Loading...
 

Convocatorias Postdocs


Nueva convocatoria certificaciones I3

posts: 9

Hola a todos

Ha salido publicada la nueva convocatoria de certificaciones I3, abierta desde mañana hasta el 31 de diciembre de 2020.

https://www.boe.es/boe/dias/2020/11/10/pdfs/BOE-A-2020-13963.pdf

La principal novedad es que en el anexo IV especifica que programas pueden optar a este tipo de certificación.

Y ya que estoy, algo que no me ha quedado claro: En el anexo I describe las áreas y subáreas de la agencia estatal de investigación. Pero estas no coinciden con las comisiones descritas en los anexos I y II de la Resolución de 20 de julio de 2005 (que es la que marca los requisitos a cumplir). Por ejemplo, en el BOE de hoy existe el área de "Ciencias matemáticas, físicas, químicas e ingenierías (CMIFQ)". Mientras que en la Resolución de 20 de julio de 2005 hay un comité para ciencias exactas y otro para ingenierías. La diferencia es que en el primero piden como requisito 10 artículos y en el segundo solo 6.

Un saludo

posts: 23

Hola, puedo preguntarte en que fecha la pediste para intentar calcular con qué retraso van? aunque a lo mejor varía según la área. Muchas gracias y enhorabuena!

juley wrote:

Muy buenas,
me acaba de llegar un email con la resolución favorable de mi I3; para que sepáis que poco a poco están enviando las notificaciones...
Suerte a todos y Feliz Año!

posts: 46

Muy buenas,
me acaba de llegar un email con la resolución favorable de mi I3; para que sepáis que poco a poco están enviando las notificaciones...
Suerte a todos y Feliz Año!

posts: 6
Seymour wrote:

Estoy de acuerdo con fraorhi1, lo que está escrito en el BOE es lo siguiente: "Podrán admitirse solicitudes de investigadores que hubieran cursado un programa no contemplado en el listado anterior siempre y cuando dichos programas presenten indicadores similares de calidad a los mencionados y la Secretaría General de Universidades así lo reconozca. Para ello el investigador deberá remitir a la Secretaría General de Universidades un escrito solicitando la equiparación, a los efectos exclusivamente de la presente resolución, del programa cursado a los programas de excelencia referenciados. La Secretaría General de Universidades resolverá en el plazo de un mes dicha solicitud, operando el silencio en sentido positivo. En caso de estimarse, ya sea por resolución expresa, ya sea por silencio positivo, el investigador podrá solicitar la certificación I3."

En mi caso denegaron la equiparación fuera de plazo y presenté alegación. No ha habido respuesta a dicha alegación hasta el momento, pero recibí aquel correo comunicando la extensión del plazo para la evaluación del i3. @fraorhi1, ¿tu también recibiste el correo de extensión del plazo de evaluación? ¿la "no respuesta" a la alegación referida a la equiparacion es lo que se considera negativo? Si es así, ¿sabéis qué plazo tendríamos para tomar medidas legales?

Gracias
Ánimo a tod@s y aprovecho para desearos felices fiestas.


Mi trayectoria en todo esto es igual que la tuya. A los 59 días de la solicitud de equiparación del programa, recibí la denegación. Aparte de no ajustarse al plazo del mes y, por tanto, ser una denegación sin validez jurídica por cuanto el BOE establece un silencio administrativo positivo pasado el mes, las razones aducidas para la denegación no correspondían para nada con la realidad del expediente. Supongo que muchos estaréis en la misma situación.

Al igual que tú, interpuse recurso de alzada contra esta decisión y no he tenido ninguna respuesta al respecto. Recibí el correo de alargamiento del plazo de resolución pero también considero que el plazo para la resolución ha expirado, superando los doce meses, y como dice el BOE, se entenderán como favorables las evaluaciones no resueltas en este plazo.

Puesto que los fundamentos jurídicos a nuestro favor son sólidos, os recomiendo que recurráis a un abogado especialista en derecho universitario para que oficialicen estas consideraciones legales a nuestro favor cuanto antes, para que así podamos acceder a las plazas reservadas para I3.

Saludos.

posts: 91

Ah ok, entonces lo recordaba mal y me parece perfecto recurrir a abogado. mucha suerte con eso y que se resuelva!

fraorhi1 wrote:
No. El silencio administrativo en la solicitud de equiparación de programas de excelencia consta en sentido positivo y favorable al solicitante, como bien viene publicado en el BOE. De hecho, es una de las motivaciones de mi recurso de alzada, que todavía no ha sido respondido por el Ministerio y que se adjunta al dossier judicial.
posts: 16
fraorhi1 wrote:
No. El silencio administrativo en la solicitud de equiparación de programas de excelencia consta en sentido positivo y favorable al solicitante, como bien viene publicado en el BOE. De hecho, es una de las motivaciones de mi recurso de alzada, que todavía no ha sido respondido por el Ministerio y que se adjunta al dossier judicial.


Estoy de acuerdo con fraorhi1, lo que está escrito en el BOE es lo siguiente: "Podrán admitirse solicitudes de investigadores que hubieran cursado un programa no contemplado en el listado anterior siempre y cuando dichos programas presenten indicadores similares de calidad a los mencionados y la Secretaría General de Universidades así lo reconozca. Para ello el investigador deberá remitir a la Secretaría General de Universidades un escrito solicitando la equiparación, a los efectos exclusivamente de la presente resolución, del programa cursado a los programas de excelencia referenciados. La Secretaría General de Universidades resolverá en el plazo de un mes dicha solicitud, operando el silencio en sentido positivo. En caso de estimarse, ya sea por resolución expresa, ya sea por silencio positivo, el investigador podrá solicitar la certificación I3."

En mi caso denegaron la equiparación fuera de plazo y presenté alegación. No ha habido respuesta a dicha alegación hasta el momento, pero recibí aquel correo comunicando la extensión del plazo para la evaluación del i3. @fraorhi1, ¿tu también recibiste el correo de extensión del plazo de evaluación? ¿la "no respuesta" a la alegación referida a la equiparacion es lo que se considera negativo? Si es así, ¿sabéis qué plazo tendríamos para tomar medidas legales?

Gracias
Ánimo a tod@s y aprovecho para desearos felices fiestas.

posts: 6
carol_pez wrote:
Yo soy muy pro-abogado. Pero lo de los programas de excelencia creo que era el revés, es decir, en ese caso, frente a la solicitud de equiparación el silencio administrativo es negativo. Era positivo sólo en el caso de la i3 "común".


No. El silencio administrativo en la solicitud de equiparación de programas de excelencia consta en sentido positivo y favorable al solicitante, como bien viene publicado en el BOE. De hecho, es una de las motivaciones de mi recurso de alzada, que todavía no ha sido respondido por el Ministerio y que se adjunta al dossier judicial.

posts: 91

Yo soy muy pro-abogado. Pero lo de los programas de excelencia creo que era el revés, es decir, en ese caso, frente a la solicitud de equiparación el silencio administrativo es negativo. Era positivo sólo en el caso de la i3 "común".

fraorhi1 wrote:

Creo que, llegados a este punto, parece conveniente poner el asunto en manos de abogados, porque ya no es sólo el retraso, que interpreto que ya ha sobrepasado el tiempo límite y debería suponer la aprobación de facto, sino que la aprobación de los programas de excelencia también ha sido fraudulenta en los términos que rige la convocatoria, ya que el silencio administrativo obraba en favor de los solicitantes.

De hecho, yo ya me encuentro en la fase de reclamación judicial.

posts: 6

Creo que, llegados a este punto, parece conveniente poner el asunto en manos de abogados, porque ya no es sólo el retraso, que interpreto que ya ha sobrepasado el tiempo límite y debería suponer la aprobación de facto, sino que la aprobación de los programas de excelencia también ha sido fraudulenta en los términos que rige la convocatoria, ya que el silencio administrativo obraba en favor de los solicitantes.

De hecho, yo ya me encuentro en la fase de reclamación judicial.

posts: 6

Leyendo con cuidado, la comunicación recibida en junio de este año alude al artículo 23 de la Ley 39/2015, no al 22.

El artículo 23 se refiere a "Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar", mientras que el 22 (que es el mencionado en el BOE de la convocatoria) se refiere "Suspensión del plazo máximo para resolver".

Por supuesto, mi razonamiento está sesgado, pero si aluden al artículo 23 y no al 22 no se incluirían los 3 meses extra.

Coincido con @Lau81, es que es material para consultar a abogados (u opositores a la administración).

Un saludo.

MarCab wrote:
posts: 32

Hola,

Tiene sentido lo que dices MarCab. Sin embargo en la notificación de ampliación de la resolución dicen "ampliar hasta seis meses el plazo máximo de resolución establecido en el punto quinto", que a su vez dice de forma literal "a contar desde la fecha de presentación de la solicitud". Es decir, no habla del punto 2 que añadiría esos +3 meses. En fin, esto es ambiguo y es para profesionales del Derecho, a mí me queda lejos.
Mucho ánimo!

MarCab wrote:
posts: 6

Hola a todos¡

He mirado la convocatoria 2020 con cuidado y sino me equivoco con las cuentas...serían 6+6+3 meses para estimar nuestra solicitud como favorable por silencio administrativo. Os indico a continuación los artículos importantes.

Resolución 4 de noviembre de 2020

Quinto. Instrucción y resolución del procedimiento.
2. El órgano competente para la evaluación de los requisitos de calidad de la producción y actividad científico-tecnológica establecidos en punto cuarto, letra d), será la Agencia Estatal de Investigación, que elaborará un informe que tendrá carácter preceptivo y vinculante. Podrá suspenderse el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento por el tiempo que medie entre la petición y la recepción del informe, en los términos previstos en el artículo 22.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Artículo 22. Suspensión del plazo máximo para resolver.
d) Cuando se soliciten informes preceptivos a un órgano de la misma o distinta Administración, por el tiempo que medie entre la petición, que deberá comunicarse a los interesados, y la recepción del informe, que igualmente deberá ser comunicada a los mismos. Este plazo de suspensión no podrá exceder en ningún caso de tres meses. En caso de no recibirse el informe en el plazo indicado, proseguirá el procedimiento.

Creo que no hemos recibido comunicación alguna, a lo mejor se puede recurrir aún. ¿Qué os parece?

Saludos

AeroTermoDinamico wrote:

Reproduzco más abajo la notificación de extensión de plazo recibida en junio.

Según esto, la ausencia de respuesta en 6+6 meses si que parece implicar una resolución favorable por silencio administrativo.

Sería interesante saber cuántos de nosotros estamos en esa situación, ya que un grupo moderamente grande de gente puede hacer algo más de fuerza.

Un saludo

--------------------------------------------
Resolución por la que se acuerda ampliar el plazo máximo para resolver y notificar el resultado
de las solicitudes de certificaciones I3 cuyo procedimiento se establece en la Resolución de 4
de noviembre de 2020, de la Secretaría General de Universidades, por la que se fija el
procedimiento para la expedición de las certificaciones I3 a efectos de lo establecido en la Ley
6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

El 10 de noviembre de 2020 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Resolución de 4 de
noviembre de 2020, de la Secretaría General de Universidades, por la que se fija el
procedimiento para la expedición de las certificaciones I3 a efectos de lo establecido en la Ley
6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018. Dado el elevado
volumen de solicitudes recibidas, se hace necesaria una ampliación del plazo máximo de
resolución con el fin de preservar las garantías de los interesados en dicho procedimiento.

De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que permite
excepcionalmente la ampliación del plazo máximo para resolver y notificar cuando se hayan
agotado los medios personales y materiales disponibles a los que se refiere el apartado 5 del
artículo 21 de la misma, resuelvo:

Primero.‐ Ampliar hasta seis meses el plazo máximo de resolución y notificación establecido en
el punto quinto, apartado 3, de la Resolución de 4 de noviembre de 2020, de la Secretaría
General de Universidades, por la que se fija el procedimiento para la expedición de las
certificaciones I3 a efectos de lo establecido en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2018.

Segundo.‐ Contra la presente resolución, que deberá ser notificada a los interesados, no cabrá
recurso alguno, de conformidad con el artículo 23.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,.

Madrid, 6 de mayo de 2021. –El Secretario General de Universidades ...
--------------------------------------------

posts: 6

Reproduzco más abajo la notificación de extensión de plazo recibida en junio.

Según esto, la ausencia de respuesta en 6+6 meses si que parece implicar una resolución favorable por silencio administrativo.

Sería interesante saber cuántos de nosotros estamos en esa situación, ya que un grupo moderamente grande de gente puede hacer algo más de fuerza.

Un saludo

--------------------------------------------
Resolución por la que se acuerda ampliar el plazo máximo para resolver y notificar el resultado
de las solicitudes de certificaciones I3 cuyo procedimiento se establece en la Resolución de 4
de noviembre de 2020, de la Secretaría General de Universidades, por la que se fija el
procedimiento para la expedición de las certificaciones I3 a efectos de lo establecido en la Ley
6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

El 10 de noviembre de 2020 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Resolución de 4 de
noviembre de 2020, de la Secretaría General de Universidades, por la que se fija el
procedimiento para la expedición de las certificaciones I3 a efectos de lo establecido en la Ley
6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018. Dado el elevado
volumen de solicitudes recibidas, se hace necesaria una ampliación del plazo máximo de
resolución con el fin de preservar las garantías de los interesados en dicho procedimiento.

De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que permite
excepcionalmente la ampliación del plazo máximo para resolver y notificar cuando se hayan
agotado los medios personales y materiales disponibles a los que se refiere el apartado 5 del
artículo 21 de la misma, resuelvo:

Primero.‐ Ampliar hasta seis meses el plazo máximo de resolución y notificación establecido en
el punto quinto, apartado 3, de la Resolución de 4 de noviembre de 2020, de la Secretaría
General de Universidades, por la que se fija el procedimiento para la expedición de las
certificaciones I3 a efectos de lo establecido en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2018.

Segundo.‐ Contra la presente resolución, que deberá ser notificada a los interesados, no cabrá
recurso alguno, de conformidad con el artículo 23.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,.

Madrid, 6 de mayo de 2021. –El Secretario General de Universidades ...
--------------------------------------------

Lau81 wrote:

"Una vez recibido el informe de la Agencia Estatal de Investigación, la Secretaría General de Universidades dictará la correspondiente resolución en el plazo máximo de seis meses, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud, que será notificada a la persona solicitante. La falta de resolución expresa en el citado plazo permitirá considerar estimada la solicitud."

Es decir, literalmente, "en el plazo máximo de seis meses, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud".

posts: 6

Hola!
No puedo estar más de acuerdo contigo en que esto es una vergüenza, solo adelantaba la respuesta que vamos a recibir de Investigación Universitaria. Ojala me equivoque.

Lau81 wrote:

Hola MarCab,

En un documento que sacan en diciembre de 2021, fuera de plazo, pueden decir lo que deseen. Lo oficial es lo que dice le BOE, no lo que dice ese documento de la vergüenza. Es un documento para disuadir. Y si no es así, lo tendrán que explicar si hay recursos.

¿O para que está el BOE si no?

posts: 32

"Una vez recibido el informe de la Agencia Estatal de Investigación, la Secretaría General de Universidades dictará la correspondiente resolución en el plazo máximo de seis meses, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud, que será notificada a la persona solicitante. La falta de resolución expresa en el citado plazo permitirá considerar estimada la solicitud."

Es decir, literalmente, "en el plazo máximo de seis meses, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud".

Lau81 wrote:

Hola MarCab,

En un documento que sacan en diciembre de 2021, fuera de plazo, pueden decir lo que deseen. Lo oficial es lo que dice le BOE, no lo que dice ese documento de la vergüenza. Es un documento para disuadir. Y si no es así, lo tendrán que explicar si hay recursos.

¿O para que está el BOE si no?

posts: 32

Hola MarCab,

En un documento que sacan en diciembre de 2021, fuera de plazo, pueden decir lo que deseen. Lo oficial es lo que dice le BOE, no lo que dice ese documento de la vergüenza. Es un documento para disuadir. Y si no es así, lo tendrán que explicar si hay recursos.

¿O para que está el BOE si no?

MarCab wrote:

Hola Lau81,

Por desgracia en el plazo de un año no incluyen el periodo de evaluación en la Agencia Estatal de Investigación, donde están ahora nuestras solicitudes. De manera que con esta trampa no hay un plazo exacto de resolución. En la parte de preguntas frequentes de la nueva convocatora 2021 lo indican claramente.

Mucha suerte a todos y seguimos a la espera¡

posts: 6

Es más sencillo porque no piden la acreditación de contratado doctor ni los requisitos de los anexos I y II de la Resolución de 20 de julio de 2005 que entre otras cosas eran bastantes publicaciones y separadas en dos periodos (los últimos cuatro años y toda tu etapa anterior). Ahora piden tener 8 publicaciones en los 10 últimos años y experiencia postdoctoral de dos años fuera del centro de tu tesis. Además cuentan las publicaciones de este año, cosa lógica. Creo que en general hay más opciones que antes. Con todo esto no quiero decir que haya que conformarse con la chapuza de los plazos, podemos protestar pero no se muy bien que vía utilizar.

Claisen wrote:

Me resulta bastante flipante que nosotros tengamos siempre unos plazos muy estrictos y ellos hagan esto...en fin es lo que hay.

Yo la solicité el año pasado, y reconozco que soy bastante inutil para todo el tema burocrático, pero por qué dices que es mas sencilla?

posts: 45
MarCab wrote:

Hola Claisen,

Aparece en la parte de preguntas frecuentes de la convocatoria de este año pero se refiere a la convocatoria anterior. Es la pregunta sobre que hacer cuando has solicitado la certificación 2020 y todavía no se ha resuelto. En mi opinión si no hay seguridad de obtener la certificación 2020, lo mejor sería presentar la solicitud de la nueva convocatoria y si obtienes la certificación 2020 desestimar la solicitud. La convocatoria de este año es mucho más fácil y me imagino que habrá muchas más solicitudes y atasco, así que cuanto antes se solicite mejor.


Me resulta bastante flipante que nosotros tengamos siempre unos plazos muy estrictos y ellos hagan esto...en fin es lo que hay.

Yo la solicité el año pasado, y reconozco que soy bastante inutil para todo el tema burocrático, pero por qué dices que es mas sencilla?

posts: 6

Hola Claisen,

Aparece en la parte de preguntas frecuentes de la convocatoria de este año pero se refiere a la convocatoria anterior. Es la pregunta sobre que hacer cuando has solicitado la certificación 2020 y todavía no se ha resuelto. En mi opinión si no hay seguridad de obtener la certificación 2020, lo mejor sería presentar la solicitud de la nueva convocatoria y si obtienes la certificación 2020 desestimar la solicitud. La convocatoria de este año es mucho más fácil y me imagino que habrá muchas más solicitudes y atasco, así que cuanto antes se solicite mejor.

Claisen wrote:
Esto aparece en la convocatoria de este año, sabemos si estaba en la convocatoria del año anterior?
posts: 45
MarCab wrote:

Hola Lau81,

Por desgracia en el plazo de un año no incluyen el periodo de evaluación en la Agencia Estatal de Investigación, donde están ahora nuestras solicitudes. De manera que con esta trampa no hay un plazo exacto de resolución. En la parte de preguntas frequentes de la nueva convocatora 2021 lo indican claramente.

Mucha suerte a todos y seguimos a la espera¡


Esto aparece en la convocatoria de este año, sabemos si estaba en la convocatoria del año anterior?

posts: 6

Hola Lau81,

Por desgracia en el plazo de un año no incluyen el periodo de evaluación en la Agencia Estatal de Investigación, donde están ahora nuestras solicitudes. De manera que con esta trampa no hay un plazo exacto de resolución. En la parte de preguntas frequentes de la nueva convocatora 2021 lo indican claramente.

Mucha suerte a todos y seguimos a la espera¡

Lau81 wrote:

Hola,

me han dicho que próximamente recibiré una notificación. Sin comentarios.

El BOE es claro, insisto, "La falta de resolución expresa en el citado plazo permitirá considerar estimada la solicitud."

posts: 32

Hola,

me han dicho que próximamente recibiré una notificación. Sin comentarios.

El BOE es claro, insisto, "La falta de resolución expresa en el citado plazo permitirá considerar estimada la solicitud."

posts: 264

Buenas tardes, me parece tremendo lo que estáis viviendo.
¿Habéis pensado en pedir ayuda al Defensor del Pueblo?
En el foro de anecado (para acreditaciones de la ANECA) suelen darse problemas de este tipo y a veces recurren a él.
Mucha suerte, ánimo y paciencia a tod@s

posts: 37


hola a todos,
os comento mis novedades. Pregunte a traves de Atencio Ciudadana por mi expediente. La respuesta: no sabemos donde esta. No hay registro ni por mi nombre ni por el numero de referencia que indique. A cambio me preguntan si puedo mandar por mail el justificante de presentacion de mi candidatura. Lo hago. La respuesta: silencio. Y ya hace dias que se ha pasado el año desde que presente mi solicitud. En fin. Suerte a todos y a todas! Y animo! eso que no falte!
saludos

AeroTermoDinamico wrote:

Hola, @Lau81:

¿Alguna novedad a este respecto?
¿Has recibido alguna notificación estimando tu solicitud?

En mi caso, se acaba de cumplir el año desde la fecha de registro de mi solicitud.

posts: 6

Hola, @Lau81:

¿Alguna novedad a este respecto?
¿Has recibido alguna notificación estimando tu solicitud?

En mi caso, se acaba de cumplir el año desde la fecha de registro de mi solicitud.

Lau81 wrote:
Quiero decir que si se ha superado dicho plazo sin resolución, dan por favorables las solicitudes. Es lo que entiendo yo.
posts: 21

Hola,
pongo enlace a la nueva convocatoria, se seguirá en el hilo que ya puse anteriormente... pero en ese enlace viene un archivo de preguntas frecuentes que aclara algunas dudas, entre ellas la que ha colgado Antonio LG.

https://www.universidades.gob.es/portal/site/universidades/menuitem.3fa82a7cab101038d5895bd0026041a0/?vgnextoid=3c3493165615d710VgnVCM1000001d04140aRCRD&vgnextchannel=ff8bdbb8939d7710VgnVCM1000001d04140aRCRD

Saludos

Dianavg86 wrote:

Es imposible contactar con ellos.
En la nueva convocatoria te metes y pones anterior y ni existe, pasa a la de 2019....la verdad es que todo esto me empieza a parecer ya de muy mal gusto. ¿Qué debemos haceR? aplicar a la nueva convocatoria? yo apliqué el 26 de diciembre de 2020 y sigo sin saber nada y no sé a quien llamar. Es desesperante.

posts: 37

En la nueva convocatoria pone esto:

Image

Dianavg86 wrote:

Es imposible contactar con ellos.
En la nueva convocatoria te metes y pones anterior y ni existe, pasa a la de 2019....la verdad es que todo esto me empieza a parecer ya de muy mal gusto. ¿Qué debemos haceR? aplicar a la nueva convocatoria? yo apliqué el 26 de diciembre de 2020 y sigo sin saber nada y no sé a quien llamar. Es desesperante.

posts: 91

Volvería a solicitarlo en esta convocatoria
Se los contacta oficialmente por registro, como si entregaras documentación, como cuando haces la solicitud

Dianavg86 wrote:

Es imposible contactar con ellos.
En la nueva convocatoria te metes y pones anterior y ni existe, pasa a la de 2019....la verdad es que todo esto me empieza a parecer ya de muy mal gusto. ¿Qué debemos haceR? aplicar a la nueva convocatoria? yo apliqué el 26 de diciembre de 2020 y sigo sin saber nada y no sé a quien llamar. Es desesperante.

posts: 28

Es imposible contactar con ellos.
En la nueva convocatoria te metes y pones anterior y ni existe, pasa a la de 2019....la verdad es que todo esto me empieza a parecer ya de muy mal gusto. ¿Qué debemos haceR? aplicar a la nueva convocatoria? yo apliqué el 26 de diciembre de 2020 y sigo sin saber nada y no sé a quien llamar. Es desesperante.

Antonio LG wrote:

Prueba a buscar el teléfono de esta subdirección del Ministerio de Universidades:

Subdirección General de Actividad Universitaria Investigadora
Secretaría General de Universidades
Ministerio de Universidades
Pº de la Castellana, 162
28010, Madrid

posts: 37
Pantone wrote:

Hola,
gracias por el aporte.

Retomando el tema de la convocatoria 2020, qué vía es la más efectiva para ponerse en contacto con el Ministerio? Existe alguna? El plazo de un año desde la salidad de la convocatoria 2020 se agota , en mi caso sigo sin tener ninguna noticia desde que subi al registro toda mi documentación, y no se donde preguntar que ha pasado con todo ello.
Gracias y saludos


Prueba a buscar el teléfono de esta subdirección del Ministerio de Universidades:

Subdirección General de Actividad Universitaria Investigadora
Secretaría General de Universidades
Ministerio de Universidades
Pº de la Castellana, 162
28010, Madrid

posts: 37

Hola,
gracias por el aporte.

Retomando el tema de la convocatoria 2020, qué vía es la más efectiva para ponerse en contacto con el Ministerio? Existe alguna? El plazo de un año desde la salidad de la convocatoria 2020 se agota , en mi caso sigo sin tener ninguna noticia desde que subi al registro toda mi documentación, y no se donde preguntar que ha pasado con todo ello.
Gracias y saludos



Watabee wrote:

Buenos días,

todo fantástico, ha salido la convocatoria del 2021, pego enlace al hilo que se ha abierto...

http://precarios.org/forumthread124584-Certificaciones-i3-2021?topics_offset=14

Y mientras tanto en el limbo la del 2020, "emosidoengañad@"

Ánimo a tod@s

Page: 3/9  [Next]
1  2  3  4  5  6  7  8  9 

Apúntate a la lista precarios-info

 

Colabora

  • Donar con tarjeta o PayPal: