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Convocatorias Postdocs


Compatibilidad JdC-F y JdC-I or RyC_AYUDA POR favor

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Hola, me encuentro que soy beneficiaria de una JdC-F y ya he firmado el contrato. En teoria deberia compmenzar a trabajar en el centro de I+D en mayo. Pero por problemas laborales y personales no se si me va a ser posible. He estado leyendo varios comentarios en los que algunas personas no les queda claro tampoco que pasa si renunciamos al JdC con las RyC. Alguien sabe algo? Mi experiencia con el ministerio ha sido muy parecida con la de algunas personas de este foro. No me especifican concretamente.
Como bien se hablaba en una de las discusiones de este foro se habla de que hay que tener cuidado al renunciar a la JdC ANTES de un año de disfrute. Pero alquien sabe que ocurre si ni siquiera te incorporas aunque hayas firmado el contrato? tambien en la convocatoria especifica lo siguiente:
Se entiende por beneficiario de esta actuación a aquel investigador incluido en alguna de las resoluciones de concesión de convocatorias anteriores de dicha actuación, independientemente de que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D."

Por favor si alguien sabe con certeza algo lo agradeceria muchisimo! :-(

posts: 24
illyada_7777 wrote:

Hola, me encuentro que soy beneficiaria de una JdC-F y ya he firmado el contrato. En teoria deberia compmenzar a trabajar en el centro de I+D en mayo. Pero por problemas laborales y personales no se si me va a ser posible. He estado leyendo varios comentarios en los que algunas personas no les queda claro tampoco que pasa si renunciamos al JdC con las RyC. Alguien sabe algo? Mi experiencia con el ministerio ha sido muy parecida con la de algunas personas de este foro. No me especifican concretamente.
Como bien se hablaba en una de las discusiones de este foro se habla de que hay que tener cuidado al renunciar a la JdC ANTES de un año de disfrute. Pero alquien sabe que ocurre si ni siquiera te incorporas aunque hayas firmado el contrato? tambien en la convocatoria especifica lo siguiente:
Se entiende por beneficiario de esta actuación a aquel investigador incluido en alguna de las resoluciones de concesión de convocatorias anteriores de dicha actuación, independientemente de que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D."

Por favor si alguien sabe con certeza algo lo agradeceria muchisimo! :-(

Hola, yo he preguntado esto varias veces al ministerio y la resuesta es variada...Donde mas claro queda es en la FAQ de las RyQ. Las convocatorias JdC son bastante confusas con el termino beneficiario...Lo que dicen es:

-Que si ya te has incorporado a la JdC (sea la que sea) debes estar minimo un ano para poder solicitar la RyC. Es decir, si tu llevas un ano y medio de JdC y sale la convocatoria de RyC, puedes pedirla aunque seas beneficiario de la JdC y seguir disfrutando de esta hasta que acabe.

-En el caso de llevar menos de un ano de JdC, debes renunciar a esta (para dejar de ser beneficiario) antes de que salga la convocatoria de RyC que quieres pedir.

-En caso de renunciar sin incorporarte, no ocurre nada siempre y cuanto tu renuncia sea antes de que salga la convocatoria de RyC que deseas solicitar.

En resumen, si eres JdC y llevas mas de un ano trabajando cuando salga la convocatoria RyC, puede pedirla sin tener que renunciar. En cambio, si llevas menos de un ano trabajando, tu renuncia a la JdC deber ser previa a la publicacion en el BOE de la convocatoria RyC que quieres pedir (en este caso no eres beneficiario). La clave es que para no ser beneficiario debes haber renunciado a la JdC (independientemente de que te hayas incorporado o no) antes de que salga la convocatoria de la RyC que quieres pedir.

Siento las falta de tildes...teclado ingles :-(

Espero haberte ayudado, porque desde luego si hay que esperar a que el ministerio nos resuelva algo, podemos esperar sentados...

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