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Convocatorias Predoctorales: FPI, FPU, CCAA, Fundaciones


IMPORTANTE. Exigir una mejora salarial para los contratos FPI-FPU

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Hola a todos,

En las convocatorias (al menos en la mía, la de 2015) de la FPI (no tengo claro si también en las de la FPU), dice lo siguiente en el artículo 5.3:

"En relación con la ayuda para la financiación del contrato, la ayuda anual para cada uno de los contratos predoctorales será de 20.500 euros. La retribución salarial mínima que deberán recibir los investigadores en formación durante este periodo, que se deberá indicar en cada contrato, será de 16.422 euros brutos anuales."

Es decir, la universidad recibe 20.500 euros anuales para pagarnos exclusivamente nuestro sueldo mensual. Sin embargo, creo que todos nosotros cobramos el mínimo que dice en la convocatoria (es decir, 16.422 euros BRUTOS anuales). Si alguien tiene un salario superior a ése, le pediría que lo dijera, para tener un precedente y meter más presión.

Si me equivoco en algo, por favor, corregidme!

La idea es que esos 4000e anuales de diferencia desaparecen (se los queda la universidad, probablemente), y nosotros deberíamos tener el derecho, al menos, de pedir una parte (si no todo) de ese dinero. Como en cualquier otro trabajo en el sector privado, hay un salario mínimo que te deben pagar. Pero, a partir de ahí, depende de nosotros y de la empresa el negociar si se puede incrementar y, en tal caso, determinar la cuantía. En nuestro caso, habría un máximo obvio, los 20.500. Pero deberíamos poder negociar en esa franja de los 20.500 - 16.422e.

Una posible propuesta (entre otras que se os pueda ocurrir) totalmente improvisada podría ser la siguiente: Pedir que al inicio de contrato nos valoraran en relación a nuestro currículum y nos pagaran de acuerdo a éste durante la primera anualidad. Y, en las sucesivas anualidades, evaluaran nuestro trabajo y se acordara otro incremento salarial si estamos cumpliendo (con publicaciones, conferencias, etc.)

No sé que os parece. Quizá me equivoque en la premisa de que esos 4000e se los queda el centro de I+D que nos recibe o en alguna otra cosa. Pero creo que es así.

Saludos,
Alejandro.

posts: 1481

Siento decepcionarte, pero esos 4000€ son para que tu centro de investigación pague a la seguridad social la cuota que le corresponde por tenerte contratado.

Lo que más limita el sueldo es el propio modelo de contrato predoctoral (que si no recuerdo mal, viene descrito en el estatuto del personal investigador en formación (EPIF) o en la ley de la ciencia) que dice que los que tengan este contrato pueden cobrar como mínimo el 56% de lo que le correspondería a alguien de su misma categoría profesional durante los 2 primeros años, el 60% el 3º y el 75% el 4º año. Y claro, en general los centros no te van a pagar más del mínimo, no vaya a ser que puedas llegar a fin de mes.

posts: 15
HayQuePonerAlgo wrote:

Siento decepcionarte, pero esos 4000€ son para que tu centro de investigación pague a la seguridad social la cuota que le corresponde por tenerte contratado.

Lo que más limita el sueldo es el propio modelo de contrato predoctoral (que si no recuerdo mal, viene descrito en el estatuto del personal investigador en formación (EPIF) o en la ley de la ciencia) que dice que los que tengan este contrato pueden cobrar como mínimo el 56% de lo que le correspondería a alguien de su misma categoría profesional durante los 2 primeros años, el 60% el 3º y el 75% el 4º año. Y claro, en general los centros no te van a pagar más del mínimo, no vaya a ser que puedas llegar a fin de mes.

Buenas tardes,

Ya que has nombrado el 'Estatuto del personal investigador en formación' (EPIF), el que está vigente es el 'Real Decreto 63/2006' https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2006-1703

Y no hay otro más actual, ¿cierto?

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