Loading...
 

Convocatorias Postdocs


Tipo de Contrato Ramon y Cajal

posts: 130

Hola a todos,

Me pasan para firmar mi contrato Ramon y Cajal y me encuentro la sorpresa de un contrato 420 (en prácticas). Cuando escribo a la universidad para preguntar si ha sido un error porque 1) El contrato es por 5 años y los contratos en prácticas no pueden ser de más de 2 años y 2) Hace más de 5 años que terminé los estudios me contestan que

"Es un contrato en formación de doctores como lo son todos los Ramón y Cajal. Se rige por la Ley de la Ciencia y es un contrato, de Acceso Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación. Es decir, que no es un prácticas tal cual. Por eso su duración puede ser superior a dos años.

Aquí te mando el enlace a la Ley de la Ciencia por si quisieras consultar el artículo 20 y 22 por el que se rigen estos contrato.

https://www.boe.es/eli/es/l/2011/06/01/14/con#a20"


Me gustaría preguntar si algún RyC lee este hilo y me puede decir si su contrato también es así o tienen otras condiciones.

Muchas gracias.

posts: 6
¡Muchas gracias por la respuesta!
posts: 91

A mi juzgar no tiene mucho sentido esa cláusula, es una obviedad eso que agregan. La relación contractual "laboral" no es indefinida, pero sí la funcionarial.

Queda expresamente excluida la posibilidad de que la relación contractual derive en indefinida, dada la condición de Administración Pública de la Universidad, y que el acceso a puestos de trabajo de la Administración con carácter indefinido deben obtenerse mediante el procedimiento reglamentario previsto.

El procedimiento reglamentario es un concurso para la respectiva plaza de funcionario. Nadie lo niega. Explica una obviedad. Ahora, ellos sí que pueden elegir llamar a concurso o no (en definitiva de ese se trata el compromiso de estabilización). Las universidades que lo ofrecen garantizan ese concurso/plaza (por ejemplo UGR, UPM, UC3M, UAH).

dariaayu wrote:

Hola a los dos,
Gracias a este hilo me he informado también de las condiciones de mi contrato.
En la universidad (pública) donde me voy a incorporar utilizan también el contrato de Acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, con código 420.
En una cláusula adicional indica que: Queda expresamente excluida la posibilidad de que la relación contractual derive en indefinida, dada la condición de Administración Pública de la Universidad, y que el acceso a puestos de trabajo de la Administración con carácter indefinido deben obtenerse
mediante el procedimiento reglamentario previsto.

Eso significa que no hay compromiso por escrito de estabilización, por lo que la universidad pierde la ayuda de los 100.000 € para generar la plaza?
Esta cláusula también es normal?

Gracias y saludos

posts: 6

Y cómo os han hecho a vosotros el compromiso de estabilización?

dariaayu wrote:

Hola a los dos,
Gracias a este hilo me he informado también de las condiciones de mi contrato.
En la universidad (pública) donde me voy a incorporar utilizan también el contrato de Acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, con código 420.
En una cláusula adicional indica que: Queda expresamente excluida la posibilidad de que la relación contractual derive en indefinida, dada la condición de Administración Pública de la Universidad, y que el acceso a puestos de trabajo de la Administración con carácter indefinido deben obtenerse
mediante el procedimiento reglamentario previsto.

Eso significa que no hay compromiso por escrito de estabilización, por lo que la universidad pierde la ayuda de los 100.000 € para generar la plaza?
Esta cláusula también es normal?

Gracias y saludos

posts: 6

Hola a los dos,
Gracias a este hilo me he informado también de las condiciones de mi contrato.
En la universidad (pública) donde me voy a incorporar utilizan también el contrato de Acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, con código 420.
En una cláusula adicional indica que: Queda expresamente excluida la posibilidad de que la relación contractual derive en indefinida, dada la condición de Administración Pública de la Universidad, y que el acceso a puestos de trabajo de la Administración con carácter indefinido deben obtenerse
mediante el procedimiento reglamentario previsto.

Eso significa que no hay compromiso por escrito de estabilización, por lo que la universidad pierde la ayuda de los 100.000 € para generar la plaza?
Esta cláusula también es normal?

Gracias y saludos

posts: 5

Hola Doctorita,

Pues no te puedo decir porque en la universidad a la que me incorporo, por ahora lo que me han pedido es solo los documentos de acuerdo que ellos reenvían al ministerio, y entiendo que solo después de que el ministerio dé acuse de recibo pasamos a hacer el contrato.
¿A qué universidad te vas a incorporar tú?
¿Todos los demás sabéis ya qué tipo de contrato será? ¿Debería estar preguntándolo yo?
Yo pregunté el salario y el tema de la consolidación, pero poco más, porque ya sé que en esta universidad al contrario que otras no ofrecen ninguna ventaja adicional.

Doctorita wrote:

Hola a todos,

Me pasan para firmar mi contrato Ramon y Cajal y me encuentro la sorpresa de un contrato 420 (en prácticas). Cuando escribo a la universidad para preguntar si ha sido un error porque 1) El contrato es por 5 años y los contratos en prácticas no pueden ser de más de 2 años y 2) Hace más de 5 años que terminé los estudios me contestan que

"Es un contrato en formación de doctores como lo son todos los Ramón y Cajal. Se rige por la Ley de la Ciencia y es un contrato, de Acceso Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación. Es decir, que no es un prácticas tal cual. Por eso su duración puede ser superior a dos años.

Aquí te mando el enlace a la Ley de la Ciencia por si quisieras consultar el artículo 20 y 22 por el que se rigen estos contrato.

https://www.boe.es/eli/es/l/2011/06/01/14/con#a20"


Me gustaría preguntar si algún RyC lee este hilo y me puede decir si su contrato también es así o tienen otras condiciones.

Muchas gracias.

posts: 14
BaciloCaval wrote:

Hola BaciloCaval,

La universidad me garantiza que tras el Cajal estabilizan a Profesor Contratado Doctor. Lo que me ha dejado un poco desanimada es que no hagan el contrato 401 (obra y servicio) y nos hagan el 420 (prácticas)...no se si es sólo cosa de mi universidad o todas son iguales.

Por eso pregunto por aquí si algún cajal está con el contrato 420 u otro diferente.

BaciloCaval wrote:

Hola Doctorita,
pues por norma general el tipo de contrato, salario anual, etc... dependerá del centro y de tu capacidad de negociar. Puedes encontrar casos como el tuyo y casos en los que incluso ofrecen un contrato indefinido (esto es una novedad en la nueva convocatoria) sin que el centro tenga renunciar a los 100,000 € en caso de estabilización pasado los 5 años de contrato.

Antes de firmar nada entérate bien de cuál es el compromiso de tu Universidad con los Cajales... por norma general todas las universidades tienen el compromiso de estabilizarte entre el cuarto y quinto año. Si no te ofrecen esto entonces...apaga y vamonos....


Los Cajales en mi universidad siempre son contratos 401 y estabilizan a Titular o Contratado Doctor, dependiendo de la acreditación que se tenga (con preferencia por estabilizar a Titular).

posts: 130

Hola BaciloCaval,

La universidad me garantiza que tras el Cajal estabilizan a Profesor Contratado Doctor. Lo que me ha dejado un poco desanimada es que no hagan el contrato 401 (obra y servicio) y nos hagan el 420 (prácticas)...no se si es sólo cosa de mi universidad o todas son iguales.

Por eso pregunto por aquí si algún cajal está con el contrato 420 u otro diferente.

BaciloCaval wrote:

Hola Doctorita,
pues por norma general el tipo de contrato, salario anual, etc... dependerá del centro y de tu capacidad de negociar. Puedes encontrar casos como el tuyo y casos en los que incluso ofrecen un contrato indefinido (esto es una novedad en la nueva convocatoria) sin que el centro tenga renunciar a los 100,000 € en caso de estabilización pasado los 5 años de contrato.

Antes de firmar nada entérate bien de cuál es el compromiso de tu Universidad con los Cajales... por norma general todas las universidades tienen el compromiso de estabilizarte entre el cuarto y quinto año. Si no te ofrecen esto entonces...apaga y vamonos....

posts: 1

Hola Doctorita,
pues por norma general el tipo de contrato, salario anual, etc... dependerá del centro y de tu capacidad de negociar. Puedes encontrar casos como el tuyo y casos en los que incluso ofrecen un contrato indefinido (esto es una novedad en la nueva convocatoria) sin que el centro tenga renunciar a los 100,000 € en caso de estabilización pasado los 5 años de contrato.

Antes de firmar nada entérate bien de cuál es el compromiso de tu Universidad con los Cajales... por norma general todas las universidades tienen el compromiso de estabilizarte entre el cuarto y quinto año. Si no te ofrecen esto entonces...apaga y vamonos....

Apúntate a la lista precarios-info

 

Colabora

  • Donar con tarjeta o PayPal: