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Convocatorias Postdocs


Cajal-Contrato en practicas

posts: 1

Hola,

Queria comentar que cuando firme el contrato Cajal a finales de 2016, no de mucha importancia a que era del tipo "de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación," . Sin embargo ahora que me han facilitado desde mi centro documentacion adicional, veo que es un contrato en prácticas. Me parece que este tipo de contrato implica menos derecho que uno por obra y servicio, que creo que es la otra modalidad. Me gustaria saber cual es el tipo de contrato mas comun en la RyC y cuales pueden ser las diferentes implicaciones dependiendo de los dos tipos de contrato.

Muchas gracias de antemano.

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Muchas gracias por aclarar lo de los trienios. Entonces si algún día vuelvo al CSIC podré pedir trienios por:

- 2 años de beca FPI en el CSIC?

- 2 años de contrato FPI (en prácticas) en el CSIC?

- 1 años a cargo de proyecto (obra y servicio) en el CSIC?

- 1 año postdoc en la UE?

- 2 años de JdC (obra y servicio) en la universidad?

Según lo que interpreto del convenio contaría todo meno los dos años de becario, ¿es así? 

posts: 90

Hola, un par de aclaraciones según mi experiencia:

- La duración máxima de los contratos en prácticas para licenciados es de dos años, pero para doctores (contratos de incorporación al sistema español de ciencia y tecnología) es de cinco años, por extraño que resulte. Los Ramón y Cajal siempre intentan hacerlos en prácticas (al menos en el CSIC), pero si ya has estado antes con esa modalidad (la de doctores) no puedes firmar ahora uno de cinco años y tienen que hacértelo por obra y serivicio. A mí me quisieron hacer un Juan de la Cierva en prácticas cuando ya había estado 2,5 años como doctor en prácticas, así que les expliqué que no podía firmarlo y finalmente me lo hicieron por obra y servicio. La principal diferencia,  como se ha dicho, es la indemnización por final de contrato (y 60 días de sueldo de un Ramón y Cajal no son una tontería...)

- Sobre los trienios, no hace falta ser funcionario (eso es para quinquenios y sexenios). Los puedes pedir como contratado temporal si estás dentro del convenio. Es verdad que los RyC en el CSIC están fuera de convenio, pero también es cierto que el sueldo es un 30% superior al del mismo, así que yo creo que compensa, por muchos trienios que  se tengan. Eso sí, esos años fuera de convenio sí que te cuentan para la antigüedad, por lo que si en algún momento posterior estuvieras contatado fuera de convenio o fueras funcionario, te contarían en el cálculo para (entonces sí) cobrar los trienios.

Saludos

 

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investiga07 wrote:

Hola,

Queria comentar que cuando firme el contrato Cajal a finales de 2016, no de mucha importancia a que era del tipo "de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación," . Sin embargo ahora que me han facilitado desde mi centro documentacion adicional, veo que es un contrato en prácticas. Me parece que este tipo de contrato implica menos derecho que uno por obra y servicio, que creo que es la otra modalidad. Me gustaria saber cual es el tipo de contrato mas comun en la RyC y cuales pueden ser las diferentes implicaciones dependiendo de los dos tipos de contrato.

Muchas gracias de antemano.

Hola, te explico por ejemplo mi caso. Hice la tesis con un contrato de personal investigador de apoyo de la Comunidad de Madrid en un centro del CSIC. Estas son las antiguas becas FPI de la CAM, que antes de desaparecer estuvieron 2 o 3 años en este formato, directamente de contrato. Como eran contratos de 4 años, pedí el trienio correspondiente y me lo dieron. Después de estar de postdoc en instituciones fuera del CSIC varios años, volví el año pasado a un centro del Consejo con una Juan de la Cierva. Cuando pedí el reconocimiento de mi antigüedad, me mandaron una carta negandome el trienio porque mi nuevo contrato, ahora en prácticas, está además fuera de convenio.

 

posts: 592
investiga07 wrote:
investiga07 wrote:

Hola,

Queria comentar que cuando firme el contrato Cajal a finales de 2016, no de mucha importancia a que era del tipo "de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación," . Sin embargo ahora que me han facilitado desde mi centro documentacion adicional, veo que es un contrato en prácticas. Me parece que este tipo de contrato implica menos derecho que uno por obra y servicio, que creo que es la otra modalidad. Me gustaria saber cual es el tipo de contrato mas comun en la RyC y cuales pueden ser las diferentes implicaciones dependiendo de los dos tipos de contrato.

Muchas gracias de antemano.

Además, con estos contratos en prácticas y fuera de convenio, al menos en el CSIC, no te reconocen la antigüedad aunque tengas reconocido algún trienio anterior por ejemplo.

¿Podías explicar más en detalle el tema de antiguedad (o trienios) en el CSIC? ¿Cobrabas un trienio durante la tesis y con RyC no te lo pagaron? ¿Conoces a alguien que tras sacar la plaza le contaron la antiguedad de becario pero no de RyC?

Yo pensaba que hasta que no te sacabas una plaza no cobrabas ningún trienio (pero un compañero me dijo que el cobro un trienio durante la tesis). Una vez que sacas una plaza de funcionario te calculan los trienios que te corresponden y ahí te cuentan todo: becario, contrato en practicas, a cargo de proyectos, los postdoc en el extranjero... (eso es lo que pone claramente en el convenio).

posts: 19
investiga07 wrote:

Hola,

Queria comentar que cuando firme el contrato Cajal a finales de 2016, no de mucha importancia a que era del tipo "de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación," . Sin embargo ahora que me han facilitado desde mi centro documentacion adicional, veo que es un contrato en prácticas. Me parece que este tipo de contrato implica menos derecho que uno por obra y servicio, que creo que es la otra modalidad. Me gustaria saber cual es el tipo de contrato mas comun en la RyC y cuales pueden ser las diferentes implicaciones dependiendo de los dos tipos de contrato.

Muchas gracias de antemano.

Además, con estos contratos en prácticas y fuera de convenio, al menos en el CSIC, no te reconocen la antigüedad aunque tengas reconocido algún trienio anterior por ejemplo.

posts: 592

Para el tema de la tarjeta sanitaria europea también hay problemas con un contrato por obra y servicio. La tarjeta sanitaria europea tiene una validez de 2 años salvo que se prevea un cambio en tu situación en ese periodo y por tanto no te dan la tarjeta sanitaria europea por 2 años si: tienes un contrato temporal (independientemente de la modalidad), estas a punto de cumplir los 26 (y dependes de tus padres), estas en paro o cerca de la jubilación (conozco un caso que no se la dieron aunque era un caso peculiar).

La mayor pega del contrato en prácticas es que no recibes indemnización por despido con lo que los JdC que firmen en practicas pierden 24 días de indemnización (12 por año) y los RyC pierden 60 días (si no les hacen indefinidos al quinto año que es lo esperable). Para un Marie Curie creo que es diferente porque te asignan una cantidad fija y de ahí hay que presupuestar todos los gastos salariales (incluidas las indemnizaciones) con lo que con un contrato en practicas creo que cobraras un poquito más cada mes. 

Otra cuestión es que la duración del contrato tanto para obra y servicia como para en prácticas está limitada a 2 años. Con lo que habría que ver como evolucionan esos contratos después de esos dos años para los 5 años de un RyC. ¿Estaís los 5 años como contrato en prácticas?

posts: 62
investiga07 wrote:

Hola,

Queria comentar que cuando firme el contrato Cajal a finales de 2016, no de mucha importancia a que era del tipo "de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación," . Sin embargo ahora que me han facilitado desde mi centro documentacion adicional, veo que es un contrato en prácticas. Me parece que este tipo de contrato implica menos derecho que uno por obra y servicio, que creo que es la otra modalidad. Me gustaria saber cual es el tipo de contrato mas comun en la RyC y cuales pueden ser las diferentes implicaciones dependiendo de los dos tipos de contrato.

Muchas gracias de antemano.

Hola,

sobre el tema se ha hablado en otros hilos, creo que en varios de los hilos dedicados a las JdC o RyC. Basicamente pasa que este tipo de contrato es bastante peculiar, segun han repetido sin cesar desde el Ministerio y de todos los centros, es un contrato de que a pesar de llevar el codigo de contrato en practicas, tienes derecho a casi las mismas ventajas que los contratos por obra y servicio: desempleo y jubilacion, que supongo es lo mas importante, no varian con respecto a los contratos por obra y servicio o al menos asi me lo han jurado y perjurado varias veces. Parece ser que el unico problema es al solicitar la tarjeta sanitaria europea, que parece ser que hay que hacerlo de alguna forma poco ortodoxa y que no tiene validez indefinida sino que es por 90 dias, prorrogable, lo que no deja de ser un desproposito teniendo en cuenta que los investigadores solemos tener mucha movilidad por congresos/estacias/etc. Total, que este tipo de contrato vendria a ser algo asi como un contrato especifico que no es ni de praticas ni por obra y servicio pero que por desidia, incompetencia o lo que sea han etiquetado con el mismo codigo de los contratos en practicas ordinarios en vez de crear un codigo particular.

Si te sirve de consuelo, yo me voy a incorporar a un centro con una Marie Curie y me van a tener que hacer un contrato de estos, e incluso hice una consulta al Ministerio para asegurarme y no hay nada que hacer: nos tenemos que aguantar con esto.

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