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Carta protesta Caja de Murcia

¡Ojo! eek El formato no está cuidado

Sr. D. XXXX

Responsable del area de formacion de la Fundación CajaMurcia (con
copia al presidente de la Fundacion)
Avda. Gran Vía Escultor Salzillo, 23 - 30005 Murcia

Estimado Sr. D. XXXX

Nos dirigimos a usted para transmitirle nuestro malestar por las
convocatorias de sus BECAS DE INVESTIGACIÓN CajaMurcia PROGRAMA 2007
en sus modalidades A1 (predoctorales) y A2 (postdoctorales) para
disfrutar en Centros de Investigación de la Región de Murcia, de la
Universidad de Almería y de la Universidad Miguel Hernández.

En todas las modalidades de la Convocatoria 2007 se incumple la
normativa vigente que regula las ayudas destinadas a Recursos Humanos
en el ámbito de la investigación: Estatuto del Personal Investigador
en Formación (EPIF) aprobado como Real Decreto 63/2006 (1). Esta
normativa regula la relación y el marco jurídico-laboral entre el
beneficiario de la ayuda, el centro de acogida y la entidad convocante
así como la duración de las ayudas destinadas a la formación de
doctores. Al mismo tiempo, las Convocatorias 2007 de becas CajaMurcia
incumplen las Recomendaciones de la Comisión Europea que recogidas en
la Carta Europea del Investigador y Codigo de conducta para la
contratación de investigadores(2).


En las convocatorias de ayudas predoctorales (A1), se puede
interpretar que el término "beca predoctoral" reduce el ámbito de
"formación" a la obtención del grado de doctor. En ese, caso la
convocatoria de la Fundación CajaMurcia entra en el ámbito de
aplicación del EPIF (Artículo 2). De esta manera, la convocatoria
debería basarse en el modelo 2+2. Este modelo determina un periodo de
los 2 años primeros en régimen de beca con cotizaciones a la Seguridad
Social. Posteriormente, y tras la obtención del Diploma de Estudios
Avanzados se da paso a un máximo de 2 años de contrato en prácticas
celebrado por el centro de acogida.

En las convocatorias de ayudas postdoctorales (A2) se lee que yendo
dirigidas a investigadores doctores su remuneración es exclusivamente
en forma de beca para los benficiarios. Esto incumple el RD 63/2006
que en el punto 1 de su Disposición Adicional Sexta- Programas de
ayuda investigación para doctores:

"Las ayudas a la investigación dirigidas a aquellas personas que
tengan el título de doctor deberán establecer la contratación de los
beneficiarios de dichos programas por parte de las entidades a las que
se adscriban, mediante la formalización de un contrato laboral de
acuerdo con lo que establece el texto refundido del Estatuto de los
Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24
de marzo."

El incumplimiento del Estatuto del Personal Investigador en Formación
puede acarrear problemas legales a la Fundación CajaMurcia y a los
Centros de Investigación ante la Inspección de Trabajo. Con la
intención de evitarles problemas legales, nos ponemos en contacto con
Vd. para que adapte la Convocatoria de Becas 2007 de la Fundación
CajaMurcia al EPIF.

Le pedimos que contemple el EPIF, la Carta Europea del Investigador y
al Código de conducta para la contratación de investigadores como
medidas de garantía no solo para el uso correcto de los fondos que la
Fundación CajaMurcia destina a la Investigación en materia de Recursos
Humanos sino también como medidas que profesionalizan el sector del
I+D+i y garantiza un uso más eficiente y más productivo de los fondos
empleados en convocatorias de ayudas dirigidas a la contratación de
investigadores.

Quedamos a su disposición para tratar en el futuro cualquier aspecto
en materia de Recursos Humanos en el ambito del I+D+i.
Le saluda atentamente

Page last modified on Tuesday 07 de May, 2013 18:38:21

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