo electrónicamente mediante firma electrónica o en papel en un registro oficial.

Cada candidato solamente puede presentar UNA SOLICITUD.

Plazo de subsanación de 10 días habiles desde que se sepa (por una resolución, un email o por la sede electrónica) quién debe subsanar.

Requisitos de los solicitantes

  1. Estar matriculado o admitido en un programa de doctorado, para el curso 2016/2017. La matrícula o admisión se puede acreditar hasta que finalice el plazo de subsanación de solicitudes.
  2. No haber percibido otras ayudas predoctorales del Estado, aunque solamente fuese por unos meses. Eso incluye, entre otras, las FPI, FPU y FPI-Industriales (seguro que me dejo alguna).
  3. No haber disfrutado de otras ayudas predoctorales por un tiempo superior a 12 meses.
  4. No estar en posesión del título de doctor.


Documentos que Presentar

  1. Currículum vitae actualizado del investigador en formación (¡OJO! En idioma español o inglés. No lenguas cooficiales).
  2. Certificado académico de las enseñanzas superadas en la fecha de presentación de la solicitud. Por como lo pone, entiendo que tienen que ser TODAS las enseñanzas cursadas, independientemente de si las has terminado o no. El certificado académico es el que pides en la secretaría de tu centro, por el que generalmente tienes que pagar (más o menos dependiendo de la universidad), y que incluye el sello de la universidad, la firma del decano/secretario o similares. El certificado debe estar al menos en español o inglés. Si está en otro idioma hay que presentar una traducción oficial a alguno de esos idiomas. En el certificado deberán figurar las calificaciones obtenidas y fechas de obtención de las mismas correspondientes a las materias que constituyen el programa de las titulaciones o enseñanzas que se recojan.
  3. ¡Novedad! Este año hay que incluír una declaración responsable de que lo que pusiste en el certificado académico son las superadas en el momento de la solicitud.
  4. Acreditación de estar MATRICULADO O ADMITIDO en un programa de doctorado para el curso 2016/2017.
  5. Copia del pasaporte en vigor (solo para solicitantes extranjeros).
  6. Certificado de discapacidad (si procede).


Evaluación

Los IP son los que evalúan a cada candidato, y envían un informe de evaluación al Ministerio para que una comisión de evaluación diga si lo acepta o no (muy raro sería que no la aceptasen). La comisión de evaluación redacta un informe motivado del que saldrá el listado provisional de concesión.

Expediente académico del candidato. Puntuación: de 0 hasta 40 puntos.
Adecuación del candidato al proyecto de investigación. Puntuación: de 0 hasta 60 puntos.

Solo se tienen en cuenta aquellas solicitudes que superan los 75 puntos. En caso de empate, decide la puntuación en el expediente académico. Si sigue habiendo empate (un caso extremadamente raro), decide la comisión de evaluación.

Buenos días.

Quería hacer una pregunta sobre un asunto que seguramente afectará a gran parte de nosotros. Me han comentado en mi universidad que en el periodo del doctorado durante el cual estás cursando créditos formativos (asignaturas) no te pagan puesto que se considera periodo de docencia y no periodo investigador. Sin embargo, en la convocatoria no pone nada de eso, sino que indica un periodo (20 días creo) máximo para firmar el contrato desde la fecha de publicación de la resolución definitiva. Y entiendo que desde que firmas el contrato te tienen que pagarte.

¿Alguien sabe algo sobre esto?

Gracias.

Desde que firmas el contrato tienen que pagarte. Un saludo!

mensajes: 9

Buenos días, 

Previamente se ha comentado en este hilo, usuario amyt, que la resolución definitiva de las becas y por lo tanto el cobro de la misma se retrasará hasta marzo-abril. Como consecuencia he comenzado un contrato con un restaurante.

 

- ¿Es posible que esto me genere algún tipo de problema a la hora de percibir la beca?

- ¿Bastará con renunciar al contraro en el restaurante, para firmar el contrato de la FPI?

 

Muchas gracias

mensajes: 12
david alarcon alarcon wrote:

Buenos días, 

Previamente se ha comentado en este hilo, usuario amyt, que la resolución definitiva de las becas y por lo tanto el cobro de la misma se retrasará hasta marzo-abril. Como consecuencia he comenzado un contrato con un restaurante.

 

- ¿Es posible que esto me genere algún tipo de problema a la hora de percibir la beca?

- ¿Bastará con renunciar al contraro en el restaurante, para firmar el contrato de la FPI?

 

Muchas gracias

Yo estoy con dudas similares, ya que me encuentro trabajando con contrato indefinido y debo avisar con, al menos, 2 semanas de antelación, peró me interesaria empezar la beca lo antes posible. Entonces mi duda:

¿La incorporación puede ser efectiva a partir del dia que se publica la resolución definitiva?

¿Creeis que será posible incorporarse para el 1 de abril? 

Muchas gracias!

 

mensajes: 26
david alarcon alarcon wrote:
david alarcon alarcon wrote:

Buenos días, 

Previamente se ha comentado en este hilo, usuario amyt, que la resolución definitiva de las becas y por lo tanto el cobro de la misma se retrasará hasta marzo-abril. Como consecuencia he comenzado un contrato con un restaurante.

 

- ¿Es posible que esto me genere algún tipo de problema a la hora de percibir la beca?

- ¿Bastará con renunciar al contraro en el restaurante, para firmar el contrato de la FPI?

 

Muchas gracias

Yo estoy con dudas similares, ya que me encuentro trabajando con contrato indefinido y debo avisar con, al menos, 2 semanas de antelación, peró me interesaria empezar la beca lo antes posible. Entonces mi duda:

¿La incorporación puede ser efectiva a partir del dia que se publica la resolución definitiva?

¿Creeis que será posible incorporarse para el 1 de abril? 

Muchas gracias!

 

Hola! Una vez se publique la resolución de concesión, dan un plazo de 20 días naturales para firmar el contrato e incorporarse. 

A mí me contestaron que para marzo o abril, puede que salga antes... Si alguien pregunta y le dan otra información, que comparta por favor. 

mensajes: 1

Buenas, 

yo me encontraba en la misma situación también. Finalmente decidí renunciar al empleo por si acaso. Hay demasiado en juego, prefiero estar un tiempo sin cobrar antes que jugarme la beca por lo que pueda sacar en ese tiempo... Aún así, ojalá digan algo cuanto antes!!

Saludos

mensajes: 4

También estoy en esa situación así que he escrito al Ministerio, comentándoles el tema del contrato que ya tengo y que necesito avisar con 15 dias de antelación, y esta ha sido su respuesta:

Buenos días: 


La resolución no será publicada muy probablemente ni en febrero ni en marzo.  Atentamente, 

Subdivisión de Planificación y Gestión Administrativa División de Programación y Gestión Económica y AdministrativaAgencia Estatal de Investigación''Ministerio Economía, Industria y CompetitividadPº de la Castellana, 162 planta 19 Impares

28046 Madrid''

Así que mejor cogerse una silla porque va a haber que esperar basante...

mensajes: 10

Buenos días. Un par de cosas:

Por un lado no os fiéis de lo que os digan desde el Ministerio sobre la fecha de resolución. El mismo día en que salió la resolución provisional, unas horas antes escribí yo y me contestaron que aún no había prevista fecha de resolución... Es decir, que dependiendo del funcionario de turno que conteste, de las ganas de currar que tenga y de la información que tenga en ese momento te dirá una cosa u otra. Yo infiero que para finales de marzo, principios de abril, será la fecha de la publicación de la resolución definitiva. Lo estimo haciendo la comparativa con las convocatorias anteriores. Hasta ahora no he fallado.

Por otro lado sobre el tema del trabajo, no sé donde está el problema. Yo estoy trabajando y no voy a dejar de hacerlo porque esté pendiente de una FPI. La beca es incompatible con otro trabajo, pero ello no significa que antes de que te la concedan no puedas trabajar. ¡Faltaría más! Una vez que la tengas concedida, hablas con tu jefe, le dices que te vas, te da de baja, y punto. Si necesitais 15 días para cursar la baja, tened en cuenta que el contrato se firma en un plazo de 20 días. Tienes 5 días de sobra. No tiene sentido que no puedas trabajar antes de que te asignen una beca, no todos tenemos una situación económica que nos lo permita, y no te pueden exigir eso. Además de ilegal es absurdo. Otra cosa es que te puedas permitir no hacerlo, yo sería el primero que me daría unas buenas vacaciones, pero estar pendiente de una FPI no es excusa.

Saludos!

mensajes: 9
jpdrozjr wrote:

Buenos días. Un par de cosas:

Por un lado no os fiéis de lo que os digan desde el Ministerio sobre la fecha de resolución. El mismo día en que salió la resolución provisional, unas horas antes escribí yo y me contestaron que aún no había prevista fecha de resolución... Es decir, que dependiendo del funcionario de turno que conteste, de las ganas de currar que tenga y de la información que tenga en ese momento te dirá una cosa u otra. Yo infiero que para finales de marzo, principios de abril, será la fecha de la publicación de la resolución definitiva. Lo estimo haciendo la comparativa con las convocatorias anteriores. Hasta ahora no he fallado.

Por otro lado sobre el tema del trabajo, no sé donde está el problema. Yo estoy trabajando y no voy a dejar de hacerlo porque esté pendiente de una FPI. La beca es incompatible con otro trabajo, pero ello no significa que antes de que te la concedan no puedas trabajar. ¡Faltaría más! Una vez que la tengas concedida, hablas con tu jefe, le dices que te vas, te da de baja, y punto. Si necesitais 15 días para cursar la baja, tened en cuenta que el contrato se firma en un plazo de 20 días. Tienes 5 días de sobra. No tiene sentido que no puedas trabajar antes de que te asignen una beca, no todos tenemos una situación económica que nos lo permita, y no te pueden exigir eso. Además de ilegal es absurdo. Otra cosa es que te puedas permitir no hacerlo, yo sería el primero que me daría unas buenas vacaciones, pero estar pendiente de una FPI no es excusa.

Saludos!

Me anima mucho leerte, ojalá tengas razón.

 

Acabo de hablar con recursos humanos de la universidad, acerca de la exclusividad que exige la beca. Por lo visto la beca sólo es incompatible con contratos laborales que solapen o entorpezcan el desarrollo normal de la función investigadora, de esta manera parecen quedar excluidos trabajos de fin de semana.

 

Un saludo

 

mensajes: 8
jpdrozjr wrote:
jpdrozjr wrote:

Buenos días. Un par de cosas:

Por un lado no os fiéis de lo que os digan desde el Ministerio sobre la fecha de resolución. El mismo día en que salió la resolución provisional, unas horas antes escribí yo y me contestaron que aún no había prevista fecha de resolución... Es decir, que dependiendo del funcionario de turno que conteste, de las ganas de currar que tenga y de la información que tenga en ese momento te dirá una cosa u otra. Yo infiero que para finales de marzo, principios de abril, será la fecha de la publicación de la resolución definitiva. Lo estimo haciendo la comparativa con las convocatorias anteriores. Hasta ahora no he fallado.

Por otro lado sobre el tema del trabajo, no sé donde está el problema. Yo estoy trabajando y no voy a dejar de hacerlo porque esté pendiente de una FPI. La beca es incompatible con otro trabajo, pero ello no significa que antes de que te la concedan no puedas trabajar. ¡Faltaría más! Una vez que la tengas concedida, hablas con tu jefe, le dices que te vas, te da de baja, y punto. Si necesitais 15 días para cursar la baja, tened en cuenta que el contrato se firma en un plazo de 20 días. Tienes 5 días de sobra. No tiene sentido que no puedas trabajar antes de que te asignen una beca, no todos tenemos una situación económica que nos lo permita, y no te pueden exigir eso. Además de ilegal es absurdo. Otra cosa es que te puedas permitir no hacerlo, yo sería el primero que me daría unas buenas vacaciones, pero estar pendiente de una FPI no es excusa.

Saludos!

Me anima mucho leerte, ojalá tengas razón.

 

Acabo de hablar con recursos humanos de la universidad, acerca de la exclusividad que exige la beca. Por lo visto la beca sólo es incompatible con contratos laborales que solapen o entorpezcan el desarrollo normal de la función investigadora, de esta manera parecen quedar excluidos trabajos de fin de semana.

 

Un saludo

 

Buenas a todos,

Yo también estoy bastante de acuerdo con Jpdrozrj. En ningúnmomento el Ministerio puede estar poniendo dificultades a quetrabajemos los meses previos a la beca, vamos, sólo faltaba. En cualquier caso, yo tampoco me puedo permitir no trabajar.

Lo que no tengo muy claro es lo de la baja en nuestros trabajos actuales y la firma del contrato FPI. ¿Se supone que hay que estar"libre" en la fecha que vas a señalar en el contrato, o bien en el momento en el que lo firmas?

En mi caso tengo que avisar de que dejo mi trabajo actual con un mes de antelación. Y pensaba que si por ejemplo, firmo un contratoel 10 de abril diciendo que empezaría la beca el 1 de mayo, no debería haber problema aunque aún esté trabajando en otro sitio el 10 de abril, ¿no? En principio yo diría que lo que cuenta es no estar dado/a de alta en la Seguridad Social en el momento de incorporarse pero con lo que estáis diciendo ahora me surge la duda.

También en mi caso el contrato que tengo ahora es en otro país, con lo que no sé si funcionaría diferente lo de darsede baja y tal.

También me surge la duda de los 20 días para firmar el contrato ¿son días naturales o laborables?

Si alguien tiene alguna información sobre estas dos cosillas, se lo agradezco!


Ánimo a todos. Y sobre todo, paciencia smile

mensajes: 17

Lo que me parece lamentable es que nosotros tengamos que estar pendientes de todo y haciendo cábalas para estimar cuándo deberían sacar la resolución de concesión, cuando nosotros para hacer la solicitud tuvimos el 13-27 de septiembre, tenemos 10 días para subsanaciones, y si nos pasamos un sólo día o entregamos un documento que no es nos eliminan de la solicitud echando cohetes, y ellos puedan tomarse todo el tiempo del mundo y meses para unas simples alegaciones.

No es normal que no haya plazos definidos, que a unos les digan que en febrero o marzo no saldrán, que a mí me digan que no hay fecha definida... Vamos, que nos mareen y al final acaben saltándose los plazos oficiales.

En el grupo de Facebook de las FPI han iniciado un change sobre esto, lo comparto por aquí al menos para hacer algo, porque yo ya estoy cansado de que se tomen meses para algo tan serio y nos tomen por tontos:

https://www.change.org/p/ministerio-de-economía-industria-y-competitividad-resolución-definitiva-fpi-ya?recruiter=33246351&utm_source=share_petition&utm_medium=email&utm_campaign=share_email_responsive

mensajes: 12

Los becarios aqui del laboratorio me dijeron que el Ministerio ha cambiado el tipo de contrato de todos los becarios y que hora son contratos de 4 años de contratos como prácticas y no contratos laborales, como dicen en la convocatoria, y que además la medida tiene caracter retroactivo.

Así que supongo que firmaremos contratos de prácticas de 4 años!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

Sabéis algo al respecto?

mensajes: 3
AdrianaOliveira wrote:

Los becarios aqui del laboratorio me dijeron que el Ministerio ha cambiado el tipo de contrato de todos los becarios y que hora son contratos de 4 años de contratos como prácticas y no contratos laborales, como dicen en la convocatoria, y que además la medida tiene caracter retroactivo.

Así que supongo que firmaremos contratos de prácticas de 4 años!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

Sabéis algo al respecto?

 

Hay otro hilo dedicado enteramente a ese tema: http://precarios.org/tiki-view_forum_thread.php?comments_parentId=110854&topics_offset=2

mensajes: 26
AdrianaOliveira wrote:

Los becarios aqui del laboratorio me dijeron que el Ministerio ha cambiado el tipo de contrato de todos los becarios y que hora son contratos de 4 años de contratos como prácticas y no contratos laborales, como dicen en la convocatoria, y que además la medida tiene caracter retroactivo.

Así que supongo que firmaremos contratos de prácticas de 4 años!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

Sabéis algo al respecto?

La cosa pinta mal..

http://www.eldiario.es/sociedad/Gobierno-retroactivo-contratos-investigadores-predoctorales_0_613139103.html

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Buenos días,

Creeis que el tema del cambio de codificación de los contratos y de que haya salido a la luz ahora en los medios de comunicación puede atrasar la resolución definitiva? o creeis que este tema no afecta a la resolución? Lo pregunto por el mail que aparece en un comentario más arriba, donde se muestra un mail del ministerio diciendo que la resolución no saldra (muy probablemente) ni en febrero ni en marzo. Me gustaria pensar que prefieren solucionar el tema de los tipos de contrato antes de dar las nuevas becas, pero sabiendo como se hacen las cosas, no me extrañaria que no fuera así.

Es lamentable que tengamos que estar en esta situación durante un tiempo indefinido, a la espera de que los señores de decidan. En fin, es lo que tiene vivir en Españistan...

Salud, suerte y fuerza amig@s!

mensajes: 15

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Buenas tardes,

yo supongo (espero) que no se tenga que retrasar la publicación de los contratos FPI 2016, por la chapuza e ilegalidad que han cometido en los anteriores contratos (de modicarle las condiciones del contrato sin su consentimiento y de forma retroactiva), ya que estos son nuevos y aqui si que está señalado que es 420. Aqui dejo el link donde sale el contrato temporal que seguramente firmaremos, donde indica que es 420 y que no se aplica el D.T. 8º del Estatuto de los Trabajadores.
http://www.sepe.es/contenidos/empresas/contratos_trabajo/modelos_contrato.html

http://www.sepe.es/contenidos/empresas/contratos_trabajo/asistente/pdf/temporal/Temporal.pdf

mensajes: 32
algara4 wrote:

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Buenas tardes,

yo supongo (espero) que no se tenga que retrasar la publicación de los contratos FPI 2016, por la chapuza e ilegalidad que han cometido en los anteriores contratos (de modicarle las condiciones del contrato sin su consentimiento y de forma retroactiva), ya que estos son nuevos y aqui si que está señalado que es 420. Aqui dejo el link donde sale el contrato temporal que seguramente firmaremos, donde indica que es 420 y que no se aplica el D.T. 8º del Estatuto de los Trabajadores.
http://www.sepe.es/contenidos/empresas/contratos_trabajo/modelos_contrato.html

http://www.sepe.es/contenidos/empresas/contratos_trabajo/asistente/pdf/temporal/Temporal.pdf

Bueno ya sabemos de dónde viene el cambio de contrato y que sabían perfectamente lo que hacían. Lo que no tengo claro es que sea legal el que no nos apliquen el estatuto de los trabajadores. Parece una discriminación. 

Tampoco creo que se vayan a ahorrar mucho dinero con estas medidas. Parece un poco desesperado o que simplemente quieren deshacerse de nosotros por alguna razón.

mensajes: 12
algara4 wrote:

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Buenas tardes,

yo supongo (espero) que no se tenga que retrasar la publicación de los contratos FPI 2016, por la chapuza e ilegalidad que han cometido en los anteriores contratos (de modicarle las condiciones del contrato sin su consentimiento y de forma retroactiva), ya que estos son nuevos y aqui si que está señalado que es 420. Aqui dejo el link donde sale el contrato temporal que seguramente firmaremos, donde indica que es 420 y que no se aplica el D.T. 8º del Estatuto de los Trabajadores.
http://www.sepe.es/contenidos/empresas/contratos_trabajo/modelos_contrato.html

http://www.sepe.es/contenidos/empresas/contratos_trabajo/asistente/pdf/temporal/Temporal.pdf

Gracias por la respuesta.

Lo que me hace dudar de la chapuza que han hecho es el tema de los dos años máximos de contrato en prácticas. Por eso decia "ahora que ha salido a la luz". Aunque quiero pensar que "ellos" ya estaban al corriente de esta limitación y tienen algun chanchullo que pueden hacer para legalizar un contrato en prácticas de 4 años.

Veremos cómo acaba la cosa...

Salud

mensajes: 15

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Desconozco de donde sacais la información sobre "los dos años de practicas" , si teneis algún tipo de documento indicarlo para que podamos enterarnos mejor.

Que yo sepa los contratos predoctorales son de duración de 4 años, no es ningún contrato de practicas, es un contrato temporal de 4 años. Lo entiendo asi por el documento de Ley14/2011 de la Ciencia, en su artículo 20 y 21. Dejo aquí el link -->https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-9617 

Salud.

mensajes: 15
algara4 wrote:
algara4 wrote:

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Buenas tardes,

yo supongo (espero) que no se tenga que retrasar la publicación de los contratos FPI 2016, por la chapuza e ilegalidad que han cometido en los anteriores contratos (de modicarle las condiciones del contrato sin su consentimiento y de forma retroactiva), ya que estos son nuevos y aqui si que está señalado que es 420. Aqui dejo el link donde sale el contrato temporal que seguramente firmaremos, donde indica que es 420 y que no se aplica el D.T. 8º del Estatuto de los Trabajadores.
http://www.sepe.es/contenidos/empresas/contratos_trabajo/modelos_contrato.html

http://www.sepe.es/contenidos/empresas/contratos_trabajo/asistente/pdf/temporal/Temporal.pdf

Bueno ya sabemos de dónde viene el cambio de contrato y que sabían perfectamente lo que hacían. Lo que no tengo claro es que sea legal el que no nos apliquen el estatuto de los trabajadores. Parece una discriminación. 

Tampoco creo que se vayan a ahorrar mucho dinero con estas medidas. Parece un poco desesperado o que simplemente quieren deshacerse de nosotros por alguna razón.

El Estatuto de los Trabajadores se aplica perfectamente, lo que indica el contrato es que no se aplica la "Disposición Transitoria 8º (D.T. 8º) del Estatuto de los trabajadores" que es la que hace referencia a la 'Indemnización por finalización del contrato temporal'.

Saludos

mensajes: 7

Buenas. Yo tengo concedida provisionalmente la FPI y estoy admitido en el programa de doctorado (pero no matriculado aún). El plazo para matricularme, en mi caso en la Autónoma, está apunto de acabar y no se vuelve a abrir hasta junio. ¿Puedo esperar a matricularme en junio y si sale la FPI en marzo o abril, empear a trabajar en ese momento o no puedo incorporarme si no estoy matriculado de doctorado? También podría matricularme ya, pero supondría tener pagar la matrícula de doctorado en vez de que te la cubra la beca.

Gracias por adelantado

mensajes: 3
Estrada wrote:

Buenas. Yo tengo concedida provisionalmente la FPI y estoy admitido en el programa de doctorado (pero no matriculado aún). El plazo para matricularme, en mi caso en la Autónoma, está apunto de acabar y no se vuelve a abrir hasta junio. ¿Puedo esperar a matricularme en junio y si sale la FPI en marzo o abril, empear a trabajar en ese momento o no puedo incorporarme si no estoy matriculado de doctorado? También podría matricularme ya, pero supondría tener pagar la matrícula de doctorado en vez de que te la cubra la beca.

Gracias por adelantado

Hola!

No creo que puedas empezar sin estar matriculado, pero la beca te cubre la matrícula en cuanto se resuelva. Es como las becas de la carrera, hay que poner que eres becario y cuando se resuelva si te la dan ya no pagas nada, y si no te la dan te reclaman el dinero. De hecho, yo me matricule en septiembre y me reclamaron el dinero pero les expliqué la situación y me dijeron que esperan a que se resuelva (que aprovecho para decir que mi universidad cuenta con que sea para finales de marzo o principios de abril).

Saludos

mensajes: 17
Estrada wrote:
Estrada wrote:

Buenas. Yo tengo concedida provisionalmente la FPI y estoy admitido en el programa de doctorado (pero no matriculado aún). El plazo para matricularme, en mi caso en la Autónoma, está apunto de acabar y no se vuelve a abrir hasta junio. ¿Puedo esperar a matricularme en junio y si sale la FPI en marzo o abril, empear a trabajar en ese momento o no puedo incorporarme si no estoy matriculado de doctorado? También podría matricularme ya, pero supondría tener pagar la matrícula de doctorado en vez de que te la cubra la beca.

Gracias por adelantado

Hola!

No creo que puedas empezar sin estar matriculado, pero la beca te cubre la matrícula en cuanto se resuelva. Es como las becas de la carrera, hay que poner que eres becario y cuando se resuelva si te la dan ya no pagas nada, y si no te la dan te reclaman el dinero. De hecho, yo me matricule en septiembre y me reclamaron el dinero pero les expliqué la situación y me dijeron que esperan a que se resuelva (que aprovecho para decir que mi universidad cuenta con que sea para finales de marzo o principios de abril).

Saludos

Hola. Yo no quise hacer la matrícula de aquellas aún poniendo becario, porque si no me la daban, no quería estar matriculado y tenía otros planes.

Cuando expliqué mi situación me dijeron que me ampliaban el plazo de matrícula para cuando se resolviese, aunque esperábamos para principios de febrero o así. Ahora ha cambiado el coordinador del programa de doctorado, y tendré que volver a negociar, espero que el nuevo siga con el mismo sistema.

 

 

Yo hablaría con el coordinador del programa para que te modifique los plazos de matrícula.

mensajes: 12
Estrada wrote:

Buenas. Yo tengo concedida provisionalmente la FPI y estoy admitido en el programa de doctorado (pero no matriculado aún). El plazo para matricularme, en mi caso en la Autónoma, está apunto de acabar y no se vuelve a abrir hasta junio. ¿Puedo esperar a matricularme en junio y si sale la FPI en marzo o abril, empear a trabajar en ese momento o no puedo incorporarme si no estoy matriculado de doctorado? También podría matricularme ya, pero supondría tener pagar la matrícula de doctorado en vez de que te la cubra la beca.

Gracias por adelantado

Hola!!

También soy de la Autónoma. A mi me han dicho que no debo matricularme ahora, que es para esperar la resolución definitiva. Si no abren algún otro plazo especial para nosotros nos tocaría hacer la matricula en junio y dijeron que no hay problemas para firmar en contrato sin estar matriculado, debemos estar admitidos. No se si sabes,  pero si no habren otro plazo deberiamos solicitar novamente la admisión antes de hacer la matricula, porque ya seria el curso 2017/2018 y la admisión de un año no vale para el otro. Eso me han dicho los de la Escuela de Doctorado.

mensajes: 3
Estrada wrote:
Estrada wrote:

Buenas. Yo tengo concedida provisionalmente la FPI y estoy admitido en el programa de doctorado (pero no matriculado aún). El plazo para matricularme, en mi caso en la Autónoma, está apunto de acabar y no se vuelve a abrir hasta junio. ¿Puedo esperar a matricularme en junio y si sale la FPI en marzo o abril, empear a trabajar en ese momento o no puedo incorporarme si no estoy matriculado de doctorado? También podría matricularme ya, pero supondría tener pagar la matrícula de doctorado en vez de que te la cubra la beca.

Gracias por adelantado

Hola!!

También soy de la Autónoma. A mi me han dicho que no debo matricularme ahora, que es para esperar la resolución definitiva. Si no abren algún otro plazo especial para nosotros nos tocaría hacer la matricula en junio y dijeron que no hay problemas para firmar en contrato sin estar matriculado, debemos estar admitidos. No se si sabes,  pero si no habren otro plazo deberiamos solicitar novamente la admisión antes de hacer la matricula, porque ya seria el curso 2017/2018 y la admisión de un año no vale para el otro. Eso me han dicho los de la Escuela de Doctorado.

Yo he pagado la matricula para quitarme de lios. Luego te devuelven unos 200 euros, los pertenecientes a la tutela de doctorado, los otros 100 o algo asi, los pagas tu, por ser creditos (charlas,congresos, y otros). Si teneis dinero es mejor que os matriculeis ya y luego os devuelvan el dinero.

mensajes: 1
Estrada wrote:
Estrada wrote:

Buenas. Yo tengo concedida provisionalmente la FPI y estoy admitido en el programa de doctorado (pero no matriculado aún). El plazo para matricularme, en mi caso en la Autónoma, está apunto de acabar y no se vuelve a abrir hasta junio. ¿Puedo esperar a matricularme en junio y si sale la FPI en marzo o abril, empear a trabajar en ese momento o no puedo incorporarme si no estoy matriculado de doctorado? También podría matricularme ya, pero supondría tener pagar la matrícula de doctorado en vez de que te la cubra la beca.

Gracias por adelantado

Hola!!

También soy de la Autónoma. A mi me han dicho que no debo matricularme ahora, que es para esperar la resolución definitiva. Si no abren algún otro plazo especial para nosotros nos tocaría hacer la matricula en junio y dijeron que no hay problemas para firmar en contrato sin estar matriculado, debemos estar admitidos. No se si sabes,  pero si no habren otro plazo deberiamos solicitar novamente la admisión antes de hacer la matricula, porque ya seria el curso 2017/2018 y la admisión de un año no vale para el otro. Eso me han dicho los de la Escuela de Doctorado.

Hola buenas tardes a tod@s! 

Es la primera vez que escribo en el foro aunque he seguido el hilo desde el principio.

Yo también tengo una FPI concedida provisionalmente y soy de la Autónoma de Madrid, en mi caso los coordinadores del doctorado y  los que llevan la gestión de las becas en mi centro me dijeron que debía matricularme en el doctorado en este plazo, y que además, al no haberse resuelto la beca aún, debía poner que era no becario pero que una vez saliese la resolución definitiva me devolverían el importe de la matrícula.

A mi compañera del labo, que también es FPI, le pasó lo mismo en su año, lo hizo así y le devolvieron el dinero.

Yo me he matriculado no vaya a ser que a los del ministerio se les cruce el cable y no permitan formalizar el contrato a los que no esén matriculados en el curso 2016/17

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